Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
- Publicado en BOJA núm. 255 de 31 de Diciembre de 2010 y BOE núm. 23 de 27 de Enero de 2011
- Vigencia desde 01 de Enero de 2011. Esta revisión vigente desde 01 de Enero de 2013
Versiones/revisiones:
TÍTULO V
De las normas tributarias
Artículo 40 Tasas
Se eleva, para el año 2011, el importe de las tasas de cuantía fija de la Comunidad Autónoma de Andalucía hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 a la cuantía exigible para el año 2010.
Artículo 41 Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito en Andalucía
A los efectos de la aplicación del artículo sexto, apartado Siete, número 3, letra a de la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad, serán deducibles los importes de aquellos créditos y préstamos, así como de inversiones, destinados en el ejercicio a:
- a) Aumentar el saldo de crédito vivo, respecto al ejercicio anterior, destinado a la financiación de iniciativas empresariales de sociedades no financieras y autónomos en Andalucía, excepto las actividades inmobiliarias y proyectos de inversión residencial.
- b) La financiación de proyectos de colaboración público-privada realizados en Andalucía.
- c) La financiación de proyectos empresariales declarados a tal efecto por la Comisión Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía para Asuntos Económicos.