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24/02/2023 11:05:26 REDACCIÓN REVOLVINGS 2 minutos

Arriaga anuncia que continuará demandando por las revolving tras el fallo del Supremo

"La reciente Sentencia del Tribunal Supremo no detiene las reclamaciones de los consumidores afectados por deudas perpetuas de tarjetas comercializadas con falta de transparencia", remarcan en una nota

Arriaga anuncia que continuará demandando por las revolving tras el fallo del Supremo

El despacho de abogados especializado en reclamaciones bancarias y pleitos en masa, Arriaga Asociados, continuará demandando a los bancos por opacidad y usura en las revolvings. Según han anunciado, en una nota difundida este viernes, días después de conocerse un nuevo criterio del Tribunal Supremo que delimita de forma más precisa cuándo existe abuso en la negociación del tipo de interés de este tipo de productos, el nuevo criterio "no detiene las reclamaciones de los consumidores afectados por deudas perpetuas de tarjetas comercializadas con falta de transparencia".

Según fuentes de la firma, la sentencia (258/2023), que el pasado 15 de febrero emitió el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS), no altera la estrategia de defensa de los clientes del despacho de abogados Arriaga Asociados, que "podrán seguir solicitando la nulidad del contrato de la tarjeta revolving por la falta de información y la opacidad en las condiciones económicas en las que accedieron a la financiación, no pudiendo entender el carácter perpetuo de la deuda contraída. Conocida como la falta de transparencia del contrato".

"Otra realidad que sufren los clientes de las tarjetas revolving, es que los jueces solo valoran la carga económica teórica de la tarjeta al dar por válido el TIN (tipo de interés anual), sin incluir, en el cálculo del interés del dinero de la tarjeta, los gastos y comisiones que suponen para el cliente el seguro de pagos, las disposiciones de efectivo en cajeros, interés de demora, etc. Esta es una nueva oportunidad que deja abierta esta sentencia, que obliga a demostrar la carga económica real de cada contrato, frente a la teórica que viene tomándose de referencia, y que es irreal", subrayan.

Asufin

La Asociación de Usuarios Financieros, ASUFIN, cree que la resolución no termina de zanjar la polémica en torno a estos productos financieros, que aun siguen siendo problemáticos. A su parecer, el Supremo "parece decirnos veladamente que habría que integrar en el TEDR las comisiones y gastos aparejados, cuando probablemente esa cantidad tampoco se acerca a la realidad", remarcan en una nota difundida pocas horas después de conocerse el fallo.

"La mayoría de las TAE a las que se comercializan las tarjetas revolving no integran la totalidad de comisiones, ni seguros de protección de pagos, cada vez más habituales, ni el peligroso interés compuesto que genera anatocismo. Es decir, consideramos que el propio interés compuesto, o mecanismo de amortización de la deuda de estas tarjetas, ya es, en sí mismo, fuente generadora de interés desproporcionado y usurero. El interés compuesto que tienen todas estas tarjetas es aquel que se va sumando al capital inicial y sobre el que se van generando nuevos intereses. El dinero, en este caso, tiene un efecto multiplicador porque los intereses producen nuevos intereses", señalan en la nota. 

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