Acuerdo 9/2004, de 22 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la estrategia regional para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Órgano CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
- Publicado en BOCL núm. 18 de 28 de Enero de 2004
- Vigencia desde 17 de Febrero de 2004.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
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ANEXO
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ESTRATEGIA REGIONAL PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
- INTRODUCCIÓN
- LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 1 Concienciación sobre las ventajas de la conciliación de la vida familiar y laboral
- LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 2. Promoción de centros y servicios que faciliten la conciliación
- LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 3 Organización del trabajo en las empresas
- LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 4 Medidas de carácter normativo y planificador
- LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 5 Conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito rural
- EVALUACIÓN DE LA ESTRATEGIA:
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ESTRATEGIA REGIONAL PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
Por Decreto 292/2001, de 20 de diciembre, se establecieron diversas Líneas de Apoyo a la Familia y a la Conciliación con la Vida Laboral en Castilla y León. Entre ellas se encontraban medidas de apoyo económico para fomentar el ejercicio por los padres y madres de la excedencia para el cuidado de hijos, para el desarrollo de la Red de Centros de Educación Infantil de titularidad de las Entidades Locales, para los gastos de las familias que llevaran a sus hijos a Escuelas Infantiles y Guarderías y para facilitar a las empresas la contratación de trabajadores en sustitución de quienes ejercitasen el derecho de excedencia para el cuidado de los hijos.
Con la nueva estructura que el Decreto 2/2003, de 3 de julio, ha efectuado en la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y a partir de la entrada en vigor del Decreto 78/2003, de 17 de julio, la Dirección General de Familia de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ostenta las competencias en materia de planificación, promoción, desarrollo y coordinación de iniciativas de apoyo a la familia, apareciendo entre las funciones de desarrollo de dichas competencias la relativa al impulso y coordinación de las medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral.
En este contexto, y con el fin de constituir un marco eficaz para promover en el ámbito de la Comunidad Autónoma la conciliación de la vida familiar y laboral, se ha optado por elaborar una Estrategia Regional para Facilitar la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral.
Los objetivos de la presente Estrategia Regional se establecen con una vigencia que se extiende hasta el año 2007, implicando la necesidad de realizar las actualizaciones derivadas de las correspondientes evaluaciones de sus resultados.
Por último, es necesario destacar el carácter programático de la Estrategia, en la que se establecen una serie de acciones encaminadas a la consecución de los objetivos que en la misma se fijan. De este modo, la Estrategia no tiene carácter normativo en ninguno de sus apartados, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, su aprobación debe hacerse mediante una resolución administrativa que adopte la forma de Acuerdo.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de enero de 2004 adopta el siguiente
ACUERDO:
Primero.- Aprobar la Estrategia Regional para Facilitar la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, cuyo texto se acompaña como Anexo.
Segundo.- Autorizar a la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades para dictar las normas y adoptar las resoluciones y medidas que fueran necesarias para el desarrollo y evaluación de la Estrategia.
ANEXO
ESTRATEGIA REGIONAL PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
INTRODUCCIÓN
El Estado Social debe tener en cuenta, cada vez más, las necesidades de las familias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Constitución, que no sólo se refiere a la promoción de la libertad e igualdad de los individuos, sino también de los grupos en que éstos se integran, siendo uno de los más importantes, sin duda, la familia.
La función social de la familia se refleja en la importancia de los cuidados que la misma realiza sobre sus miembros más desprotegidos: la infancia, los mayores y las personas con discapacidad, de forma esencial.
Por otra parte, del seno de las familias surge la aportación a la sociedad de los individuos que la conforman. Los miembros de las familias aportan su iniciativa empresarial, su trabajo dependiente o autónomo, que permite la evolución social y el crecimiento equitativo de la riqueza.
Además, otro de los elementos esenciales que aportan las familias es el relevo generacional, el hecho del nacimiento de nuevos miembros que aportan futuro a las familias y a la sociedad en que se integran. Actualmente, los últimos estudios sociales demuestran que la mayoría de las familias quisieran tener más hijos de los que tienen, pero determinados condicionantes sociales, económicos o de la más diversa índole dificultan la materialización de la decisión.
