DECRETO 111/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 51/2000, de 14 de marzo, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y EMPLEO
- Publicado en BOA núm. 7315 de 11 de Julio de 2014
- Vigencia desde 11 de Julio de 2014. Revisión vigente desde 11 de Julio de 2014


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Sumario
- Derogado por
- LE0000729159_20220827
Ley 2/2022 de 19 May. CA Aragón (de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 Feb. de simplificación administrativa)

Mediante el Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, se aprueba el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón. La finalidad de dicho decreto es contribuir a la mejora de la capacidad de la inserción profesional, el fomento del espíritu de empresa, el incremento de la capacidad de adaptación y la promoción de la igualdad de oportunidades.
Son líneas prioritarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, en consonancia con el Fondo Social Europeo, reforzar la estabilidad en el empleo, la inserción y reinserción de los trabajadores desempleados, el desarrollo socioeconómico del medio rural, el fomento de la capacidad empresarial, así como la especial atención a las personas con especiales dificultades de inserción.
A través de la experiencia obtenida en la ejecución de los programas formativos y la necesidad de mejorar su calidad, se precisa la óptima colaboración con aquellas entidades y centros de formación que acrediten la capacidad técnica, humana y material para la realización de los mismos.
El artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, permite que el beneficiario de subvenciones pueda subcontratar, total o parcialmente, la actividad cuando la normativa reguladora de la subvención así lo prevea, siempre dentro de los límites y en los términos establecidos por la citada ley y su reglamento de desarrollo.
Es por ello, que ante la prohibición absoluta de subcontratación de las entidades colaboradoras contempladas en el artículo 14.1 b) del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, deba procederse a su modificación para contemplar la posibilidad de subcontratación de actividades formativas en determinados supuestos, en aras de la eficacia en la gestión de las subvenciones y una mejor consecución de los resultados perseguidos.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previo informe de la Dirección General de Servicios Jurídicos y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de julio de 2014,
DISPONGO:
Artículo único Modificación del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de formación e Inserción Profesional de Aragón
El artículo 14.1 b) del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de formación e Inserción Profesional de Aragón, queda redactado como sigue: «b) Las Entidades Colaboradoras tendrán expresamente prohibida la subcontratación con un tercero para la ejecución de los cursos cuya realización les haya sido aprobada, a excepción de las entidades citadas en el artículo 5 1. c), que podrán subcontratar la ejecución de la actividad formativa por una sola vez, total o parcialmente, hasta un porcentaje que no exceda del 80 por ciento del importe de la actividad subvencionada.
La contratación del personal docente para la impartición de la formación subvencionada por parte del beneficiario, no se considerará subcontratación.
En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenido de la misma.»
LE0000044090_20140711
Disposición final única Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».