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17/11/2017 08:59:47 IRENE CORTÉS VIVIENDAS TURÍSTICAS 2 minutos

El TSJ de Galicia valida el nuevo decreto de la Xunta sobre el uso de apartamentos y viviendas turísticas

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso interpuesto contra el decreto de la Xunta que regula el uso de viviendas y apartamentos turísticos que supuestamente vulneraba el derecho de libertad de empresa.

La Asociación de Viviendas Turísticas Gallega presentó un recurso ante el TSJ de Galicia pidiendo la anulación del Decreto 12/2017 que establece la ordenación de apartamentos y viviendas de uso turístico de Galicia, alegando que vulneraba el derecho a la libertad de empresa  y a la libre competencia en el sector

La sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la demanda, considerando que no existe tal vulneración. El tribunal ha añadido que entiende ajustados a derechos cada uno de los artículos de la regulación autonómica sobre los que la Asociación centra su impugnación.

Según la asociación demandante, el decreto contiene apartados que vulneran el artículo 38 de la CE, que establece el principio de libertad de empresa y añade que los poderes públicos deben garantizar y proteger su ejercicio y defender la productividad.

Limitación al número de viviendas turísticas

El controvertido decreto, entre otras cosas, permite que los ayuntamientos limiten el número de viviendas, o incluso las prohíba, en determinados edificios o sectores urbanísticos.  

Además, otro de los artículos denunciados establece que “la cesión de este tipo de viviendas será de la totalidad de la vivienda, sin que se permita la cesión por estancias”.  Esto significa que, para uso turístico, sólo se podrá poner a disposición la casa entera, y no habitaciones sueltas. Se exige también a los propietarios de la vivienda que informen a la administración cuando ésta sea alquilada con fines turísticos. 
Asimismo, el decreto establece los requisitos específicos que han de tener los apartamentos turísticos, como número de baños, plazas, climatización, número de teléfono disponible las 24 horas y cantidad de llaves que deberán darse de acuerdo con las plazas de la vivienda.

Medidas a favor del consumidor

El Tribunal de Justicia ha desestimado el recurso alegando que los artículos citados no dificultan el efectivo derecho de libertad de empresa, ya que los requisitos establecidos son condiciones que tacha de básicos, pensados por y para el consumidor

En referencia a la competencia de los ayuntamientos para decidir el número de viviendas reservadas para este fin, el tribunal ha atendido a la defensa de la Xunta, que hacía referencia a la proliferación de páginas webs que permiten libremente el alquiler de viviendas

La defensa ha numerado los problemas derivados de estas prácticas, como el impacto económico-social o las posibles molestias hacia el resto de los residentes vecinos. 

El tribunal ha secundado este efecto, añadiendo que la pauta que defiende la limitación de número de viviendas turísticas no infringe la libertad de empresa, sino que impone límites que entran dentro del marco de protección de un interés general que ha de prevalecer.

El tribunal ha añadido que no son medidas desproporcionadas y no dificultan el ejercicio de la actividad.
 

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