Resolución de 11 de enero de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara la cesación de la eficacia de la Resolución de 12 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid los controles periódicos y después de reparación de los aparatos surtidores destinados al suministro de GLP para vehículos de automoción
Con fecha 2 de agosto de 1999 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución de 12 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid los controles periódicos y después de reparación de los aparatos surtidores destinados al suministro de GLP para vehículos de automoción, al verse necesario establecer un control sobre este tipo de equipos en su fase de instrumentos en servicio.
En la actualidad, la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, viene a regular en su anexo VI los sistema de medida destinados al suministro de gases licuados del petróleo GLP para vehículos de automoción (surtidores o dispensadores de GLP) en su fase de instrumentos en servicio.
A la vista de la situación actual, cabe concluir que el contenido de la Resolución de 12 de julio de 1999 arriba indicada resulta innecesario.
En su virtud, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,
DISPONE
Declarar la cesación de la eficacia de la Resolución de 12 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid los controles periódicos y después de reparación de los aparatos surtidores destinados al suministro de GLP para vehículos de automoción, al haberse producido la desaparición de los presupuestos fácticos que le servían de soporte.