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21/05/2008 04:40:00 Comisión Europea AYUDAS Y SUBVENCIONES 2 minutos

La Comisión actualiza las normas sobre garantías estatales para PYMES

La nueva comunicación sobre ayudas estatales establece metodologías claras y transparentes para calcular el elemento de ayuda en una garantía, incluyendo normas simplificadas para las PYME.

Las garantías estatales son un importante instrumento para apoyar el desarrollo de las empresas y facilitar su acceso a la financiación. Ello es especialmente importante en el caso de las PYME. Las garantías estatales son también apreciadas por los Estados miembros para reforzar el impacto de sus presupuestos estatales. Pueden incrementar los préstamos privados, especialmente para las PYME, sin requerir una contribución inmediata del Estado, ya que el pago de la garantía solamente es necesario en caso de incumplimiento.

El principal objetivo de la revisión de la actual Comunicación sobre garantías de la Comisión es proporcionar orientación adicional y seguridad jurídica a los Estados miembros y a los interesados al evaluar si una garantía contiene o no un elemento de ayuda estatal.

Metodologías más transparentes

La nueva Comunicación confirma que esta evaluación debe basarse en el principio del inversor en una economía de mercado. Según este principio, se puede considerar que las inversiones u otro tipo de financiación emprendida por los poderes públicos en las empresas son compatibles con las normas de ayuda estatal de la UE cuando se hacen en condiciones que habría aceptado un inversor privado en una economía de mercado. Por consiguiente, las metodologías se basan fundamentalmente en una evaluación apropiada del riesgo a través de una valoración. Ésta no tiene por qué ser efectuada por un organismo internacional de valoración, sino que puede tratarse de una valoración interna del banco de crédito, que generalmente tiene que valorar las empresas antes de conceder un préstamo.

Posibilidades simplificadas para las PYME

Las garantías son de particular importancia para las PYME, ya que éstas poseen a menudo un escaso capital social y carecen de recursos estables. Por lo tanto, la nueva Comunicación establece normas particulares para las PYME que les permitirán evaluar el elemento de ayuda de una garantía de una manera muy sencilla:

  • Se considera que las primas refugio predefinidas basadas en categorías de valoración se atienen al mercado y, por lo tanto, carecen de ayuda. Pueden también utilizarse como referencia para calcular la ayuda equivalente en caso de primas más bajas. El sistema de refugio es una instrumento de simplificación. Los Estados miembros pueden no utilizarlo si creen que pueden demostrar que las primas más bajas se atienen al mercado;
  • Una prima del 3,8 % anual es aplicable, incluso en ausencia de valoración, por ejemplo en el caso de empresas incipientes;
  • Una prima única puede aplicarse de manera general a los regímenes, cuando la cantidad garantizada es inferior a los 2,5 millones de euros por empresa. Ello permite un efecto de centralización del riesgo en favor de las garantías de baja cuantía para las PYME.

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