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La Sentencia de la Semana Sentencias
26/01/2023 16:12:06 REDACCIÓN LABORAL 3 minutos

Profesora despedida por poner una película violenta y sexual a sus alumnos de 13 años

Debió haber interrumpido la película, en vista de los contenidos claramente dirigidos a un público adulto que tienen lugar dentro de los 7 primeros minutos de reproducción

Profesora despedida por poner una película violenta y sexual a sus alumnos de 13 años

El Tribunal superior de Justicia de Cataluña confirma el despido disciplinario de una profesora por proyectar en clase, a sus alumnos de 13 y 14 años, una película con escenas de drogas, sexo y violencia. El centro educativo fundamentó su despido en que su deber como profesora era asegurarse que el material que utiliza es adecuado para lo que pretende transmitir, además, una vez empezada la visualización, permitió que la cinta siguiera durante más de 25 minutos a pesar de constatar su temática inapropiada, lo que conlleva una falta muy grave, según el convenio, sancionable por el grave incumplimiento de las obligaciones laborales.

La Sala explica que no es exigible que la carta de despido incluya una calificación jurídica de la falta laboral que se impute, pero lo que si debe contener es una descripción de los hechos imputados, descripción que ha de ser suficiente y clara para que el destinatario de la comunicación disciplinaria pueda conocer los hechos que se le imputan y se sanciona con el despido.

Sanciones previas

En este caso, la profesora ya había sido sancionada, con suspensión de empleo y sueldo de un mes, por la comisión de una falta muy grave en relación con un alumno al que propinó un pescozón, y treses meses después y en la misma aula, decidió proyectar una película, recomendada para mayores de 16 años, a sus alumnos de entre 13 y 14 años.

Con carácter previo a la reproducción de la película, la profesora había visualizado el tráiler de la película "¿Quién está matando a los moñecos?", y desde los primeros minutos de reproducción contiene escenas de violencia en la calle ejercida por un grupo de jóvenes que le arrancan un ojo a un muñeco. Según explica la sentencia, no es inocuo el ejercicio de dicha acción hacia el muñeco en un contexto en que los personajes de trapo son personajes vivos, cohabitan con humanos y el trato recibido en las primeras escenas ya es expresivo de vejación.

Los magistrados entienden que la profesora debía haber tenido la diligencia de interrumpir la sesión, en vista de los contenidos claramente dirigidos a un público adulto que tienen lugar dentro de los siete primeros minutos de reproducción, en lugar de mantener la reproducción durante 25 minutos.

Y es que la profesora proyectó una película con un contenido no adecuado, ni al entorno en que se visiona, un centro educativo, ni ante las personas frente a las que se proyecta, los alumnos de entre 13/14 años. El visionado de la película respondió a la iniciativa propia y personal de la profesora que no la detiene, aun con ese contenido, hasta trascurridos 25 minutos de la proyección.

Tal y como se contiene en la carta de despido, su deber como profesora era preparar las clases, y asegurarse que el material que utilizaba es adecuado para lo que pretende transmitir y con la materia que se está dando durante el curso, por lo que debería haber visualizado la película anteriormente para comprobar que su contenido era apropiado para sus alumnos, y se adecuaba a los que quería transmitir con la proyección.

Falta muy grave

El Convenio tipifica como falta muy grave sancionable con el grave incumplimiento de las obligaciones laborales, y el artículo 54 del ET en su apartado d) contempla y considera como incumplimiento contractual, la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo, infracciones que la Sala considera cometidas y merecedoras de la sanción de despido

Por todo ello, el Tribunal confirma el despido disciplinario de la profesora.

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