Decreto 167/2004, de 20 de enero, por la que se aprueban las Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU
- Órgano DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACION Y SOCIEDAD DE LA INFORMACION
- Publicado en DOGC núm. 4066 de 09 de Febrero de 2004
- Vigencia desde 09 de Febrero de 2004. Revisión vigente desde 09 de Febrero de 2004
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único.
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO
-
Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU
- PREÁMBULO
- TÍTULO PRIMERO. Naturaleza y fines
- TÍTULO SEGUNDO. Estructura
-
TÍTULO TERCERO.
Órganos de gobierno y representación
-
CAPÍTULO 1.
El Patronato
- Artículo 13 Regulación
- Artículo 14 Funciones y facultades
- Artículo 15 Atribuciones privativas del Patronato
- Artículo 16 Los patronos
- Artículo 17 El presidente del Patronato
- Artículo 18 El vicepresidente del Patronato
- Artículo 19 El secretario del Patronato
- Artículo 20 La Junta del Patronato
- Artículo 21 El gran canciller de la Universidad
- CAPÍTULO 2. El gerente
-
CAPÍTULO 3.
Órganos académicos
- Artículo 24 Tipos de órganos académicos
-
SECCIÓN 1.
Órganos colegiados
- Artículo 25 El Claustro
- Artículo 26 Composición del Claustro
- Artículo 27 Convocatoria del Claustro
- Artículo 28 Competencias del Claustro
- Artículo 29 La Junta de Gobierno
- Artículo 30 Composición de la Junta de Gobierno
- Artículo 31 Competencias de la Junta de Gobierno
- Artículo 32 Comisión Permanente de la Junta de Gobierno
-
SECCIÓN 2.
Órganos unipersonales
- Artículo 33 El rector
- Artículo 34 Nombramiento y remoción
- Artículo 35 Competencias del rector
- Artículo 36 Los vicerrectores
- Artículo 37 El secretario general
- Artículo 38 Competencias del secretario general
- Artículo 39 Los decanos y directores de centros
- Artículo 40 Competencias de los decanos y directores de centros
- Artículo 41 Los vicedecanos y los subdirectores de centros
- Artículo 42 El director de departamento
- Artículo 43 Competencias de los directores de departamento
- Artículo 44 Los directores de los institutos universitarios de investigación
- Artículo 45 Cese de los órganos unipersonales
-
CAPÍTULO 1.
El Patronato
- TÍTULO CUARTO. Órganos asesores y del defensor universitario
- TÍTULO QUINTO. La comunidad universitaria
- TÍTULO SEXTO. Docencia, estudio e investigación
- TÍTULO SÉPTIMO. Servicios universitarios
- TÍTULO OCTAVO. Honores y distinciones
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
-
Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU
- Derogado por
Las universidades privadas, en virtud de su autonomía, elaboran y aprueban sus normas de organización y funcionamiento, y previo el control de su legalidad de acuerdo con lo que establece el artículo 103.2 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, dichas normas son aprobadas por el Gobierno de la Generalidad.
La Junta del Patronato de la Fundación privada Universitat Abat Oliba CEU, en la sesión celebrada los días 19 y 24 de julio de 2003, aprobó las Normas de organización y funcionamiento de dicha universidad y acordó su modificación en la sesión de 10 de octubre de 2003.
Por todo esto, una vez analizada la adecuación a la legalidad vigente del texto, a propuesta del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, y con el acuerdo previo del Gobierno,
DECRETO:
Artículo único
Se aprueban las Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Abat Oliba CEU, que figuran como anexo del presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
De conformidad con el artículo 6.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, las Normas de organización y funcionamiento entran en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.
Barcelona,
20 de enero de 2004
PASQUAL MARAGALL I MIRA
Presidente de la Generalidad de Cataluña
CARLES SOLÀ I FERRANDO
Consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información