A la vista de los tres condicionantes anteriores, parece oportuno definir una serie de medidas a adoptar desde el Gobierno de la Comunidad Autónoma y con la participación de otras Administraciones Públicas y los agentes sociales, que busquen concitar los tres intereses; promover una Estrategia que permita compaginar el objetivo del pleno empleo junto con la decisión, desde la libertad y responsabilidad de las familias, de incrementar sus miembros a través del nacimiento o adopción, o de atender a sus componentes más necesitados y dependientes.
Una Estrategia que procure acciones positivas y pueda ser al mismo tiempo generadora de empleo, a través de servicios seguros, fiables y profesionales. Una política social que facilite el empleo de calidad en Castilla y León.
En la actualidad se están produciendo en toda Europa importantes cambios en los modelos de familias. Estas vienen reduciendo cada vez más su tamaño al tiempo que los hombres no son ya la única fuente de ingresos para las mismas.
El Consejo de la Unión Europea, en reunión celebrada el día 29 de junio de 2000, aprobó una Resolución en la que instaba a los Estados miembros a elaborar Estrategias globales e integradas encaminadas a fomentar la participación equilibrada de hombres y mujeres en la actividad laboral y en la vida familiar.
Por su parte, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea proclamada en Niza a finales del año 2000, garantizó la protección de la familia en los planos jurídico, económico y social, estableciendo diversas medidas con el fin de conciliar la vida familiar y profesional.
El acervo comunitario relativo a la conciliación es numeroso y de gran importancia, habiéndose producido hasta la fecha en gran medida en el ámbito de las Directivas adoptadas en materia de Igualdad de Oportunidades. Ya en el año 1992 el Consejo aprobó una Recomendación por la que solicitaba a los Estados miembros que adoptaran o fomentaran de manera progresiva iniciativas que permitieran a las mujeres y a los hombres conciliar sus responsabilidades profesionales, familiares y de índole educativa, derivadas del cuidado de los hijos. En este sentido se planteaban medidas relativas a la creación de servicios de atención a la infancia, al trabajo y al reparto de responsabilidades. Seis años después la Comisión de la Unión Europea elaboró un informe relativo a la aplicación de la Recomendación del Consejo de 31 de marzo de 1992. En dicho informe se señalaba la conveniencia de incrementar los servicios de cuidado de los niños muy pequeños (de 0 a 3 años) y de los niños con necesidades especiales. Asimismo se destacaba el papel de las empresas e interlocutores sociales en la elaboración de políticas favorables a la vida familiar. Respecto al reparto de responsabilidades, se reconocía la necesidad de realizar campañas que animasen a los padres a utilizar las posibilidades que se les ofrecían en materia de cuidado de niños.
Recientemente ha sido aprobada la Directiva del Consejo 2002/73, de 23 de septiembre, que modifica la número 76/207 para incorporar nuevos mandatos a los Estados con vistas a hacer más efectiva la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Como puede observarse, las propuestas de conciliación en el ámbito de la Unión Europea son bastante recientes y más amplias que las que inicialmente han derivado de los aspectos de Igualdad de Oportunidades promovidos por el Derecho Comunitario Originario.
Fomentar las políticas de conciliación en el momento actual no sólo supone una necesidad exigida por la situación presente, sino también una gran oportunidad de aprovechar los cambios que se van generando como consecuencia, entre otros, de los resultados obtenidos por las políticas de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. Como se señala en el cuarto Considerando de la Resolución del Consejo de 29 de junio de 2000, la participación equilibrada de mujeres y hombres tanto en el mercado de trabajo como en la vida familiar, que supone una ventaja tanto para los hombres como para las mujeres, constituye un elemento indispensable para el desarrollo de la sociedad.
Antes de continuar con los aspectos relativos a la conciliación en España y Castilla y León, interesa dejar constancia expresa de la existencia de otros instrumentos y compromisos internacionales encaminados a conjugar la actividad profesional y la vida familiar, en particular en el marco de Naciones Unidas, y la Organización Internacional del Trabajo. Así observamos que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 estableció un mandato a los Estados Partes para que adoptasen las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio. Por otra parte, la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 señalaba que los Estados Partes reconocían que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer era necesario modificar el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia. Mencionar en último lugar el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, que insta a cada Estado miembro a incluir entre los objetivos de su política nacional el de permitir que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales.
