Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad El sector legal
11/11/2022 14:55:38 REDACCIÓN LABORAL 6 minutos

Próximo Encuentro LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

Este nuevo encuentro que se celebrará el día 18 de noviembre de 2022, versará sobre las límites empresariales a las manifestaciones religiosas en la forma de vestir en el lugar de trabajo, discriminación por razón de edad y el despido del delegado de protección de datos

Próximo Encuentro LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

En este Encuentro, Lourdes Arastey (Juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea) dará respuesta a la multitud de cuestiones que se plantean al analizar tres importantes sentencias de dicho Tribunal. A continuación, profesionales del ámbito empresarial, judicial y de la abogacía debatirán sobre estos temas en la Mesa redonda, respondiendo también a las preguntas de los asistentes.
Algunas de las dudas que resolverás en esta sesión:

1.Facultades empresariales y límites a las manifestaciones religiosas que pueden desprenderse de la forma de vestir en el lugar de trabajo (STJUE de 13 de octubre de 2022, C-344/20).

A efectos de la Directiva 2000/78:

-¿Son la religión y las convicciones las dos caras de un mismo criterio protegido o, por el contrario, en el sentido de que la religión y las convicciones son dos criterios distintos, a saber, por un lado, el de la religión, que comprende las convicciones inherentes a la misma, y, por el otro, el de las convicciones, del tipo que sean?

-¿Puede interpretarse la Directiva en el sentido de que una norma recogida en el reglamento laboral de una empresa, que exige a los trabajadores “no manifestar en modo alguno, ya sea verbalmente, a través de su vestimenta o de cualquier otra forma, sus convicciones religiosas, filosóficas o políticas, del tipo que sean”, constituye una discriminación directa, especialmente por recibir la persona trabajadora un trato menos favorable que otra que no profesa religión o que sus convicciones no le requiere manifestación pública alguna?

-¿La persona trabajadora que desea ejercer su libertad de religión mediante el uso de un pañuelo, que, por sí mismo, no constituye un símbolo unívoco de esa religión, en la medida en que otra trabajadora podría decidir llevarlo por motivos estéticos, culturales o incluso de salud, y que no se diferencia necesariamente de un simple fular, recibe un trato menos favorable?

-¿La persona trabajadora que desea ejercer su libertad de religión mediante el uso visible de un signo (con connotaciones) —en el caso de autos, un pañuelo— recibe un trato menos favorable que otro trabajador con las mismas convicciones que opta por manifestarlas a través de la barba (manifestación esta que no está expresamente prohibida por la norma interna, a diferencia de las manifestaciones a través de la vestimenta)?

-¿Es coincidente esta doctrina del TJUE con la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo?

2.Discriminación por razón de edad en base al establecimiento de un límite de edad para determinada ocupación (STJUE de 2 de junio de 2022, C-587/2020)

-¿Cuál es el ámbito subjetivo de aplicación de la Directiva 2000/78 en relación a la prohibición de discriminación por razón de edad?

-¿Tutela esa prohibición el establecimiento de un límite para desempeñar una determinada ocupación en función de la edad de la persona trabajadora?

-¿Depende la legalidad del establecimiento de una jubilación forzosa a una determinada edad si la misma se contempla en la ley o en un convenio colectivo o en una decisión unilateral e la empresa?

-¿Puede acordarse a la luz de esa Directiva en un contrato de trabajo su extinción automática al llegar una persona trabajadora a la edad de jubilación?

-¿Cuál es la jurisprudencia actual de nuestro Tribunal Supremo a la luz de esa Directiva y de la doctrina del TJUE al respecto?

3.Tutela del delegado de protección de datos frente a la extinción de su contrato de trabajo por decisión empresarial (STJUE de 22 de junio de 2022, C-534/20)

-¿Debe interpretarse el Reglamento General de Protección de Datos en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional en virtud de la cual es nulo el despido “ordinario” del delegado de protección de datos?

-¿Es tal nulidad independiente de si la causa del despido tiene o no que ver con el desempeño de las funciones del delegado de protección de datos despedido?

-¿O debe interpretarse la validez de tal despido cuando quede probada una causa extintiva ajena por completo al desempeño de las funciones propias de delegado de protección de datos?

-¿Se opone dicho Reglamento a una disposición de Derecho nacional en aquel sentido de establecer la nulidad del despido también en el caso de que la designación del delegado de protección de datos no venga impuesta por el Reglamento sino únicamente por el Derecho del Estado miembro?

-¿Cuál es el nivel de tutela frente a un despido del delegado de protección de datos en nuestro Ordenamiento jurídico a la luz de aquel Reglamento?

Recordamos que en cada sesión del «Foro de Relaciones Laborales» se dan cita, destacados representantes de diferentes ámbitos: judicial, profesional y académico, para ofrecer una visión completa de los temas de máxima actualidad que se debatirán, y sobre todo conocer de primera mano los aspectos más críticos de las sentencias cruciales del Tribunal Supremo, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional.

En esta sesión los ponentes son:

-SALVADOR DEL REY (Moderador). Director del Foro de Relaciones Laborales, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de ESADE Law School. (URL). Presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en RRHH.

-LOURDES ARASTEY. Juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

-ALMUDENA BATISTA. Socia de CUATRECASAS.

-MARÍA JOSÉ LÓPEZ. Profesora Ordinaria de ICADE.

-OSCAR MANGADO. Gerente del Departamento Jurídico Laboral en ACCIONA.

-GUILLERMO TENA. Director del Instituto CUATRECASAS

Destacamos la enorme utilidad para las empresas por el equilibrio entre el marco jurídico y la gestión empresarial, con un formato novedoso y ágil que permite la interactuación de profesionales de diversos sectores, permitiendo resolver dudas y con la posibilidad de opinar sobre los temas planteados gracias al enfoque participativo de las sesiones.

El formato digital y muy flexible permite optar por asistir a la totalidad de las 16 sesiones, a las 8 sesiones que cada asistente elija, o a sesiones sueltas.

Se irán programando las siguientes Encuentros en función de las sentencias más actuales e interesantes del panorama jurídico y sus implicaciones en el ámbito profesional, siempre liderados por un magistrado del Tribunal Supremo o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

ENCUENTROS LA LEY «FORO DE RELACIONES LABORALES»

Sesiones quincenales dirigidas por Salvador del Rey donde se expondrán y debatirán los aspectos críticos de las sentencias más actuales. Cada sesión estará liderada por un magistrado del TS, TC o TJUE, junto con destacados ponentes y profesionales de diversos sectores.

Inscripciones y toda la información en este enlace.

 

Te recomendamos