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08/01/2018 15:53:01 EP Ley de tráfico 2 minutos

El TS confirma la ilegalidad de las multas de tráfico captadas por el sistema foto-rojo de los semáforos

El Tribunal Supremo anula una sanción de tráfico derivada de una infracción grave por saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de la imagen captada por un dispositivo foto-rojo de los semáforos.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de la imagen captada por un dispositivo 'foto-rojo'.

La Sala ha rechazado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra una sentencia de 9 de junio de 2016 que decretaba la nulidad de las sanciones de 200 euros y detracción de 4 puntos impuestas por este municipio a un automovilista que supuestamente rebasó un semáforo en rojo. Además, al condenado se le imponían unas costas de 2.000 euros.

El ayuntamiento recurrió la sentencia al considerar que la decisión judicial era "errónea y gravemente dañosa para el interés general" y le pidió que declarase que "los dispositivos conocidos como foto-rojos no están sometidos al control metrológico del Estado por no existir directivas o reglamentos comunitarios ni normativa española que impongan o exijan dicho control metrológico del Estado".

Sin embargo, en la sentencia 1978/2017 a fecha de 14 de diciembre, el alto tribunal inadmite ahora este recurso al no considerar errónea la doctrina plasmada en la sentencia, que declara que "el dispositivo foto-rojo" empleado por la administración realizaba medición lumínica y a pesar de "no estar sujeto a control metrológico" regulado en el artículo 8 de la Ley 32/2014 de Metrología.

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) señala que esta decisión del Supremo "reitera lo que ya dijo en noviembre de 2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por el sistema "foto-rojo", en contestación a otro recurso planteado por el Ayuntamiento de San Sebastián que fue el motivo por el que desde entonces el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de captación de imágenes de dudosa legalidad.

Más de un centenar de sentencias

La asociación indica que ya hace casi una década que denunciaron por primera vez "la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes", una situación que, según apuntan, corroboran distintos juzgados y tribunales de España que han anulado sanciones impuestas por distintos consistorios en este sentido.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha señalado que las resoluciones judiciales que han anulado las sanciones de 200 euros y 4 puntos, impuestas por los ayuntamientos, superan ya el centenar. "Es un sistema que, ni garantiza la seguridad vial, ni la seguridad jurídica y la presunción de inocencia de los ciudadanos", ha denunciado Arnaldo.

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