Si ha existido una época y un país en el que se hayan producido en las dos últimas décadas mayores cambios sociales en relación con los aspectos relativos a la vida familiar y laboral, indudablemente podemos pensar en España. El ideal de familia igualitaria en la que los dos miembros de la pareja trabajan y comparten tareas domésticas es actualmente mayoritario.
En la Exposición de Motivos de la Ley 39/1999, de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, se señalaba cómo la incorporación de la mujer al trabajo ha motivado uno de los cambios sociales más profundos del siglo XX, exigiendo la configuración de un sistema que contemple las nuevas relaciones sociales surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada. Todo ello plantea una compleja problemática que debe abordarse no sólo con importantes reformas legislativas, sino con la necesidad de promover adicionalmente recursos y servicios de atención a las personas en un marco más amplio de política de familia.
Es importante recordar también el sacrificado papel que han desempeñado tradicionalmente las mujeres en las labores de cuidado de las personas dependientes, tanto mayores como niños y personas con discapacidad o enfermedad, aspecto éste no siempre debidamente reconocido en su justa medida.
Igual que señalábamos anteriormente respecto a la Unión Europea, en España las políticas de conciliación de la vida familiar y laboral se han debatido principalmente hasta ahora en el marco de las relativas a la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
Con la aprobación en España del Plan Integral de Apoyo a la Familia 2001-2004, se introducen las políticas de conciliación dentro de aquéllas otras dedicadas a la familia, propiciando la vertebración de la conciliación sobre todos los integrantes de la familia y no sólo sobre las mujeres. En este Plan Integral se configura la conciliación de la vida familiar y laboral como tercera Línea estratégica. En la misma aparecen importantes medidas dirigidas al ámbito normativo, al presupuestario, a las empresas y agentes sociales, a los centros y servicios de atención a la primera infancia y a la educación infantil y a los centros y servicios de atención a las personas mayores y discapacitadas dependientes.
En Castilla y León, al igual que en España y en la Unión Europea, las políticas de conciliación también han surgido de forma paralela a las de Igualdad de Oportunidades hasta la aprobación del Decreto 292/2001, de 20 de diciembre, por el que se establecen Líneas de Apoyo a la Familia y a la Conciliación con la Vida Laboral.
Desde la aprobación del Decreto 53/1994, de 3 de marzo, por el que se aprobó el I Plan de Igualdad de Oportunidades para la Mujer en Castilla y León, hasta el último Plan Integral de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres aprobado por Decreto 203/2001, de 26 de julio, actualmente en vigor, la conciliación de la vida familiar y laboral ha formado un área estratégica de la política de la Comunidad en materia de Igualdad de Oportunidades.
El Plan de Desarrollo Regional de Castilla y León 2000-2006, en el cuarto Eje de Intervención relativo a los «Recursos humanos, formación, empleo e igualdad de oportunidades», comprende medidas específicas de igualdad al objeto de favorecer la compatibilidad entre la vida familiar y laboral, entre las cuales destacan por su importancia las referidas a la conciliación de las personas.
Al amparo del Decreto 292/2001, la Junta de Castilla y León estableció medidas de apoyo económico para fomentar el ejercicio por los padres y madres de la excedencia para el cuidado de hijos, para el desarrollo de la Red de Centros de Educación Infantil de titularidad de las Entidades Locales y para los gastos de las familias que llevaran a sus hijos a Escuelas infantiles y Guarderías. Asimismo se facilitaba a las empresas la contratación de trabajadores en sustitución de quienes ejercitasen el derecho de excedencia para el cuidado de los hijos.
Por Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León de Reestructuración de Consejerías, se procedió a la creación de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. En el seno de la misma se estableció como Centro directivo una nueva Dirección General de Familia, atribuyéndole las competencias en materia de planificación, promoción, desarrollo y coordinación de iniciativas de apoyo a la familia. Entre las funciones de desarrollo de dichas competencias aparece la relativa al impulso y coordinación de las medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral.
En este contexto es en el que se elabora la presente Estrategia, en la que aparecen las siguientes Líneas estratégicas de actuación:
- - Concienciación sobre las ventajas de la conciliación de la vida familiar y laboral.
- - Promoción de centros y servicios que faciliten la conciliación.
- - Organización del trabajo en las empresas.
- - Medidas de carácter normativo y planificador.
- - Conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito rural.
