Un Juzgado de Primera Instancia de Orense condena a una empresa a indemnizar con 272.414,12 euros a otra compañía por incluirla indebidamente en el fichero de morosos que gestionaba. El juzgador entiende que hay una vulneración del derecho al honor que le conllevó graves perjuicios económicos a la demandante, por no poder pedir financiación a los bancos por aparecer como una entidad morosa.
No habiendo dudas de inclusión por equivocación erronamente en el fichero, el objeto del proceso es la determinación de la indemnización que debe abonarse a la demandante por la vulneración de su derecho al honor por la inclusión indebida de sus datos en el fichero de morosidad gestionado por la demandada.
Informes periciales
A la hora de valorar los daños y perjuicios causados a la demandante, constan dos informes periciales de parte totalmente opuestos.
Sin embargo, la juzgadora otorga prevalencia al informe pericial aportado por la parte demandante, por cuanto no solo da datos reales en cuanto al número de consultas del fichero y al periodo de aplicación, sino que consta que la demandada ha ocultado datos relativos a empresas que sí sabe que han estado examinando la solvencia de aquella.
La resolución señala que la demandada, ante la ingente cantidad de dinero que se le reclama, debió solicitar una pericial judicial que desvirtuara la pericial de la demandante, ya que no facilitó la información y documentación que se le requería, manteniendo una actitud obstruccionista en todo el proceso.
Además, resalta el juez no es creíble que solo haya tenido 154 euros de beneficios por consultas del fichero cuando la demandante es una empresa de renting que necesita de financiación y las entidades bancarias constantemente examinarán esos ficheros.
Por todo ello, el Juzgado condena a la entidad gestora del fichero de moroso a indemnizar a la compañía demandante con 272.414,12 euros, por los perjuicios sufridos al ver vulnerado su derecho al honor.