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09/03/2016 13:55:11 Carlos FH - Redacción NJ Unión Europea 4 minutos

La Comisión Europea avanza en la fijación de la normativa aplicable a los regímenes económicos de las parejas de nacionales de diferentes Estados

La Comisión Europea ha aprobado una propuesta de  acuerdo de cooperación reforzada entre 17 de los Estados miembros, para clarificar las normas aplicables a los regímenes patrimoniales de las parejas casadas y las parejas de hecho  internacionales registradas.

El pasado día 2 de marzo la Comisión Europea aprobó una propuesta de  acuerdo de cooperación reforzada entre 17 de los Estados miembros, para clarificar las normas aplicables a los regímenes patrimoniales de las parejas casadas y las parejas de hecho  internacionales registradas.

Esta propuesta establecerá normas claras en los casos de divorcio o separación y pondrán fin al desarrollo de procedimientos paralelos y potencialmente contradictorios en varios Estados miembros, aportando mayor seguridad jurídica a las parejas internacionales, por ejemplo, en relación con la propiedad o las cuentas bancarias.

En concreto, la finalidad de esta iniciativa es:

  1. Aclarar cuál es el órgano jurisdiccional nacional competente para ayudar a las parejas afectadas a gestionar su propiedad o dividirla en caso de divorcio, separación o fallecimiento (normas de competencia);
  2. Aclarar qué legislación se aplica cuando podrían aplicarse al asunto las de varios países (normas sobre la legislación aplicable); y
  3. Facilitar el reconocimiento y la ejecución en un Estado miembro de una resolución sobre asuntos de propiedad dictada en otro Estado miembro. 

Las propuestas de Reglamento sobre parejas internacionales

El 16 de marzo de 2011, la Comisión adoptó las dos primeras propuestas de Reglamentos sobre los regímenes patrimoniales de las parejas internacionales, uno para las parejas casadas (Propuesta de Reglamento sobre jurisdicción, Ley aplicable y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia de regímenes económico matrimoniales) y otro para las parejas de hecho (Propuesta de Reglamento sobre jurisdicción, Ley aplicable y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia de las relaciones económicas de las parejas de hecho registradas). Puesto que las propuestas se refieren al Derecho de familia, deben adoptarse por unanimidad en el Consejo.

Sin embargo, en diciembre de 2015 el Consejo llegó a la conclusión de que no era posible la unanimidad de los 28 Estados miembros para la adopción de los dos Reglamentos. Por lo tanto, 17 Estados miembros solicitaron a la Comisión que propusiera una decisión por la que se autorizara el establecimiento de una cooperación reforzada entre ellos en materia de regímenes patrimoniales de las parejas internacionales, que abarcara tanto los matrimonios como las uniones de hecho registradas.

En este caso, los Estados parte en el procedimiento son: Suecia, Bélgica, Grecia, Croacia, Eslovenia, España, Francia, Portugal, Italia, Malta, Luxemburgo, Alemania, Chequia, los Países Bajos, Austria, Bulgaria y Finlandia; en conjunto representan el 67 % de la población de la UE y la mayoría de las parejas internacionales que viven en ella.

Cooperación reforzada

El mecanismo de cooperación reforzada permite a un grupo de nueve Estados miembros como mínimo aplicar disposiciones si los 28 Estados miembros no consiguen alcanzar un acuerdo. Otros países conservan el derecho a sumarse a este régimen cuando lo deseen (artículo 331 del TFUE).

Los Estados miembros no participantes seguirán aplicando su legislación nacional, incluidas sus normas en materia de Derecho internacional privado, en las situaciones transfronterizas relacionadas con los regímenes económicos matrimoniales y las consecuencias patrimoniales de las uniones de hecho registradas.

Satisfacción del notariado europeo

El Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) ha acogido favorablemente esta propuesta de cooperación reforzada presentada por la Comisión Europea.

Según han destacado en un comunicado, estas parejas plurinacionales o que pueden residir en varios países a lo largo de su vida en común, se enfrentan a menudo a una situación de inseguridad jurídica y a gastos adicionales cuando tienen que repartir su patrimonio en caso de divorcio, de separación o de fallecimiento.

En particular, en la actualidad puede resultarles muy difícil saber cuáles son las jurisdicciones competentes y las legislaciones aplicables a su situación y a su patrimonio. Las reglas varían mucho de un país a otro, generando a veces conflictos, fuente de costes financieros.

Por ello, el CNUE apoya las propuestas de la Comisión cuyo objetivo consiste en unificar las reglas de conflictos de leyes a escala europea.

Por ejemplo, para una pareja franco-alemana que viva en Bruselas, las disposiciones contempladas en los reglamentos les permitirán elegir previamente la ley de su residencia habitual (la ley belga) o la de su nacionalidad (la ley francesa o la ley alemana), garantizándoles así una mayor previsibilidad y, por tanto, más seguridad jurídica.

El CNUE recuerda también que gracias a la web «Parejas en Europa» (www.couples-europe.eu), los ciudadanos de la Unión Europea ya pueden acceder a información sobre el derecho de los regímenes matrimoniales y de las parejas registradas de todos los países de la Unión Europea en la lengua que elijan.

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