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24/07/2017 10:14:25 REFERÉNDUM CATALUÑA 8 minutos

El Gobierno estrecha el control financiero sobre Cataluña para impedir la celebración del referéndum

El Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 21 de julio de 2017, incorporado como anexo a la Orden PRA/686/2017, de 21 de julio, establece la supervisión semanal, a partir del miércoles 26 de julio de 2017, de las cuentas de Cataluña, con el fin de comprobar que no se están usando fondos públicos para sufragar los gastos derivados del referéndum de independencia previsto para el 1 de octubre.   


El Boletín Oficial del Estado publicó el sábado 22 de julio la Orden PRA/686/2017, de 21 de julio, que contiene, como anexo, el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 21 de julio de 2017, por el que se adoptan nuevas medidas adicionales para garantizar en la Comunidad Autónoma de Cataluña la prestación de los servicios públicos en defensa del interés general y el cumplimiento de la Constitución y las Leyes.
En caso de incumplimiento de la obligación informativa que la norma establece se dará traslado del hecho a la Comisión Delegada, que podrá acordar incluso la suspensión de la financiación derivada del Fondo de Liquidez Autonómico.


Supervisión semanal de las cuentas de Cataluña

El referido Acuerdo establece la supervisión semanal, a partir del miércoles 26 de julio de 2017, de las cuentas de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con el fin de comprobar que no se están usando fondos públicos para sufragar los gastos derivados del referéndum de independencia que la Generalitat pretende celebrar el 1 de octubre. En caso de incumplimiento de la obligación informativa que la norma establece, se prevé dar traslado del hecho a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que podrá acordar incluso la suspensión de la financiación derivada del Fondo de Liquidez Autonómico.
Las nuevas medidas se añaden a las ya previstas en el Acuerdo adoptado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 20 de noviembre de 2015, lo que implica que a los certificados iniciales y mensuales mencionados en dicho Acuerdo se suma el certificado semanal previsto en la nueva norma, que recuerda además que la Comunidad Autónoma de Cataluña está adherida al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas a través del Fondo de Liquidez Autonómico, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y en el artículo 22 del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre , de donde se deriva el compromiso de dicha Comunidad de cumplir lo dispuesto en cualquier disposición que desarrolle este mecanismo de financiación.


Inconstitucionalidad de la financiación del referéndum independentista


El Acuerdo de la Comisión Delegada expresa que en las últimas semanas se ha producido una sucesión de acontecimientos que ponen de manifiesto la necesidad de fortalecer el control de la información económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Así, por un lado, la sentencia del Tribunal Constitucional 90/2017, de 5 de julio declaró la inconstitucionalidad de la disposición adicional 40 de la Ley catalana 4/2017, de 28 de marzo de Presupuestos de la Generalitat para 2017, así como de las partidas presupuestarias GO 01 D/227.0004/132, DD 01 D/227.004/132 y DD 01/22700157/132 del programa 132 (Organización, gestión y seguimiento de procesos electorales) en el caso de que se destinen a la financiación del proceso referendario al que se refiere dicha disposición adicional 40.
El detonante de la intervención del Gobierno: un desvío de 6.150 euros
Por otro lado, según recuerda la norma, en la última certificación remitida el 13 de julio de 2017 por el Interventor General de la Comunidad Autónoma de Cataluña se certifica que a finales del mes de junio de 2017 se han reconocido obligaciones en el programa «132. Organización, gestión y seguimiento de procesos electorales» por importe de 19.370 euros, y se han registrado autorizaciones y disposiciones de gasto por importe de 25.520 euros, es decir, 6.150 euros adicionales sobre los datos del mes precedente.
A la vista de esta circunstancia el Gobierno requirió el 18 de julio de 207 a la Comunidad Autónoma de Cataluña la remisión de un informe específico de la Intervención General de la Comunidad sobre las actuaciones acometidas en relación a los expedientes de gasto tramitados con cargo al referido programa «132. Organización, gestión y seguimiento de procesos electorales», así como sobre el eventual incumplimiento de la resolución del Tribunal Constitucional que anulaba la vigencia de las partidas presupuestarias impugnadas.


