Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Jurisprudencia
22/10/2012 10:46:00 CGPJ Filial de bajo coste de compañía aérea 2 minutos

La Audiencia Nacional ordena repetir el juicio entra la compañía aérea y el SEPLA por el laudo arbitral

No entra en el fondo del asunto al entender que debe incluirse a a la compañía de bajo coste en el procedimiento para asegurar su derecho de defensa, pues lo resuelto afectaría a sus relaciones laborales

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha rechazado estudiar la demanda contra el laudo que ponía fin al conflicto entrela compañía aérea  y el sindicato de pilotos SEPLA por la creación de la filial de bajo coste  y ordena repetir el juicio al no haber sido incluida esta última en el procedimiento.

El origen del litigio se remonta a la creación, a finales del pasado año, de la Compañía de bajo coste, que desembocó en varias jornadas de huelga por parte del SEPLA y en la cancelación de cientos de vuelos.

Para resolver el conflicto, el Gobierno designó un mediador entre las partes y, ante la falta de acuerdo, estableció posteriormente un arbitraje obligatorio, cuya decisión fue recurrida por Iberia ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

En una sentencia notificada, los magistrados rechazan de plano entrar en el fondo del asunto ya que la resolución del conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos afectaría de lleno también a la aerolínea de bajo coste  y sus relaciones laborales, sin que ésta se haya podido pronunciar al respecto.

“No siendo la compañía de bajo coste parte en el presente procedimiento, no podríamos de ningún modo resolver sobre la pretensión de la compañía aérea sin incurrir exactamente en los mismos vicios procedimentales que se pretender censurar”, señala la resolución. Y añade que “siendo una de las causas de pedir el defecto que supone no haber dado audiencia a la compañía de bajo coste, en el arbitraje resultaría, además de incoherente, insostenible jurídicamente que dictáramos sentencia sobre ello sin dar a la citada empresa la posibilidad de personarse en el pleito”.

“El litigio se debe ventilar entre todos los que de una u otra forma puedan verse afectados por el mismo, siendo indiscutible que la compañía creada resulta directamente afectada por la decisión que aquí se pueda adoptar”, insiste la sentencia.

La Sala, por todo ello, ordena que el procedimiento vuelva al momento de admisión de la demanda para que en el plazo de cuatro días se amplíe frente a la compañía de bajo coste y así poder estudiar el fondo de la cuestión o de lo contrario decretara el archivo de las actuaciones.

Por otra parte, el próximo jueves, 25 de octubre, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional celebrará el juicio en el quela compañía de bajo coste pide también la nulidad del laudo arbitral y en el que sí son parte la compañía aérea, el SEPLA y su sección sindical en la misma.

 

 

 

Te recomendamos