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28/04/2014 11:56:00 Redacción NJ Nuevo Código Mercantil 4 minutos

La propiedad industrial en el nuevo Código mercantil

Las razones del nuevo Código Mercantil y su proyecto de regulación de la propiedad industrial, explicados por Alberto Bercovitz en la nueva revista La Ley Mercantil.

El momento particularmente relevante en la modernización de nuestro Derecho mercantil que estamos viviendo, ante la propuesta de Código mercantil elaborada por la Sección de Derecho mercantil de la Comisión General de Codificación, y el Anteproyecto de Ley de 2013, por el que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, son las razones invocadas por la editorial La Ley para la presentación de su nueva revista La Ley Mercantil, tribuna destinada a la formación e intercambio de criterios y de análisis sobre las muchas cuestiones que sin duda plantearan los referidos cambios normativos.

Aprovechando que su primer número aparece excepcionalmente publicados en abierto, pues la revista se comercializa bajo suscripción, destacados para nuestros usuarios algunos de sus contenidos más relevantes.

Por ejemplo, el trabajo del profesor Alberto Bercovitz dedicado a La propiedad industrial en el nuevo Código Mercantil.

Más allá de su objeto directo de análisis, que es la propiedad intelectual, el artículo es particularmente interesante por las razones que a juicio del autor, motivan y justifican la existencia de un nuevo Código Mercantil.

Y estas explicaciones no son baladíes, por cuanto el autor ha sido, precisamente, presidente de la sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación que ha elaborado la propuesta de nuevo Código Mercantil.

Las razones para un nuevo Código Mercantil

Para empezar, el autor destaca que "no se trata de una modificación más o menos amplia del Código de comercio vigente desde el año 1885, sino de un texto totalmente nuevo, tanto en los aspectos formales como en cuanto al contenido."

Para empezar "se introduce una innovación formal importante al adoptar el sistema de numeración de los artículos de los nuevos códigos franceses, es decir, que el primer número indica el libro del código al que el artículo pertenece; el segundo número es el que corresponde al título, y el tercero al capítulo, ya dentro del cual se numeran los artículos del 1 en adelante. Para hacerse una idea de lo que significa esta Propuesta del Código es significativo el número de artículos que comprende, que son 1945, divididos en siete libros y un título preliminar.

Un título preliminar que se refiere a la delimitación de la materia mercantil regulada por la Propuesta de Código. El Libro primero, que comprende 86 artículos, regula el empresario y la empresa. El Libro segundo, con 834 artículos, se refiere a las sociedades mercantiles. El Libro tercero, con 65 artículos, trata del Derecho de la competencia y de la propiedad industrial. El Libro cuarto, con 71 artículos, regula las obligaciones y contratos mercantiles en general; el Libro quinto, con 566 artículos, se refiere a los contratos mercantiles en particular. El Libro sexto, con 309 artículos, trata de los valores e instrumentos de crédito y pago. Y el Libro séptimo, con 14 artículos, tiene por objeto la prescripción y la caducidad."

En cuanto a las demás razones que justifican esta reforma, Bercovitz destaca la necesidad de asegurar la unidad de mercado en las relaciones jurídico privadas (es decir, que las operaciones que se realicen en el mercado por operadores del propio mercado estén sometidas al mismo régimen jurídico en todo el territorio español, cualquiera que sea el lugar del territorio nacional donde esté el establecimiento del contratante o se celebre la propia operación mercantil), en este sentido, el nuevo Código, además de  modernizar la legislación mercantil, refuerza la seguridad jurídica.

Además, señala el autor, "El Código presenta la ventaja de integrar y coordinar las normas básicas de Derecho mercantil; evita innecesarias repeticiones y facilita a los terceros saber lo que es legislación mercantil básica. En definitiva, facilita a los terceros el conocimiento de la legislación mercantil, conocimiento que es mucho más difícil de obtener cuando se integra de leyes especiales que no han sido consideradas a efectos de la coordinación exigible para las diversas partes del ordenamiento jurídico."

Las normas sobre propiedad industrial en el nuevo Código

Esa inclusión de estas normas en el proyecto de nuevo Código se justifica por que "se trata de instituciones que sólo pueden funcionar en un sistema de economía de mercado, por cuanto constituyen instrumentos para que funcione el principio de libre competencia."

Por ello, en el resto del trabajo, al que remitimos a nuestros lectores, se abordan el resto de cuestiones conexas y necesarias para el adecuado encuadramiento de la materia: como son los Problemas de la denominación «Propiedad Industrial»; sus modalidades; su contenido y, singularmente, las Normas sobre propiedad industrial incluidas en la Propuesta de Código mercantil.

Finalmente, el autor aborda la relación entre las normas sobre propiedad industrial y las disposiciones que regulan las distintas modalidades de la propiedad industrial; los contratos sobre «bienes inmateriales» y el Contrato de obra por empresa.

En definitiva, un artículo indispensable para conocer la reforma que viene y cómo va a afectar a esta materia.

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