Las nuevas medidas de control adoptadas

El Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del día 21 de julio de 2017 establece las siguientes medidas adicionales de control:
Los interventores de las respectivas consejerías y entidades, los responsables económico financieros de las entidades en las que no existan intervenciones delegadas que realicen función interventora, el Director General de Presupuestos y el Director General de Política Financiera, Seguros y Tesoro deberán remitir semanalmente un certificado que acredite que no se han iniciado o tramitado modificaciones presupuestarias ni expedientes de gastos o pagos, presupuestarios o extrapresupuestarios, en sus respectivos ámbitos de competencia, que puedan estar destinados a la realización de las actividades vinculadas con la convocatoria del referéndum referido en la STC 90/2017, de 5 de julio .
El interventor general de la Comunidad Autónoma de Cataluña remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública todos los miércoles, por medios electrónicos, con firma electrónica y siguiendo los modelos, sistemas y canales facilitados por la Secretaría general de financiación autonómica y local, el certificado final, al que se anexarán los certificados individuales señalados, indicando si se hubiese detectado alguna falsedad en los mismos. El certificado final se referirá a los datos acumulados relativos a la semana natural anterior.
Asimismo el interventor general de la Comunidad Autónoma remitirá el 26 de julio de 2017 un listado de los órganos y entidades que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como los nombres de los máximos responsables de las mismas, y el listado de los antes mencionados interventores de las respectivas consejerías y entidades, responsables económico financieros de las entidades en las que no existan intervenciones delegadas que realicen función interventora y directores generales de Presupuestos y de Política Financiera, Seguros y Tesoro.
Además el Interventor General de la Comunidad Autónoma informará al Ministerio de Hacienda y Función Pública de las consultas dirigidas a esa Intervención, o a cualquier órgano consultivo o de asesoramiento de la que se tenga conocimiento, con el fin de recibir asesoramiento para la definición de procedimientos que permitan la financiación del procedimiento refrendario, indicando la procedencia de la consulta y la respuesta que, en su caso, se haya comunicado. En particular, en el certificado semanal del Interventor General se hará expresa referencia a la existencia o no de partidas presupuestarias financiadas o no con cargo a los mecanismos de financiación que, directa o indirectamente, pretendan financiar o financien procesos refrendarios así como las actuaciones llevadas a cabo para impedir el gasto correspondiente a esta finalidad.
La primera certificación semanal será remitida el 28 de julio y se referirá al periodo comprendido entre el 17 de julio y el 23 de julio de 2017. Se remitirá además una certificación adicional que se referirá al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 16 de julio de 2017, que será remitida el 9 de agosto de 2017.
En el caso de que de la información obtenida o conocida se tuviera certeza o indicio de que se vaya a proceder o se hayan ejecutado actuaciones dirigidas a la financiación del procedimiento refrendario, deberá remitirse junto con el certificado semanal, el expediente completo de gasto correspondiente con independencia del programa presupuestario afectado.


Suspensión de la financiación y responsabilidades administrativas, contables y penales

En caso de incumplimiento de la remisión de información solicitada o si del contenido de la misma se concluyera que se ha financiado directa o indirectamente el procedimiento refrendario, el Ministerio de Hacienda y Función Pública dará traslado de esta información a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos a los efectos de que la misma adopte las medidas procedentes que impidan la ejecución, continuación o reiteración en esta actividad y cuantas otras se consideren precisas con la finalidad de restablecer la actuación financiera de la Comunidad Autónoma a la legalidad, incluyendo la posible suspensión de la financiación correspondiente.
El Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno dispone además que la información recabada se traslade a las autoridades competentes a los efectos de la posible exigencia de la responsabilidad administrativa, contable y/o penal que, en su caso, pudiera corresponder a los responsables del uso de fondos públicos, cualquiera que fuera su procedencia, por el uso de recursos públicos para financiar actividades relacionadas con la celebración de procedimientos relativos a consultas o referéndums ilegales.
Especifica la norma que se entenderá por incumplimiento de las obligaciones previstas en la misma el incumplimiento de los plazos establecidos, que no resulte correcto el contenido de la información, la falta de idoneidad de los datos requeridos o que no se cumpla con el modo de envío de la información previsto en el Acuerdo.


Vigencia de las medidas adoptadas

Las medidas dispuestas en el Acuerdo se mantendrán hasta que desaparezca la situación de riesgo para el interés general en la Comunidad Autónoma de Cataluña o sea necesario para garantizar la prestación de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma, circunstancia que deberá ser apreciada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
 

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