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16/11/2009 07:14:00 Consejo de Ministros CÓDIGO PENAL 2 minutos

La reforma del Código Penal pasa a las Cortes

La reforma representa una respuesta penal ante nuevas formas de criminalidad, como las derivadas de las nuevas tecnologías o el acoso laboral, y ante la demanda social de un tratamiento individualizado para los delincuentes responsables de delitos sexuales y terrorismo, así como una mayor protección de los menores frente a los delitos sexuales.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley del Código Penal de 1995.

La reforma representa una respuesta penal ante nuevas formas de criminalidad, como las derivadas de las nuevas tecnologías o el acoso laboral, y ante la demanda social de un tratamiento individualizado para los delincuentes responsables de delitos sexuales y terrorismo, así como una mayor protección de los menores frente a los delitos sexuales.

En concreto, los nuevos delitos que se establecen son los siguientes:

  • Captación de menores para espectáculos pornográficos
  • El cliente de prostitución con menores o personas que no pueden decidir por si mismas
  • Terrorismo: captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación
  • Piratería
  • Cohecho entre particulares
  • Acoso laboral
  • Acoso inmobiliario
  • Sobornos y fraudes en el deporte
  • Ataques informáticos
  • Tráfico ilegal de órganos

Asimismo, da cumplimiento a las obligaciones internacionales que España tiene contraídas, y más específicamente en el ámbito de la armonización jurídica europea, que exigen adaptaciones de nuestras normas penales. Es el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas; los delitos contra la libertad e indemnidad sexual; la trata de seres humanos; la corrupción entre particulares; los delitos informáticos; los delitos relativos al mercado y los consumidores; el decomiso de los productos; instrumentos y bienes relacionados con el delito; los delitos de terrorismo; el cohecho; la corrupción de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales; los delitos contra la Comunidad Internacional; los delitos contra el medio ambiente y los delitos de tráfico de drogas.

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