Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Jurisprudencia
05/06/2018 11:26:07 CGPJ Personal laboral 2 minutos

Sentencia pionera: los repartidores de Deliveroo son falsos autónomos

La sentencia afirma que las características de la relación laboral solo son compatibles con el "trabajo dependiente y por cuenta ajena"

El juzgado de lo social de Valencia, en su sentencia nº244/2018, de 1 de junio de 2018, ha condenado a Deliveroo, la compañía de reparto de comida a domicilio, al considerar a sus repartidores como autónomos en lugar de personal laboral. La sentencia estima parcialmente la demanda de un trabajador, defendido por el sindicato Intersindical, que fue despedido por Roofood Spain, razón social de Deliveroo, y resuelve que esa rescisión fue improcedente. La juez califica la relación entre ambas de laboral y no civil.

La magistrada se basa en diferentes argumentos para condenar a la empresa de reparto a domicilio. Admite la voluntariedad de los servicios prestados por el demandante concluyendo que se dan las notas características de la relación laboral de ajeneidad y dependencia, ya que la prestación de servicios del demandante, a favor de Deliveroo, presenta rasgos que sólo son concebibles en el trabajo dependiente y por cuenta ajena. Entiende probado que el demandante trabajaba siguiendo las instrucciones de la empresa y bajo las condiciones fijadas unilateralmente por la misma. Así, consta que el trabajador, tras ingresar en la empresa debía descargarse la aplicación desarrollada y gestionada por ésta en su teléfono móvil, recibiendo una autorización y, con ella, un usuario y una contraseña personal para poder acceder a la misma, y debía formar parte de la aplicación "telegram"-"riders Valencia", cuyo creador y administrador es la propia empresa. Además, era la empresa la que decidía la zona en la que el trabajador debía desempeñar sus funciones.

La sentencia da la razón así a la Inspección de Trabajo previa que consideró acreditada la existencia de una relación laboral entre las partes, constatando que los repartidores carecen de estructura empresarial y condena a Deliveroo a indemnizar al exrepartidor por despido improcedente o proceder a su readmisión.

Te recomendamos