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12/08/2024 23:31:34 ASUFIN SEGUROS 2 minutos

La publicidad y las condiciones generales de los seguros antiocupas son engañosas e infunden alarmismo

Entre las irregularidades detectadas, cabe destacar la confusión sobre los conceptos allanamiento de morada y usurpación que plantean las condiciones generales de la contratación 

Los seguros específicos para la ocupación del hogar que empiezan a proliferar se presentan en el mercado con conceptos confusos y en base a un riesgo que, con los datos en la mano, está poco generalizado, frente a la masa de clientes a la que se dirige. La cobertura de daños de estos seguros se solapa a menudo con las del seguro hogar y ofrecen un asesoramiento jurídico, que no la reclamación judicial (gastos de abogados, procurador y costas).

Entre las irregularidades detectadas, cabe destacar la confusión sobre los conceptos allanamiento de morada y usurpación que plantean las condiciones generales de la contratación (CGC) y la publicidad exhibida por los productos de Línea Directa y Mutua Madrileña. En ambos casos, se refieren a ocupación en supuestos de vivienda habitual, primera o segunda residencia, cuando el supuesto legal aplicable en estos casos es el de allanamiento de morada.  

Es decir, el allanamiento de morada ocurre en la vivienda habitual, incluso la segunda residencia, como acción de ingresar o permanecer en un domicilio ajeno sin la autorización del morador. Y se confunde deliberadamente con la usurpación, cuando el inmueble donde se comete el delito no es un lugar donde se mora, sea el titular o un inquilino, sino una vivienda deshabitada, como son, por ejemplo, las viviendas abandonadas de los bancos.

Además, y si bien en las CGC de Línea Directa se contempla la posibilidad de una vivienda destinada al alquiler que lleve menos de un mes desocupada y que haya sido puesta a disposición del mercado profesional, en la web de la aseguradora no se ofrece este producto salvo para primera y segunda vivienda de uso propio lo cual nos sitúa la cobertura en el marco del allanamiento, donde no es necesaria. El allanamiento de morada es un delito con muy poca incidencia, y si bien lo vinculante son las CGC, la publicidad del producto resulta cuanto menos confusa.

Finalmente, en dicha póliza se cubren daños limitados a la vivienda causados por vandalismo o robo, cuando se trata de coberturas habituales en todo seguro de hogar por lo que son redundantes, innecesarias y pueden conducir a una incómoda situación de concurrencia para el asegurado. Estas coberturas repetidas con los seguros de hogar de una mínima calidad, que cubren vandalismo, robo, defensa de derechos de la vivienda, responsabilidad civil, entre otros, puede complicar más que ayudar al entrar en concurrencia de seguros (se necesitarán dos peritos, una liquidación prorrateada, etc).

Según los datos más recientes que ofrece el INE, en 2022 se registraron 255 infracciones por allanamientos de morada y 4.067 infracciones por usurpación de vivienda.

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