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06/11/2023 15:05:42 REDACCIÓN DERECHO 2 minutos

El padre también tiene derecho a la prestación por nacimiento si su hijo fallece en el vientre materno

El principio de igualdad y no discriminación por razón de sexo se debe aplicar también en este caso

El padre también tiene derecho a la prestación por nacimiento si su hijo fallece en el vientre materno

Cada vez son más los tribunales que resuelven en pro de una igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres para promover la conciliación de la vida personal y familiar atendiendo al principio de corresponsabilidad entre ambos progenitores. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en una sentencia reciente, de 22 de septiembre, ha declarado el derecho de un padre para poder acceder a la prestación por nacimiento, aunque este en realidad falleció antes de nacer.

De forma que la Sala confirma la sentencia de instancia en la que se reconoce a un padre su derecho a la prestación por nacimiento, pese a que el feto falleció en el vientre materno. Si legalmente el derecho solo se condiciona al hecho del parto, y como corolario de ello, es ese mismo acontecimiento el determinante del acceso a la prestación, esa misma regla debe aplicarse a ambos progenitores con independencia de su sexo.

Y ello aunque el art. 48.4 del ET haga una remisión para el progenitor distinto de la madre biológica respecto al cumplimiento de los deberes de cuidado porque, este hecho no puede entenderse solo referido a la atención del hijo recién nacido, sino que también debe extenderse al cumplimiento corresponsable del resto de deberes que el Código Civil impone a ambos miembros de la pareja respecto a descendientes, ascendientes y demás personas a su cargo y a la asunción compartida de todas las cargas familiares, máxime en un momento en que la pérdida de un hijo origina una situación de especial vulnerabilidad, necesitada de idéntica protección para los dos progenitores.

En definitiva, el padre tiene derecho a la prestación reconocida a la madre porque el principio de igualdad y no discriminación por razón de sexo se debe aplicar también cuando el feto fallece y a la madre sí se ha reconocido la prestación.

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