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28/11/2018 14:44:11 Caso máster 1 minuto

Procesada Cristina Cifuentes por falsificar el acta del trabajo de fin de máster

La magistrada del Caso máster resuelve que, sin perjuicio de la calificación jurídica que realice después la acusación, los hechos objeto de las diligencias de investigación son susceptibles de tipificarse como delito de falsedad documental.

El Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, mediante el auto número 2244/2018, de 28 de noviembre de 2018, acuerda la transformación de las diligencias previas a procedimiento abreviado en el marco de la investigación seguida contra Cristina Cifuentes por la falsificación del acta del trabajo fin de máster. En dicho auto, la magistrada Carmen Rodríguez-Medel Nieto procesa también al catedrático Enrique ÁLvarez Conde, a la profesora Cecilia Rosado y a la exasesora del Gobierno regional Teresa Feito.

En el auto, la magistrada resuelve que, sin perjuicio de la calificación jurídica que realice después la acusación, los hechos objeto de las diligencias de investigación son susceptibles de tipificarse como delito de falsedad documental, regulado en el artículo 390 del Código Penal:

Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

1. Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

2. Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

3. Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

4. Faltando a la verdad en la narración de los hechos.

Esta resolución puede ser recurrida en reforma (sobre el propio órgano judicial) o en apelación (sobre la Audiencia Provincial de Madrid).

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