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Actualidad Jurisprudencia
09/04/2013 07:27:00 Redacción NJ 2 minutos

El TS condena a unas constructoras a solucionar los problemas de ruido de unas viviendas cercanas a una parada de Metro

El Tribunal Supremo ha condenado a las constructoras de unos edificios cercanos a la línea 6 del Metro de Madrid, a realizar las actuaciones técnicas que reduzcan los ruidos y vibraciones que padecen los residentes del inmueble, para que no sobrepase los límites legales establecidos.

El fallo judicial, que confirma la sentencia emitida por la Audiencia Provincial, indica además que Metro de Madrid debe soportar y colaborar en la ejecución del tal solución técnica para introducir el aislante que reduzcan los ruidos y vibraciones para esta zona residencial cercana a la estación de Arganzuela-Planetario.

La sentencia se refiere a la sentencia originada por la denuncia interpuesta por una mancomunidad de propietarios cuyos edificios estaban próximos a la zona de servidumbre de la línea 6 de Metro y en relación a los ruidos que generan la circulación de los trenes.

Según el Supremo, los recurrentes habrían querido derivar responsabilidades hacia Metro de Madrid, el Consorcio Regional de Transportes e incluso hacia el Ayuntamiento por haber concedido la licencia de obras. No obstante, indica que ese planteamiento es "rechazable" dado que la jurisprudencia existente estipula que un demandado "no está legitimado" para reclamar la condena de otro codemandado.

"No se discute que los vecinos de los edificios de la comunidad demandante ven perturbada su vida cotidiana por ruidos y vibraciones a los límites legales, a causa de la circulación de los trenes de Metro, ni que existían soluciones técnicas de edificación que habrían evitado el problema, como tampoco se discute la solución técnica confirmada por la sentencia recurrida", expone el Alto Tribunal.

Otra parte de la sentencia recalca que, pese a aceptarse el hecho probado de que parte de la edificación "se encuentra en zona de servidumbre" de Metro, la autorización "incumbía" al Ayuntamiento por encontrarse en zona urbana, habiéndola obtenido las recurrentes mediante la correspondiente licencia de obras, y no a Metro de Madrid.

"Cualquier vecino de Madrid sabe que la ciudad está dotada de Metro o ferrocarril subterráneo y que este medio de transporte genera ruidos y vibraciones en mayor o menor medida, y en este litigio está probado que las recurrentes, profesionales de la construcción, sabían o tuvieron que saber de la alarmante proximidad de la edificiación a la línea 6 de Metro, pese a lo cual se despreocuparon de cualquier medida correctora de las perturbaciones que en el futuro pudieran sufrir los habitantes de las viviendas que se proponían construir y vender", prosigue la sentencia. (EUROPA PRESS)

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