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02/11/2017 18:25:01 DESAFÍO INDEPENDENTISTA 3 minutos

Prisión provisional sin fianza para Junqueras y siete exconsejeros del Govern por alto riesgo de reiteración delictiva

La juez Carmen Lamela ha dictado auto de prisión incondicional sin fianza para el exvicepresiente Oriol Junquersa y los 7 de los exconsejeros porque aprecia indicios delictivos, y existe riesgo de fuga, reiteración delictiva y ocultación de pruebas. Fija para Santi Vila en otro auto la misma medida, pero bajo fianza de 50.000 euros.

La juez Carmen Lamela, titular de Juzgado Central de instrucción nº 3 , ha decidido tras escuchar a la fiscalía y al exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros citados a declarar enviarles a prisión sin fianza por el alto riesgo de reiteración delictiva. El único exconsejero que podrá salir bajo fianza de 50.000 euros es Santi Vila, exconsejero de Empresa, que decidió dimitir antes de la votación en el Parlament de la declaración unilateral de independencia (DUI). El motivo en el que basa su decisión es en el alto riesgo de reiteración delictiva de los investigados y de ocultación de pruebas. Considera que "los investigados vienen operando dentro de un grupo perfectamente organizado de personas, apoyados por asociaciones soberanistas con poder y capacidad para auxiliarles en su posible huída".

¿Por qué a los miembros de la Mesa se les ha citado de nuevo y a los exconsejeros no?

Esta mañana conocíamos que el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la querella por rebelión, sedición y malversación contra la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa de la Cámara, ha acordado suspender hasta el próximo jueves 9, a las 9:30 horas, la toma de declaración a los querellados, que había sido señalada para hoy.
La diferencia entre esta decisión y la tomada por la juez de la Audiencia Nacional se explica en el auto que acuerda la prisión de los exconsejeros. En él se dice que solo el exconsejero Jordi Turul solicitó la suspensión, alegando que algunos letrados no se encontraban presentes, pero que la juez desestima al no haber sido formulada por el propio abogado de Turul, a quién correspondía hacer la petición, que también estaba ausente.

Indicios racionales de actividad delictiva y penas a las que se enfrentan

Para la magistrada existen indicios de delito de rebelión, castigado con una pena de hasta 25 años, delito de sedición, castigado con pena de hasta 15 años y malversación de caudales públicos, delito que puede implicar 8 años de prisión, que puede ascender a diez años en caso de falseamiento de documentación.
La juez hace un relato de los hechos y considera que parece que existe en la actuación de los investigados un plan estratégico cuyo principal objetivo era crear un Estado propio. En ejecución de este plan, con reparto de papeles entre los cargos públicos, autoridades gubernamentales y parlamentarias, y asociaciones independentistas, se desarrollan los hechos que están siendo investigados.
En relación al delito de rebelión, es conocida la jurisprudencia que considera que el tipo penal no exige el ejercicio de una violencia real y si una situación intimidatoria de la misma. La juez hace expresa mención de que la declaración de independencia llevaba anudada la asunción en exclusiva del mando de los Mossos d'Esquadra, con 17.000 efectivos armados, con el potencial efecto intimidatorio que representaban. Incluso menciona unas declaraciones de Joaquin Forn, exconsejero de interior el pasado 11 de octubre de 2017 en las que decía "si hay buena voluntad y se acepta la nueva realidad política no habrá colisión entre policías".
Los abogados de los querellados han argumentado que sus defendidos no estaban de acuerdo con la violencia y no propugnaron actos violentos, pero la juez ha considerado que actuaban en grupo y organizados, sin perjuicio de durante la instrucción se les pueda atribuir conductas concretas a cada uno de ellos.
Aunque la medida de prisión provisional, como medida cautelar excepcional se adopta únicamente cuando no existan otras medidas menos gravosas con las que se pudiera alcanzar el objetivo, en su auto la juez argumenta su decisión indicando que se cumplen los requisitos del artículo 503 de la LEcrim. 

Santi Vila podrá salir de prisión con una fianza de 50.000 euros

La juez Lamela, dadas las circunstancias especiales que concurren en el caso del exconsejero Santi Vila, no aprecia riesgo de reiteración delictiva, como si concurre en los demás exconsejeros citados. Por ello fija una fianza de 50.000 euros para poder eludir el ingreso en prisión preventiva.
 

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