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27/07/2009 05:25:00 Comisión Europea AYUDAS Y SUBVENCIONES 4 minutos

La Comisión presenta directrices sobre las ayudas de reestructuración a los bancos

Los bancos subvencionados deberán volver a ser viables a largo plazo sin nuevas ayudas estatales, deben asumir la carga que les corresponde de los costes de reestructuración y deben tomarse medidas para limitar el falseamiento de la competencia en el mercado único.

La Comisaria de Competencia, Neelie Kroes, ha declarado: «Puede que la crisis financiera aún no haya terminado, pero es necesario empezar a trabajar seriamente con los Estados Miembros para reestructurar los bancos europeos. Es necesario volver a viabilizar los bancos sin ayudas estatales y revitalizar la competencia en el mercado único. Las directrices serán una útil herramienta para los bancos y los Estados Miembros, ya que explican los criterios que la Comisión aplicará en lo relativo a las ayudas de reestructuración a los bancos en el período actual. Complementa las directrices anteriores sobre garantías estatales, recapitalización y tratamiento de los activos cuyo valor ha sufrido un deterioro».

La Comisión tiene que atender a un gran número de casos individuales de reestructuración de entidades bancarias, que derivan de medidas de ayuda para el salvamento de dichas entidades a condición de que se presente un plan de reestructuración en el plazo de seis meses. Para fomentar la transparencia, previsibilidad e igualdad en el tratamiento entre los Estados Miembros, la Comisión ha emitido unas directrices para aclarar su enfoque, los criterios sobre los que se basará su evaluación y el tipo de información requerida para guiar su evaluación.

Estas directrices están basadas en el artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE, que autoriza las ayudas estatales en caso de grave perturbación en la economía. Serán provisionales y se aplicarán hasta finales del 2010. Después de esa fecha, se retomarán las normas habituales en lo relativo a salvamento y reestructuración, basadas en el artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado (ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o determinadas regiones económicas, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común).

Estabilidad financiera

La Comunicación de la Comisión sobre la reestructuración bancaria complementa las directrices sobre la evaluación de las ayudas estatales para los bancos que la Comisión ha adoptado desde el principio de la crisis financiera en cuanto a garantías, recapitalización y el tratamiento de activos cuyo valor ha sufrido un deterioro (véanse IP/08/1495, IP/08/1901 y IP/09/322 respectivamente). Estas anteriores directrices han explicado, en concreto, las condiciones bajo las cuales se requiere que los bancos presenten un plan de reestructuración. La nueva Comunicación destaca cómo la Comisión hará uso de las normas de competencia para apoyar la estabilidad financiera. El restablecimiento de la viabilidad de los bancos es la mejor garantía para asegurar la estabilidad y para prestar dinero de manera sostenida a la economía.

Prueba de esfuerzo

En este contexto, la Comunicación subraya que con el fin de diseñar estrategias para un futuro sostenible, los bancos tendrán que someter su actividad a una prueba de esfuerzo. Para ello se precisa un diagnóstico de los puntos fuertes y débiles de la entidad bancaria, lo que puede llevar a replantear su modelo empresarial, revelar los activos cuyo valor ha sufrido un deterioro y negociar con ellos, abandonar actividades que generen pérdidas o incluso considerar la absorción por parte de un competidor viable o una liquidación ordenada.

La Comunicación deja claro que los bancos subvencionados y sus accionistas deben asumir la responsabilidad que les corresponde por su comportamiento pasado y contribuir a la reestructuración de la entidad con recursos propios en la medida de lo posible. En particular, esto supone que se remunere debidamente al Estado por la ayuda facilitada. Cuando esto no sea posible de inmediato a causa de las circunstancias del mercado, dicho reparto de la carga se exigirá en una fase posterior.

Por último, la Comunicación analiza los falseamientos de la competencia resultado de las ayudas estatales a los bancos y presenta medidas para limitarlos. Estos falseamientos pueden derivarse de los comportamientos continuados caracterizados por ser inadecuados o excesivamente arriesgados y/o de su permanencia en el mercado en detrimento de los competidores. Las grandes ayudas estatales podrían exigir algunos ajustes que incluyen medidas estructurales, tales como la cesión de determinados activos (que pueden extenderse a lo largo varios años en la crisis actual), o medidas comportamentales, como restricciones en las adquisiciones o en las estrategias agresivas de fijación de precios y de marketing financiadas por ayudas estatales. Dado el número de casos de reestructuración simultáneos, este análisis prestará especial atención a las estructuras de mercado nacionales, con el objetivo de preservar la integridad del mercado único y el libre acceso al mismo.

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