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24/01/2024 19:44:17 REDACCIÓN DERECHO DE DEFENSA 4 minutos

Pistoletazo de salida a la Ley de Derecho de Defensa

El Gobierno da un nuevo impulso a este texto, ya que se encontraba en tramitación parlamentaria en la anterior legislatura y decayó con la convocatoria de elecciones generales   

El Consejo de Ministros de 23 de enero ha aprobado, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el Proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa, que desarrolla un derecho fundamental recogido en el artículo 24 de la Constitución Española. Con esta decisión, el Gobierno da un nuevo impulso a este texto, ya que se encontraba en tramitación parlamentaria en la anterior legislatura y decayó con la convocatoria de elecciones generales. Se trata de una norma pionera en Europa, cuyo objetivo es dar seguridad tanto a ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de su derecho a la defensa como a los profesionales de la abogacía en el ejercicio de su labor, estableciendo un régimen de garantías y deberes.

Tras la aprobación de la Constitución, la jurisprudencia y la práctica judicial han ido consolidando los estándares de protección del derecho a la defensa en los distintos órdenes jurisdiccionales, procedimientos y actuaciones. Cuarenta y cinco años después, se ha considerado necesario impulsar una norma de consenso que desarrolle plenamente el artículo 24 del texto constitucional y amplíe su contenido, en línea con las demandas actuales de la sociedad española. También permitirá conocer en toda su extensión un derecho que constituye uno de los principios básicos estructurales de las democracias, y servirá como guía de actuación para los operadores jurídicos.

“Estamos ante una ley que amplia derechos, desarrolla un derecho fundamental, es una ley garantista, centrada en los ciudadanos,  y es una apuesta por la digitalización del servicio público de Justicia”, afirmó en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros el ministro  de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. 

Desarrollo del derecho de defensa en todas sus dimensiones

El texto recoge el ámbito de aplicación de la ley y los aspectos esenciales del derecho de defensa. Como novedad, extiende la garantía de este derecho, más allá de los ámbitos jurisdiccionales, a los medios alternativos de solución de controversias, que comprenden la mediación, el arbitraje y la conciliación. Además, establece de forma expresa que la utilización de los medios electrónicos en la actividad de los tribunales y la Administración de Justicia deberá ser compatible con el ejercicio efectivo del derecho de defensa en los términos previstos en las leyes. El núcleo de la norma desarrolla el derecho de defensa en sus distintas dimensiones, como el derecho a recibir asistencia jurídica adecuada y de calidad, la libertad de elegir, renunciar y sustituir al profesional que presta la asistencia, y el derecho de las personas a ser oídas o informadas en detalle de todo lo relativo a su procedimiento.

Acceso a la asistencia jurídica gratuita en situaciones de vulnerabilidad y lenguaje claro

Es la primera ley en recoger el derecho de la ciudadanía a que la Administración de Justicia se dirija a ellos en un lenguaje claro, sencillo, comprensible y universalmente accesible, tanto en las notificaciones de actos, resoluciones y comunicaciones procesales como en cualquier información que precisen con relación a sus causas, estrategias procesales e intereses y derechos.

Una norma garantista centrada en las personas

La norma recoge el papel de los colegios profesionales de la Abogacía a la hora de velar por el correcto cumplimiento de los deberes deontológicos de los letrados. También se refiere específicamente a los profesionales de la abogacía con discapacidad, a quienes reconoce el derecho a utilizar la asistencia y los apoyos que sean necesarios para el efectivo desempeño de sus labores de asistencia.

Reacciones en la abogacía

La presidenta de la Abogacía Española, Victoria Ortega Benito, en declaraciones a Confilegal ha considerado "muy positivo que la Ley se haya reactivado con tanta celeridad porque da fe de la importancia que tiene en el funcionamiento del estado de Derecho, en el que los profesionales de la abogacía son una parte esencial". Ortega espera que "la Abogacía siga aportando su conocimiento a través del proceso de tramitación parlamentaria que comenzará en las próximas semanas y donde espera que se produzca un amplio consenso. Del mismo modo continuamos trabajando en el resto de temas que ya hemos iniciado en particular los nuevos baremos y una nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita". 

Por su parte, el Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón, considera que “la aprobación del proyecto de Ley del Derecho de Defensa por parte del Consejo de Ministros representa una oportunidad para avanzar en la consolidación de un sistema de justicia más equitativo y accesible”, por lo que celebra que el Gobierno haya recuperado la tramitación de la norma. Para Eugenio Ribón, “cuestiones como la protección del secreto profesional del abogado y su extensión a todas las formas de ejercicio profesional o asegurar el derecho de la ciudadanía a recibir una información completa sobre el desarrollo procedimental y las consecuencias y costos de su defensa, son propuestas que el ICAM ha venido liderando y celebramos que estén recogidas en esta norma”.
 

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