El Defensor del Pueblo Europeo, P. Nikiforos Diamandouros, ha recomendado al Banco Europeo de Inversiones (BEI) que revise la evaluación de impacto ambiental del proyecto de tren de alta velocidad que atraviesa Barcelona. La situación es resultado de una reclamación presentada por un residente en Barcelona que denunció que el proyecto del túnel que atraviesa Barcelona podría ocasionar graves daños ambientales. A juicio del denunciante, el acuerdo del BEI de co-financiar este segmento del proyecto no es adecuado. Durante su investigación sobre el tema, el Defensor del Pueblo no encontró evidencia alguna de que el BEI hubiera analizado de manera adecuada la evaluación medioambiental de esa parte del proyecto que atraviesa Barcelona. Es por ello que el Defensor del Pueblo ha recomendado al BEI que no proceda al desembolso de ayuda financiera alguna antes de realizar tal análisis.
Antecedentes
En 1994, el trayecto Madrid-Barcelona-Perpignan-Montpellier fue considerado como uno de los proyectos prioritarios de la red trans-europea en la UE. En España, este proyecto comprende el desarrollo de la conexión ferroviaria de alta velocidad entre Madrid y la frontera francesa (Madrid-Barcelona-Figueres). El BEI concederá una financiación de 2 500 millones de euros, lo que representa más de la cuarta parte del coste total. El coste restante será cubierto por los Fondos Europeos de Cohesión y por las autoridades españolas.
En enero de 2006, un ciudadano presentó una reclamación al Defensor del Pueblo, en la que alegaba que el segmento ferroviario proyectado a través de Barcelona podría originar graves daños ambientales a las construcciones colindantes ya públicas (como por ejemplo a la "Sagrada Familia" de Gaudi) o privadas. Asimismo, criticó a las autoridades españolas por no haber evaluado adecuadamente el impacto ambiental del proyecto y por no haber ponderado la posibilidad de establecer rutas alternativas. Desde el punto de vista del denunciante, el BEI debería volver a examinar el proyecto y reconsiderar la decisión de financiarlo.
En su respuesta, el BEI había indicado que la evaluación de impacto ambiental de esa parte del proyecto elaborada por las autoridades españolas había sido debidamente revisada. Según el BEI, la evaluación del impacto fue realizada conforme a los criterios del Banco.
En el curso de su investigación, el Defensor del Pueblo procedió a examinar los documentos existentes. No encontró, sin embargo, documento alguno relativo al análisis del BEI de la evaluación de impacto ambiental de este tramo del proyecto elaborada por las autoridades españolas. El Defensor del Pueblo recomendó, por tanto, que el BEI revisara esta evaluación de impacto antes de conceder ayuda financiera alguna para esta parte del proyecto. El Defensor del Pueblo ha pedido al BEI que responda a su recomendación antes del 30 de septiembre de 2008.
La recomendación del Defensor del Pueblo está disponible en inglés en
http://www.ombudsman.europa.eu/recommen/en/060244.htm