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07/12/2023 16:12:55 REDACCIÓN IMPUESTOS 5 minutos

RD 1008/2023: El Reglamento del IRPF se adapta a las Leyes de Startups, Emprendedores y al Estatuto del Artista

Se modifica el RIRPF y se procede a incorporar distintas reformas legislativas llevadas a cabo por diferentes leyes. Se introducen también distintos ajustes a los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Con las modificaciones introducidas en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF) operadas por el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, se procede a la incorporación de distintas reformas legislativas llevadas a cabo tanto por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, como por otras normas tales como la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups) o la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, introduciéndose también distintos ajustes en los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Resumen de los cambios reglamentarios operados por el Real Decreto 1008/2023

- Adaptación a la elevación 15.000 euros del umbral inferior de los rendimientos del trabajo respecto de la obligación de declarar y a la ampliación del colectivo de mujeres con derecho a la deducción por maternidad, al suprimirse el requisito de que realice una actividad por cuenta propia o ajena por la que esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

- Reducción al 7 por 100 del tipo de retención aplicable cuando se perciban anticipos de derechos de autor o cuando estos derechos se generen por un contribuyente con bajos ingresos por tal concepto en el año anterior que constituyan su principal fuente de renta.

- Adaptación técnica para que la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla sea aplicable a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.

- Respecto a los cambios operados por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes en materia de tributación de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones a trabajadores de empresas emergentes, la modificación del RIRPF recoge la elevación del importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales, exención aplicable igualmente cuando dicha entrega sea consecuencia del ejercicio de opciones de compra previamente concedidas a aquellos.

- Por lo que se refiere al régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, este se extiende a los trabajadores por cuenta ajena que trabajen a distancia utilizando exclusivamente medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación y a administradores de empresas con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la entidad.

- Del mismo modo, su aplicación abarca a quienes se desplacen para desarrollar una actividad emprendedora, en los términos de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, a los profesionales altamente cualificados que presten servicios a empresas emergentes y a los que lleven a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, y cumplan determinados requisitos.

- Además, se desarrolla la posibilidad de optar por la tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, a los hijos del contribuyente menores de veinticinco años (o cualquiera que sea su edad en caso de discapacidad) y a su cónyuge o, en el supuesto de inexistencia de vínculo matrimonial, el progenitor de los hijos, siempre que cumplan unas determinadas condiciones.

- Actualización de una de las excepciones a la obligación de practicar retención o ingreso a cuenta establecidas en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades referida a los intereses percibidos por las sociedades y agencias de valores en contraprestación a las garantías constituidas para operar como miembros del mercado secundario oficial de futuros, opciones y otros instrumentos derivados.

- Exclusión de la obligación de practicar retención sobre los intereses devengados por la inversión de los fondos aportados en garantía, tanto a los obtenidos por los miembros de la entidad de contrapartida central, como a los obtenidos por la propia entidad de contrapartida central, a fin de evitar que las entidades intervinientes en el sistema de compensación incurran en costes fiscales que lastrarían considerablemente la funcionalidad del sistema.

- Exclusión de retención respecto de los intereses obtenidos por las entidades gestoras de los sistemas de pagos reconocidos de acuerdo con la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, y por las entidades participantes en estos últimos, procedentes de las garantías constituidas en virtud de dicha ley o de las cuentas afectas a la operativa propia de tales sistemas de pagos.

Cambios en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RD 439/2007, de 30 de marzo)

- Entrega de acciones a trabajadores: se modifica el número 1.º del apartado 2 del artículo 43.

- Procedimiento para la práctica de la deducción por maternidad y su pago anticipado y para la aplicación del incremento de dicha deducción: nueva redacción del artículo 60.

- Obligación de declarar: se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 61.

- Importe de las retenciones sobre rendimientos del trabajo: se modifica el número 4.º del apartado 1 del artículo 80.

- Importe de las retenciones sobre derechos de imagen y otras rentas: se modifica el apartado 2 del artículo 101.

- Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español: se modifica el título del capítulo I del título VIII y pasan a tener una nueva redacción el artículo 113 “Ámbito de aplicación”, artículo 114 “Contenido del régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes”, artículo 115 “Duración” artículo 116 “Ejercicio de la opción”, artículo 117 “Renuncia al régimen”, artículo 118 “Exclusión del régimen” y artículo 119 “Exclusión del régimen”.

- Reducción de los pagos a cuenta aplicables en el período impositivo 2023 a rendimientos obtenidos en la isla de La Palma: se introduce una nueva disposición adicional décima.

- Plazo para el ejercicio de la opción por el régimen especial del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: se añade una nueva disposición transitoria vigésima.

Cambios en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto 634/2015, de 10 de julio)

- Excepciones a la obligación de retener y de ingresar a cuenta: se modifica la letra e) del artículo 61.

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