Real Decreto 2222/1998, de 16 de octubre, por el que se prorroga la suspensión temporal de la aplicación del Real Decreto-ley 2/1986, de 23 de mayo, sobre el servicio público de estiba y desestiba de buques, a las labores y actividades de carga y descarga, estiba y desestiba y transbordo de pesca fresca, congelada y de bacalao, establecido por el Real Decreto 2541/1994, de 29 de diciembre.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE FOMENTO
  • Publicado en BOE de
  • Vigencia desde 31 de Octubre de 1998
Versiones/revisiones: