Real Decreto Ley 3/2005, de 18 de febrero, por el que se adoptan medidas en relación con la prestación de servicios portuarios básicos y se amplía el plazo para la transformación de las sociedades estatales de estiba y desestiba en agrupaciones portuarias de interés económico

Ficha:
  • Órgano JEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE núm. 43 de
  • Vigencia desde 20 de Febrero de 2005
Versiones/revisiones: