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24/02/2012 16:45:00 Consejo de Ministros ORGANISMOS SUPERVISORES 4 minutos

Informe sobre la reforma de los organismos supervisores

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la vicepresidenta y ministra de la Presidencia sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de organismos supervisores. Esta reforma se enmarca dentro del objetivo del Gobierno de favorecer la competitividad de las empresas españolas a través de la flexibilización de los mercados, la reducción de las trabas administrativas, la simplificación regulatoria y la austeridad y profesionalidad del Sector Público.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la vicepresidenta y ministra de la Presidencia sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de organismos supervisores. Esta reforma se enmarca dentro del objetivo del Gobierno de favorecer la competitividad de las empresas españolas a través de la flexibilización de los mercados, la reducción de las trabas administrativas, la simplificación regulatoria y la austeridad y profesionalidad del Sector Público.
 
Antecedentes
 
Dejando a un lado la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España y el Consejo de Seguridad Nuclear, en los años 90 se crearon una serie de organismos supervisores de la actividad en determinados mercados de red, tales como la energía o las telecomunicaciones: la Comisión Nacional de Energía y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
 
En 2007 se creó la Comisión Nacional del Sector Postal y en 2011, tras la aprobación de la Ley de Economía Sostenible, se crearon dos nuevos organismos: la Comisión Nacional del Juego y la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria. A éstos habría que añadir el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, previsto en la Ley General de Comunicación Audiovisual, que no se va a crear.
 
Los organismos supervisores son aquellos que tienen por objeto velar por el correcto funcionamiento de determinados sectores de la actividad económica y hacer propuestas sobre aspectos técnicos, así como resolver conflictos entre las empresas y la Administración. Para ello, llevan a cabo un control "ex -ante".
 
De forma paralela, la Comisión Nacional de la Competencia aprueba las operaciones de concentración entre empresas y sanciona las conductas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, tratando de maximizar la eficiencia y el bienestar de los consumidores, realizando para ello un control "ex -post".
 
Este número de reguladores es excesivamente elevado, no sólo por razones de costes, sino porque, dado lo avanzado del proceso de liberalización y transición a la competencia que se inició en los años 80 y 90 y los grandes avances tecnológicos, es precisa una revisión del modelo que garantice una supervisión multisectorial.
 
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
 
El objeto de esta Ley es la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que agrupará las funciones de supervisión de los anteriores organismos independientes: la Comisión Nacional de la Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional del Sector Postal, la Comisión Nacional del Juego, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, el Comité de Regulación Ferroviaria y la Comisión Nacional de la Competencia.
 
Los órganos competentes de los distintos Ministerios asumirán las tareas de registro de los operadores, inspección de éstos y otras tareas administrativas.
 
El nuevo organismo tendrá por objetivo maximizar el bienestar del consumidor, garantizando el correcto funcionamiento de los mercados en un entorno competitivo y el libre acceso a las redes, y las infraestructuras esenciales sin discriminación entre operadores.
 
Razones del cambio
 
Tres razones motivan este cambio institucional:
  • En primer lugar, la seguridad jurídica. Esta reforma permitirá clarificar las competencias, aplicar criterios homogéneos en ámbitos regulatorios con las mismas características económicas y, además, garantiza la necesaria armonización entre la política sectorial y de competencia, reduciendo la incertidumbre regulatoria.
  • Además, se incrementará la eficiencia en la asignación de los recursos públicos, evitando duplicidades por el solapamiento de funciones, y alcanzando sinergias y ahorros adicionales. En Alemania, donde existe un único regulador multisectorial, se ha producido un ahorro del 25 por 100 de los gastos de funcionamiento entre 2006 y 2011. El ahorro afectará también al sector privado, ya que la integración favorece la simplificación y reducción de la carga administrativa.
  • Por otro lado, mejora la calidad supervisora al aunar en un solo órgano un profundo conocimiento técnico, sectorial y de competencia. El incremento de la calidad vendrá determinado también por la mayor independencia y neutralidad del Organismo.
La nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia estará compuesta por nueve consejeros, que nombrarán un Presidente y un Vicepresidente. Serán propuestos por el Gobierno y su nombramiento deberá ser ratificado por el Congreso de los Diputados. Su mandato tendrá una duración de seis años con renovaciones parciales y presidencia rotatoria. El nuevo Organismo estará adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad. Tendrá su sede en Madrid, pero existirá la posibilidad de establecer subsedes.

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