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10/01/2024 12:03:19 REDACCIÓN RESPONSABILIDAD CIVIL 1 minuto

Un peatón deberá indemnizar al conductor que le atropelló

No hay base probatoria alguna de que el vehículo implicado en el accidente circulara a velocidad excesiva, ni que lo hiciera con el semáforo en rojo

La Audiencia Provincial de Les Illes Balears (sentencia 235/2023, de 12 de mayo) confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de Palma que condenó al peatón atropellado a indemnizar al conductor por los daños sufridos por cuanto fue la conducta negligente de dicho peatón la causa única del siniestro de autos.

A la vista de la prueba practicada, la Sala considera acreditada la mecánica del accidente que sostiene el actor y no la que alega el demandado.

Así, declara que, aun cuando el peatón comenzara a cruzar encontrándose en fase verde el semáforo de peatones que le afectaba, al llegar a la mitad de la calzada se giró y al volver a mirar al frente, vio que el semáforo de peatones parpadeaba. En ese momento, en vez de esperar, irrumpió en la vía sin darse cuenta de que pasaba un vehículo, a pesar de la configuración de la calzada en línea recta y la ausencia de acreditación de obstáculos que impidieran la visión.

Por tanto, la causa única del accidente fue la negligencia de dicho peatón por seguir con su trayectoria desde la mitad de la calzada con irrupción sorpresiva para el conductor, en el momento en que este pasaba con su vehículo.

Añade el Tribunal que no hay base probatoria alguna de que el vehículo implicado en el accidente circulara a velocidad excesiva, ni que lo hiciera en fase roja.
 

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