Cada Línea se estructura en un Objetivo general y diversos Objetivos específicos, los cuales a su vez comprenden las distintas acciones a realizar para la consecución de los mismos. El ámbito temporal que se establece para la Estrategia es el período 2004-2007.
Los Objetivos que aparecen en la Estrategia están orientados al apoyo a las familias para los aspectos relativos a la conciliación de la vida familiar y laboral, los cuales se integrarán en el futuro Plan Integral de Apoyo a las Familias junto a todos aquellos aspectos de refuerzo a las mismas que no supongan estrictamente un apoyo a la conciliación.
Se ha situado en primer lugar un Objetivo general de concienciación, por entenderlo como presupuesto necesario del resto de la Estrategia. Es más fácil impulsar medidas concretas de conciliación si todos los miembros de las familias y los distintos agentes sociales perciben claramente las ventajas que tiene para todas las personas la participación equilibrada de mujeres y hombres tanto en el mercado de trabajo como en la vida familiar. Los aspectos clave para este Objetivo se manifiestan especialmente en el ámbito educativo, formativo e informativo.
Como segundo Objetivo general se plantea el que corresponde a la promoción de los Centros y Servicios que faciliten la conciliación. Es por ello que la Línea estratégica se divide en dos Áreas, una para los Centros y otra específica para los Servicios. A su vez, en ambas Áreas aparecen los tres sectores poblacionales en los que se manifiestan con especial intensidad las necesidades de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral: la infancia, las personas mayores y las personas con discapacidad.
Como es sobradamente conocido por los teóricos de los ciclos familiares, suelen coincidir en el tiempo las edades en las que los cabezas de familia tienen mayores obligaciones laborales con aquéllas en las que los niños son más pequeños y empiezan a surgir problemas de dependencia respecto de los ascendientes. Tampoco la Estrategia olvida las circunstancias especiales en las que pueden encontrarse determinados tipos de unidades familiares en las que, por existir un único cabeza de familia o por existir unas circunstancias sociales determinadas, las necesidades de apoyo externo a la familia para conseguir una adecuada conciliación son especialmente intensas.
El tercer Objetivo general se centra en las medidas para la conciliación de carácter laboral. Es este el ámbito en el que con mayor fuerza se ha producido una regulación jurídica por parte de los distintos poderes públicos. Se trata por ello de seguir profundizando en estos aspectos teniendo en cuenta el relevante papel a jugar por los agentes sindicales y empresariales. También se considera de especial interés en este caso que las distintas Administraciones públicas de la Comunidad y en especial la dependiente de la Junta de Castilla y León, sirvan de ejemplo a la Sociedad civil en cuanto a los requerimientos que se hagan a sí mismas para conciliar la vida laboral y familiar de sus trabajadoras y trabajadores.
En cuarto lugar se plantea un Objetivo general dirigido a las tareas de elaboración normativa y planificación. Como se comentó en una parte anterior de la Introducción, en la Comunidad Autónoma, al igual que ha ocurrido en los ámbitos internacional, europeo y estatal, se han realizado grandes avances programáticos en los instrumentos jurídicos y planificadores desde la perspectiva de la igualdad por razón de género. Por ello nos encontramos con esta Estrategia en un momento histórico de inflexión en el que se debe empezar a considerar la conciliación como algo propio de todas las personas, y no exclusivo de las mujeres.
El último Objetivo general afecta a la conciliación de la vida familiar y laboral en el medio rural. En Castilla y León, el espacio rural supone el 80% del territorio de la Comunidad, y en él reside y desempeña su actividad más del 50% de la población. Esta importancia cuantitativa y las peculiaridades de la vida en los núcleos rurales de población, justifican por sí solas la inclusión de una Línea estratégica específica para fomentar la conciliación. Se trata de poner en marcha iniciativas de conciliación adaptadas a las circunstancias específicas del medio rural, lo que redundará en una mayor calidad de vida de la población y con ello, en un mejor asentamiento de la misma.
Por último, esta Estrategia de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral pretende ser un instrumento vivo de política social. Aunque su período de aplicación aparece definido para los próximos cuatro años, se establecen evaluaciones periódicas de la misma, que permitan introducir nuevas acciones o actualizar las incluidas en pro de la consecución de su objetivo. De modo especial hay que resaltar la revisión que pueda operarse con motivo de las conclusiones que el grupo de expertos, que trabajan a través de la oportuna Comisión no permanente de las Cortes de Castilla y León, puedan adoptar en materia de población, de modo que queden recogidas en esta Estrategia.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 1 Concienciación sobre las ventajas de la conciliación de la vida familiar y laboral
Objetivo General.
