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15/11/2023 19:53:17 REDACCIÓN PERMISOS RETRIBUIDOS 2 minutos

Derecho de los varones al permiso retribuido para asistir a técnicas de preparación al parto

La propia redacción de las normas no excluye a los trabajadores padres y demás personas no gestantes, pues, mientras que obviamente estos no pueden ser sometidos a permisos prenatales, sí pueden asistir a las técnicas de preparación al parto  

El TSJ gallego (sentencia 4149/2023, de 7 de noviembre) reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores varones a disfrutar de permisos retribuidos para asistir a técnicas de preparación al parto, pero no el permiso para acudir a exámenes prenatales.

La sentencia justifica la diferencia entre un permiso y otro en que mientras que los exámenes prenatales son derecho de maternidad que, en atención a la habilitación concedida en la Directiva 92/85 de la Comunidad Europea, se puede reconocer solo a las mujeres embarazadas, la asistencia a técnicas de preparación al parto no tiene el mismo carácter sexuado y se encuadran más bien como un derecho de conciliación.

Abunda en lo anterior que en las normas de referencia el permiso se reconoce solamente “para la realización de exámenes prenatales”, no “para acompañar en la realización de exámenes prenatales”.

Interesante resulta la argumentación de la sentencia de instancia que ahora el TSJ refrenda en el sentido de que aunque ambos permisos son, en su origen en la LPRL/1995, exclusivamente femeninos, fruto de la evolución normativa, jurisprudencial y doctrinal acaecida desde entonces, se llega a la conclusión de que el permiso para técnicas de preparación al parto debe ser extendido a los trabajadores varones pues en otro caso sería discriminatorio por razón de sexo y que la propia redacción de las normas no excluye a los trabajadores padres y demás personas no gestantes, pues, mientras que obviamente estos no pueden ser sometidos a permisos prenatales, sí pueden asistir a las técnicas de preparación al parto, y desde la perspectiva del buen fin del proceso de maternidad / gestación, ello suele ser saludable recomendación.

Y aunque la corresponsabilidad se vería potenciada si se reconociese a los trabajadores varones el permiso para exámenes prenatales (o más bien, el permiso para acompañar a quien los realiza) el permiso, tal como está configurado, es un derecho de maternidad, y el aspecto de conciliación obligaría a crear un nuevo permiso (para acompañar a quien realiza permisos prenatales).
 

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