Ley 11/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Aut髇oma de Arag髇 para el a駉 2005.
Ficha:
- 觬gano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON
- Publicado en BOA n鷐. 153 de 31 de Diciembre de 2004 y BOE n鷐. 42 de 18 de Febrero de 2005
- Vigencia desde 01 de Enero de 2005
Versiones/revisiones:
09
TASA POR SERVICIOS FACULTATIVOS EN MATERIA DE ORDENACI覰 Y DEFENSA DE LAS INDUSTRIAS FORESTALES, AGRARIAS Y ALIMENTARIAS

(Texto Refundido de las tasas de la Comunidad Aut髇oma de Arag髇, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Arag髇)
TARIFAS
La cuant韆 de la tasa se determina por la aplicaci髇 de las siguientes tarifas:
-
1. Por instalaci髇 y otras modificaciones definidas en el hecho imponible:
- Tarifa 01. Resulta de aplicar la siguiente escala de gravamen:
Base de aplicaci髇 (Valor de la instalaci髇 o de sus modificaciones en euros) Hasta 100,00 9,10 De 100,01 a 200,00 16,65 De 200,01 a 400,00 24,85 De 400,01 a 1.000,00 36,20 De 1.000,01 a 2.000,00 45,20 De 2.000,01 a 5.000,00 59,35 De 5.001,00 a 10.000,00 78,45 Por cada 10.000,00 m醩 o fracci髇 hasta 100.000,00 37,75 De 100.000,00 hasta 300.000,00 cada 10.000,00 m醩 o fracci髇 25,30 Por encima de 300.000,00 por cada 10.000,00 o fracci髇 14,30
-
2. Por cambio de titularidad.
- Tarifa 02. Resulta de aplicar la siguiente escala de gravamen:
Base de aplicaci髇
(Valor de la instalaci髇)
euros
Adquirente
de pa韘es miembros
de la Uni髇 Europea.
Euros
Adquirente
de terceros pa韘es.
Euros
Hasta 3.000,00 10,90 16,50 De 3.000,01 a 6.000,00 13,80 20,15 De 6.000,01 a 9.000,00 18,00 26,10 De 9.000,01 a 12.000,00 21,90 30,25 Por cada 6.000,00 m醩 o fracci髇. 5,10 7,95
-
3. Por transformaci髇 y comercializaci髇 de industrias agroalimentarias.
- Tarifa 03. Expedici髇, de certificados relacionados con la transformaci髇 y comercializaci髇 agroalimentarias: 10,15 euros.
- Tarifa 04. Notificaci髇 de la puesta en marcha de industrias de temporada:
Base de aplicaci髇
(Valor de la instalaci髇 en euros)
Autorizaci髇
(euros)
Hasta 1.000,00 3,15 De 1.000,01 a 2.000,00 4,20 De 2.000,01 a 5.000,00 5,90 A partir de 5.000,01 6,45