Decreto 74/2013, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 2/2010, de 14 de enero, por el que se fijan las cantidades retributivas para el año 2010 del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en cumplimiento de la Sentencia de 28 de abril de 2011, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictada en el Procedimiento Ordinario 411/2010.
- Órgano CONSEJERIA DE HACIENDA
- Publicado en BOCL núm. 231 de 29 de Noviembre de 2013
- Vigencia desde 29 de Noviembre de 2013
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO III.2
- ANEXO XII.4
- ANEXO XII.4
Con fecha 28 de abril de 2011, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, ha dictado la sentencia n.o 973 en el Procedimiento Ordinario 411/2010, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Que ESTIMAMOS el recurso interpuesto por la representación procesal de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DE UGT CYL (FSP-UGT), contra el Decreto 2/2010, de 14 de enero, por el que se fijan las cantidades retributivas para el año 2010 del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ANULANDO dicho Decreto, en los concretos apartados impugnados, en cuanto que fija el complemento específico respecto del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de la Escala de Agentes Medioambientales, en los factores B, C y D, fijados en los Anexos III.2 y XII.4, siendo aquí procedente que la Administración tras la valoración oportuna en relación con las funciones efectuadas por los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, establezca el complemento especifico que proceda, relacionando estas tareas atendiendo a las funciones que ejecutan los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de la Escala de Guardería. Se hace imposición de las costas del proceso a la Administración».
Una vez ganada firmeza la sentencia, en su cumplimiento la Consejería de Fomento y Medio Ambiente realizó la valoración requerida en su fallo, siendo la conclusión de la misma que el complemento especifico asignado a los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, era el adecuado, de conformidad con las funciones asignadas al citado Cuerpo y a los factores de incompatibilidad, libre disponibilidad, peligrosidad y penosidad que configuran el complemento especifico factores B, C y D.
No obstante, instada la ejecución definitiva de la sentencia y a la vista de los pronunciamientos contenidos en diversos autos recaídos en procedimientos de ejecución definitiva referidos a sentencias sustancialmente idénticas a la que nos ocupa, que requieren a la Administración para que fije el complemento especifico de los funcionarios pertenecientes a la Escala de Agentes Medioambientales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos anulado conforme a la valoración que ya ha efectuado, pero sin que el mismo pueda ser inferior al fijado para los funcionarios del Cuerpo de Auxiliares Facultativos, Escala de Guardería, procede ejecutar la sentencia según tales pronunciamientos.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en los artículos 6.2. y 10 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, visto el informe del Consejo de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de noviembre de 2013
DISPONE:
Artículo único
Se modifica el Decreto 2/2010, de 14 de enero, por el que se fijan las cantidades retributivas para el año 2010 del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en cumplimiento de lo dispuesto en el fallo de la Sentencia n.o 973, de 28 de abril de 2011, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en los particulares correspondientes a sus Anexos III.2 y XII.4, los cuales se anulan y dejan sin efectos sustituyéndose por los que se aprueban y adjuntan a este decreto.

Disposiciones Finales
Primera Desarrollo particular del decreto
Se autoriza a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para dictar cuantas instrucciones sean pertinentes para la aplicación del presente decreto.
Segunda Vigencia del decreto
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
ANEXO III.2
COMPLEMENTO ESPECÍFICO
FACTORES B, C Y D
GUARDERÍA FORESTAL Y OTROS
A) MENSUALIDADES ORDINARIAS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MAYO DE 2010
CÓDIGO | CUANTÍA MENSUAL | CUANTÍA ANUAL |
32 | 251,05 | 3.012,60 |
31 | 258,47 | 3.101,64 |
30 | 247,34 | 2.968,08 |
29 | 411,47 | 4.937,64 |
28 | 54,31 | 651,72 |
27 | 411,47 | 4.937,64 |
26 | 99,87 | 1.198,44 |
25 | 418,90 | 5.026,80 |
24 | 407,77 | 4.893,24 |
23 | 418,90 | 5.026,80 |
22 | 407,77 | 4.893,24 |
21 | 427,59 | 5.131,08 |
20 | 101,55 | 1.218,60 |
19 | 17,83 | 213,96 |
18 | 26,77 | 321,24 |
1 | 427,59 | 5.131,08 |
* Los complementos cuya cuantía, a 31 de diciembre de 2009, no estuviera relacionado en el presente Anexo experimentarán, con efectos de 1 de enero de 2010, un incremento del 0,30% sobre las cuantías fijadas para 2009.
COMPLEMENTO ESPECÍFICO
FACTORES B, C Y D
A) MENSUALIDADES ORDINARIAS DEL 1 DE JUNIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
CÓDIGO | CUANTÍA MENSUAL | CUANTÍA ANUAL |
32 | 241,01 | 2.892,12 |
31 | 248,14 | 2.977,68 |
30 | 237,45 | 2.849,40 |
29 | 395,02 | 4.740,24 |
28 | 52,14 | 625,68 |
27 | 395,02 | 4.740,24 |
26 | 95,88 | 1.150,56 |
25 | 402,15 | 4.825,80 |
24 | 391,46 | 4.697,52 |
23 | 402,15 | 4.825,80 |
22 | 391,46 | 4.697,52 |
21 | 410,49 | 4.925,88 |
20 | 97,49 | 1.169,88 |
19 | 17,12 | 205,44 |
18 | 25,70 | 308,40 |
1 | 410,49 | 4.925,88 |
* Los complementos cuya cuantía, a 31 de diciembre de 2009, no estuviera relacionado en el presente Anexo experimentarán, con efectos de 1 de junio de 2010, una minoración del 4% sobre los importes establecidos a fecha 31 de mayo de 2010.
ANEXO XII.4
A) CUANTÍA DEL IMPORTE MENSUAL DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO «FACTOR B, C Y D» (GUARDERÍA FORESTAL Y OTROS) A INCOPORAR EN LA PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO DE 2010 AL PERSONAL EN SERVICIO ACTIVO INCLUIDO EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE CASTILLA Y LEÓN
CÓDIGO | CUANTÍA A INCLUIR EN LA PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO/2010 |
32 | 251,05 |
31 | 258,47 |
30 | 247,34 |
29 | 411,47 |
28 | 54,31 |
27 | 411,47 |
26 | 99,87 |
25 | 418,90 |
24 | 407,77 |
23 | 418,90 |
22 | 407,77 |
21 | 427,59 |
20 | 101,55 |
19 | 17,83 |
18 | 26,77 |
1 | 427,59 |
ANEXO XII.4
A) CUANTÍA DEL IMPORTE MENSUAL DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO «FACTOR B, C Y D» (GUARDERÍA FORESTAL Y OTROS) A INCOPORAR EN LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE DE 2010 AL PERSONAL EN SERVICIO ACTIVO INCLUIDO EN EL AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE CASTILLA Y LEÓN
CÓDIGO | CUANTÍA A INCLUIR EN LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE/2010 |
32 | 241,01 |
31 | 248,14 |
30 | 237,45 |
29 | 395,02 |
28 | 52,14 |
27 | 395,02 |
26 | 95,88 |
25 | 402,15 |
24 | 391,46 |
23 | 402,15 |
22 | 391,46 |
21 | 410,49 |
20 | 97,49 |
19 | 17,12 |
18 | 25,70 |
1 | 410,49 |