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Actualidad Jurisprudencia
20/06/2014 08:37:00 Redacción NJ Falso testimonio 1 minuto

Condenado por falso testimonio el testigo que afirmó conducir el coche causante de un accidente en lugar de la acusada

El acusado fue llamado como testigo a un juicio rápido que se celebraba por un delito contra la seguridad vial y en la misma manifestó ser él mismo el conductor del vehículo cuando en realidad quien conducía era la acusada en dicho procedimiento. Por estos hechos, se le condena por un delito de falso testimonio y se le impone la pena de seis meses de presión y el pago de tres meses de multa.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado en la que condenó a un hombre a una pena de seis meses de prisión y multa por mentir en un juicio, al que fue llamado como testigo, diciendo que él conducía un coche cuando no era verdad. Así, se rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa.

Según se declaró probado en su momento por el juzgado de lo Penal, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado fue llamado en junio de 2010 como testigo a un juicio rápido que se celebraba por un delito contra la seguridad vial.

En dicha sesión manifestó ser él mismo el conductor de un vehículo "cuando en realidad quien conducía era la acusada en dicho procedimiento". Por estos hechos, se le condena por un delito de falso testimonio y se le impone, además de la prisión, el pago de tres meses de multa, a 10 euros por día, es decir, 900 euros.

Contra esta resolución, se presentó un recurso por parte de la defensa del acusado, en el que se argumentaba error en la valoración de la prueba, con la consiguiente indebida condena al hombre; además de vulneración del derecho de defensa e infracción de la presunción de inocencia.

No obstante, tras analizar el recurso, el Tribunal de apelación no encuentra motivos para tachar de errónea la valoración de las pruebas ni la convicción a la que llegó el juez sobre los hechos ocurridos. Se añade que las declaraciones "exculpatorias" del acusado no son suficientes para cambiar su responsabilidad penal. (EUROPA PRESS)

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