Ley 14/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2000.
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON
- Publicado en BOA núm. 167 de 31 de Diciembre de 1999 y BOE núm. 23 de 27 de Enero de 2000
- Vigencia desde 01 de Enero de 2000.
Versiones/revisiones:
TITULO PRIMERO
De la aprobación y contenido de los Presupuestos
Artículo 1 Aprobación y contenido
Por la presente Ley se aprueban los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio económico del año 2000, integrados por:
- 1. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma, incluyéndose en el mismo los correspondientes a los organismos autónomos Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, Servicio Aragonés de la Salud, Instituto Aragonés de la Mujer e Instituto Aragonés de Empleo, en cuyo estado letra A de Gastos se conceden los créditos necesarios para atender al cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de trescientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco millones setecientas sesenta y dos mil quinientas trece pe- setas.
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2. Los créditos correspondientes a los Organismos autónomos señalados en el punto anterior son los siguientes:
- a) Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón: ocho mil ciento ochenta millones seiscientas cuatro mil novecientas cuarenta y dos pesetas.
- b) Servicio Aragonés de la Salud: trece mil trescientos treinta y dos millones ciento treinta y siete mil cuatrocientas veintidós pesetas.
- c) Instituto Aragonés de la Mujer: trescientos tres millones setecientas cuarenta y siete mil ochocientas cuarenta y dos pesetas.
- d) Instituto Aragonés de Empleo: veintitrés millones de pesetas.
- 3. El Presupuesto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de dieciocho mil novecientos diecinueve millones ochocientas cuarenta y cinco mil quinientas veintidós pesetas y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
- 4. El Presupuesto del Ente público Instituto Aragonés de Fomento, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de mil seiscientos sesenta y tres millones trescientas noventa y cuatro mil pesetas.
- 5. El Presupuesto del Ente público Instituto Tecnológico de Aragón, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de mil catorce millones de pesetas.
- 6. El Presupuesto del Ente público Junta de Saneamiento, cuyos estados de dotaciones y de recursos aparecen equilibrados por un importe de trescientos millones de pesetas.
- 7. Los Presupuestos de las Empresas de la Comunidad Autónoma a las que se refiere el artículo 7 de la Ley 4/1986, de 4 de junio, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se relacionan en anexo unido a la presente Ley. Se consignan los estados de recursos y dotaciones, con las correspondientes estimaciones de cobertura financiera y evaluación de necesidades para el ejercicio, tanto de explotación como de capital, así como los importes resultantes de sus respectivos estados financieros, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33c) de la referida Ley 4/1986.
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8. La financiación de los créditos a los que se refiere el punto 1 se efectúa con:
- a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en el estado letra B de Ingresos, estimados por un importe de trescientos diecisiete mil doscientos ochenta y dos millones seiscientas ochenta y ocho mil cuatrocientas ochenta y dos pesetas.
- b) El importe de las operaciones de endeudamiento recogidas por el artículo 33 de esta Ley.