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02/06/2023 09:59:47 REDACCIÓN ADMINISTRATIVO 2 minutos

Sancionado un policía local que difundió un vídeo con medidas para evitar el contagio del COVID-19

Aunque la grabación se hizo antes del estado de alarma, las redes y la prensa digital difundió la idea de que el agente se había saltado las normas de confinamiento.

Sancionado un policía local que difundió un vídeo con medidas para evitar el contagio del COVID-19

“El policía local está obligado a informar a sus superiores, por los canales establecidos, de cualquier incidencia en el servicio, pero también, aunque no se haya producido durante este, de todo asunto que por su entidad requiera el conocimiento o decisión urgente de la superioridad. La omisión de esa conducta es lo tipificado en el artículo 8 c) de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo”. Así lo ha declarado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en una reciente sentencia, que ha confirmado la suspensión de un policía de empleo y sueldo por grabar un video donde informa de las medidas del coronavirus, y de no habérselo comunicado a sus superiores por afectar la grabación a la imagen del cuerpo

El tribunal considera la conducta del agente como una falta disciplinaria de carácter grave, tipificada en el art. 8. c) de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, consistente en no informar a sus superiores de una incidencia en el servicio.

El agente de Policía sancionado grabó un video de carácter privado, sin hacer alusión a su condición de Policía Local, en el que daba consejos para evitar contagiarse de coronavirus, y lo difundió en redes sociales; fue en las redes donde se constató que era funcionario de la Policía Local lo cual provocó una situación de incertidumbre y especulación sobre si el interesado había incumplido la obligación de confinamiento, de lo que se hizo eco posteriormente la prensa digital. Precisamente por esa situación creada debió informar el recurrente a sus superiores y aclarar las circunstancias en que se había grabado el video permitiendo al Cuerpo salir al paso de los comentarios y desmentir las falsedades publicadas.

Obligado a informar al Cuerpo de policía

La sala indica que no puede prescindirse del contexto que enmarca los hechos: existía una situación de extrema gravedad para la salud pública, de alarma social, incertidumbre y preocupación, con un estado de alarma declarado y cientos de personas falleciendo a diario por una epidemia, en un momento de riguroso confinamiento para la ciudadanía.

Por su condición de Policía Local estaba obligado a evitar cualquier situación que pudiera afectar al Cuerpo. Pese a ello y de forma consciente difundió el video, y siendo consciente de las dudas que se generaron sobre la fecha en que se grabó, debió evitar especulaciones, poniendo fin a comentarios que afectaban a la imagen y dignidad del Cuerpo. Por ello, la Sala declara que la conducta es grave, constitutiva de la infracción imputada, y por la que debe ser sancionado, habiéndose impuesto la sanción en su grado mínimo.

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