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13/05/2021 08:35:44 REDACCIÓN cCOMPLIANCE 2 minutos

Refuerzo de la eficacia del Compliance: «Behavioral Compliance» y «Nudges»

En este Informe elaborado por el Compliance Advisory LAB de Grant Thornton se exponen una serie de acciones y medidas concretas sustentadas en evidencias científicas que provienen de las Ciencias del Comportamiento que permiten reforzar la eficacia de los compliance program.

Refuerzo de la eficacia del Compliance: «Behavioral Compliance» y «Nudges»

La adopción estrictamente formal de un programa de prevención de delitos no implica la ejecución «eficaz» del programa. El Código Penal es claro al exigir que para que pueda operar la exención de responsabilidad penal de la persona jurídica debe haber existido la previa adopción y ejecución «eficaz» de un compliance program. Cuando una empresa ejecuta acciones sustentadas en evidencias científicas que provienen de las Ciencias del Comportamiento para reforzar la eficacia del programa de prevención, está dando un paso más -decidido y riguroso- a la hora de materializar lo dispuesto en el programa de prevención.

En el Informe «Refuerzo de la eficacia del Compliance: “Behavioral Compliance” y “Nudges”» elaborado por el Compliance Advisory LAB (Investigación sobre Compliance, Forensic y R.P.P.J.) de Grant Thornton se exponen algunos ejemplos de este tipo de acciones y medidas concretas.

Para tratar de evitar riesgos de incumplimiento es oportuno recurrir a la imbricación, en el marco de diseño institucional de la empresa, de mecanismos que materialicen esos pequeños empujones («nudges») de modo que coadyuven a que el empleado adopte las decisiones más apropiadas.

El hecho de que una empresa haya recurrido a materializar en el seno de la organización medidas sustentadas en estudios científicos actuales provenientes de las Ciencias del Comportamiento, que aporte y explique en sede judicial las evidencias generadas por este tipo de acciones, puede constituir una contundente base probatoria para considerar «eficaz» la ejecución del compliance program.

En el marco de la prueba pericial del Compliance, dado que no deben abordarse aspectos estrictamente jurídico-penales, el análisis de todos los extremos expuestos (cuyo origen radica en experimentos y estudios científicos) resultaría totalmente pertinente (art. 456 LECrim).

Puede consultarse el informe completo en este enlace.

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