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28/08/2007 04:39:00 Ministerio de Justicia MEDICOS FORENSES 2 minutos

Se incrementa la retribución a los médicos forenses y a los facultativos del Instituto Nacional de Toxicología

Se publica el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 20 de julio a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, por el que se determinan los puestos tipo de las Unidades que integran las Oficinas Judiciales y otros servicios no jurisdiccionales y sus correspondientes valoraciones, a efectos del complemento general de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

Se publica el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 20 de julio a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, por el que se determinan los puestos tipo de las Unidades que integran las Oficinas Judiciales y otros servicios no jurisdiccionales y sus correspondientes valoraciones, a efectos del complemento general de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

Uno de los aspectos más significativos que se recoge en el marco de este Real Decreto es la aplicación del incremento en las retribuciones a los Médicos Forenses y a los Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en reconocimiento a la labor que desempeñan estos Cuerpos en el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Así, la entrada en vigor del presente Real Decreto supondrá para estos colectivos el abono, en los próximos meses, de unas cuantías totales que oscilan entre 3.060 y 3.425 euros, y que se verán complementadas cuando sus relaciones de puestos de trabajo queden aprobadas, lo que tendrá lugar antes de que finalice el año 2007.

El contenido de este nuevo Real Decreto supone uno de los pasos necesarios para la nueva concepción del régimen de funcionamiento y organización de la Administración de Justicia establecido en la Ley Orgánica 19/2003, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

En dicha Ley se aborda la especialización y profesionalización de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, relacionando la cualificación con los distintos conceptos retributivos. Se introducen, además, cambios fundamentales en el régimen de organización y funcionamiento de la Administración de Justicia, para su adaptación al modelo de trabajo que supone la Oficina Judicial.

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