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19/05/2016 10:08:22 Redacción - NJ Instrucción de los delitos 3 minutos

Justicia asegura que "en ningún caso" se archivarán causas penales por el incumplimiento de los plazos de instrucción previstos por la LECrim

Saliendo al paso del comunicado hecho público ayer por el Consejo Fiscal, el Ministerio de Justicia ha asegurado que "en ningún caso" se archivarán causas penales por el cumplimiento del plazo al que obliga el artículo 324 de la LECrim. El asunto ha levantado, además, una polémica entre fiscales y letrados de la administración de Justicia.

El Ministerio de Justicia ha asegurado que "en ningún caso" se archivarán causas penales por el cumplimiento del plazo al que obliga el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El Departamento de Rafael Catalá sale así al paso del comunicado hecho público ayer por el Consejo Fiscal en el que ponía de manifiesto su convencimiento de que va a resultar “difícil o imposible” poder cumplir con los nuevos plazos de instrucción previstos por la última reforma de la LECrim.

Esta prevé el próximo 6 de junio como fecha límite para clasificar todas las causas judiciales abiertas en España como complejas o no complejas, lo que determinará el plazo máximo para su instrucción.

Las causas no catalogadas se considerarán complejas

Según han explicado fuentes de Justicia a Europa Press, las "pocas" causas que se queden sin catalogar antes de la fecha prevista por la ley serán declaradas como complejas, por lo que no podrán ser archivadas, tal y como contempla la propia LECrim en el punto uno del artículo 324.

No obstante, la convicción del departamento que dirige en funciones Rafael Catalá es que se va a poder cumplir con el plazo a pesar de "algunas dificultades".

Para ello, Rafael Catalá y Consuelo Madrigal tienen previsto reunirse este jueves para analizar la situación actual de la revisión de las causas. Sobre este punto, Justicia ha reconocido el esfuerzo del Ministerio Público y ha recordado que reforzó con 80 plazas a las fiscalías para cumplir la LECrim.

Cruce de acusaciones entre fiscales y Letrados de la Administración de Justicia

El comunicado del Consejo Fiscal apunta a que el problema surge por la falta de atribución definitiva de la investigación de los delitos al Ministerio Fiscal: "La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye al titular del órgano jurisdiccional la dirección de la instrucción y al Letrado de la Administración de Justicia -antiguos secretarios judiciales-, el impulso y la custodia de los procedimientos"-

Y ello ha provocado un cruce de reproches entre la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y las asociaciones de letrados de la Administración de Justicia a cuenta de las responsabilidades de cada cuerpo en la revisión de las causas como complejas o no complejas.

La UPF reconoció la "imposibilidad" de controlar los plazos previstos por el art. 324 LECrim, entre otras razones, por "la nula colaboración recibida por los letrados de la administración de justicia, a quienes legalmente corresponde la obligación de controlar los términos judiciales".

Sin embargo, según los letrados, tal afirmación es incorrecta y son los fiscales los que tienen el mandato legal de estudiar cada causa, de acuerdo a la Circular 5/2015 de la Fiscalía General.

Por ello, el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia ha pedido a los fiscales que no culpen a este cuerpo de la imposibilidad de cumplir el mandato legal, por medio de un comunicado según el cual  "Rechazamos enérgicamente las opiniones manifestadas desde la UPF",  y en el que añaden que los representantes del Ministerio Público "no pueden pretender hacerles responsables de los inconvenientes que sufren para cumplir con el mandato legal".

En este sentido, añaden que los letrados no tienen las facultades de la Fiscalía General de Estado para atender a las demandas sobre una mayor dotación de medios o de programas informáticos que faciliten este trabajo de revisión de todas las causas judiciales, algo que, recuerdan, corresponde supervisar en última instancia a la Administración.

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