Dolor crónico, fatiga, falta de sueño, artritis o depresión. Son solo algunos de los síntomas de la fibromialgia. Con estas dolencias, una cocinera ha ganado un pleito contra la Seguridad Social. El juzgado de lo Social nº 12 de Barcelona le ha concedido una incapacidad permanente para ejercer cualquier trabajo, en contra del criterio de la Administración, que le negó la prestación vía administrativa por considerar que sus dolencias no la incapacitaban de forma absoluta. El Estado tendrá que pagar una pensión vitalicia a la empleada del 100 por cien de la base reguladora en 14 pagas.
La sentencia (que puede consultar aquí) reafirma la jurisprudencia que comenzó en 1996. Fue entonces cuando se estimó por primera vez una incapacidad permanente a una persona con fibromialgia, catalogada como enfermedad en 1992. Tanto el primer caso como el del juzgado de Barcelona fueron llevados por el estudio jurídico Tribunal Médico. Reconocen que es "difícil y complejo" probar que se sufre una fibromialgia incapacitante, pero no es "tarea imposible".
Una cocinera de 59 años
En este caso, la demandante, de 59 años, presentó demanda en marzo de 2019 contra la Seguridad Social, reclamando el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común. La misma petición le fue denegada por el INSS en el año anterior, que consideró que sus dolencias no eran suficientes como para no poder trabajar.
La trabajadora presentaba, tal como acreditaban sus informes médicos, depresión mayor y crisis de ansiedad e ideas autolíticas, con decaídas constantes desde 2016. También sufría otras dolencias como osteoporosis, lumbalgia, síndrome de pies inquietos, y limitaciones funcionales del aparato locomotor, entre otras patologías que recoge el fallo. A todas estas patologías se le suma la fribromialgia, lo que en conjunto con las otras patologías, justifican la incapacitación. "La valoración conjunta de todas las dolencias constatadas conduce a la estimación de la demanda", indica la sentencia.
El juez acepta que los males de la camarera son crónicos, incurables, y que la incapacitan. No solo para ejercer su oficio de camarera (aquí correspondería una incapacidad permanente total, es decir, sólo para este oficio), sino para cualquier puesto de trabajo, al perder capacidades básicas como la concentración o la capacidad de realizar esfuerzos prolongados.
"Ciertamente, la demandante presenta unas dolencias de carácter crónico, que no tienen buen pronóstico de evolución, cuya limitación en sus funcionalidades afectan a su capacidad de realizar esfuerzos físicos, a su capacidad resolutiva o cognitiva, y al manejo del estrés. Entiendo que todas sus limitaciones funcionales afectan a su posibilidad de realizar cualquier tipo de trabajo de manera eficaz, rentable, útil, satisfactoria o sin riesgo para su propia salud.", apunta el fallo.
Tres requisitos
En contra de lo que defendía la trabajadora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social argumentaba que las dolencias que presentaba la trabajadora no suponían, a su juicio, una limitación para la capacidad laboral general de la empleada.
En contestación, el juez recuerda que para conceder una situación de incapacidad permanente absoluta deben darse tres requisitos: que las dolencias sean objetivas (existan informes médicos, y no una mera declaración), que sean incurables, y que sean graves (afecten a más del 33 % del rendimiento).
Pues bien, la sentencia acepta que se cumplen los tres requisitos básicos en el caso de la cocinera que demanda. Si bien el trastorno depresivo mayor no es grave (algunos informes lo ratifican, pero no todos), el juez sí acepta que se trata de un trastorno recurrente, acreditado por informes, que no se puede curar con los tratamientos hasta ahora aplicados, y provoca síntomas como "apatía, astenia, tristeza, dificultad para la concentración e inestabilidad funcional". Estas dolencias por sí solas no son incapacitantes, pero si se ponen en relación con la fibromialgia, el conjunto resultante es un cuadro incapacitante.
El juez estima por tanto la demanda de la trabajadora y acepta la incapacidad permanente, concediendo una pensión de 1.039,21 euros (el 100 por cien de la base reguladora) en 14 pagas anuales.
Contra la decisión la Administración aún puede presentar recurso.