Generar nuevos comportamientos, actitudes, normas y valores sociales mediante la educación, la formación, los medios de comunicación, la cooperación, la investigación y la información. El cambio de mentalidad se orienta a la percepción de las ventajas para todas las personas de la participación equilibrada de mujeres y hombres tanto en el mercado de trabajo como en la vida familiar. Se trata de un elemento indispensable para el desarrollo de los miembros de las familias y de la sociedad.
El artículo 6 del Convenio número 156 de la Organización Internacional del Trabajo de 1981 establece que las autoridades y organismos competentes de cada país deberán adoptar medidas apropiadas para promover mediante la información y la educación una mejor comprensión por parte del público del principio de la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras y acerca de los problemas de los trabajadores con responsabilidades familiares, así como una corriente de opinión favorable a la solución de estos problemas.
La Disposición Adicional Cuarta de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras ya establecía el mandato de realización por el Gobierno, de acuerdo con los agentes sociales, de campañas de sensibilización pública al objeto de conseguir que los hombres asumiesen una parte igual de las responsabilidades familiares, y de manera especial se acogiesen en mayor medida a las nuevas posibilidades de la Ley para compartir el permiso parental.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Educación y formación.
El futuro se construye con lo que hacemos en el presente, desempeñando la educación en todas sus facetas un papel fundamental en la transformación de la sociedad. En España la normativa educativa incorporaba desde hace tiempo el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de sexo en su ámbito de actuación.
A pesar de los avances registrados en el sistema educativo y en la percepción social respecto al cambio de roles y estereotipos en materia de género, es preciso continuar el esfuerzo en coeducación para erradicar definitivamente las prácticas sociales que presuponen el trabajo no remunerado relacionado con los cuidados de la familia como responsabilidad principal de las mujeres y el trabajo remunerado inherente a la vida económica como responsabilidad principal de los hombres. Si partimos de la importante labor, tanto del profesorado como de las madres y padres en el proceso educativo y en la evolución de mentalidades de niñas y niños, la formación continuada de educadores y progenitores en materia de conciliación puede suponer un gran avance.
Acciones:
- 1.- Promover la realización y difusión de material didáctico sobre conciliación en los Centros de enseñanza, Asociaciones de madres y padres de alumnos y otras similares.
- 2.- Impulsar la realización de programas para la sensibilización y formación sobre la conciliación de los miembros de la Comunidad educativa.
- 3.- Realizar campañas de sensibilización para hacer progresar las mentalidades en relación con la conciliación, tanto en el conjunto de la población como en los grupos específicos.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa.
- - Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa.
- - Dirección General de Universidades e Investigación.
- - Dirección General de Juventud.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Medios de comunicación.
La Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea de 5 de octubre de 1995, sobre el tratamiento de la imagen de las mujeres y de los hombres en la publicidad y en los medios de comunicación, invitaba a los Estados a fomentar una imagen diversificada y realista de las posibilidades y aptitudes de las mujeres y los hombres en la sociedad.
Los Medios de Comunicación son, junto a la Familia y la Escuela, uno de los principales agentes socializadores y como tales conforman parte de nuestra percepción de la realidad, proponen pautas de comportamiento y modelos de referencia para toda la Comunidad y tienen incidencia en las formas de conducta social.
La finalidad de este objetivo es realizar actuaciones en el ámbito de la información y comunicación social para que las imágenes y contenidos reflejen los distintos roles que las mujeres y hombres pueden desempeñar de manera cooperativa y corresponsable.
Acciones:
- 1.- Impulsar la realización de programas y materiales sobre la conciliación para los profesionales de los Medios de comunicación.
- 2.- Promover que las Agencias publicitarias y Medios de comunicación realicen actuaciones dirigidas a transmitir las ventajas de la conciliación.
- 3.- Realizar campañas de sensibilización a la población castellano leonesa para el reparto de tareas domésticas y el cuidado compartido de las personas dependientes.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
OBJETIVO ESPECÍFICO 3.- Organizaciones y empresas.
La Administración Regional, además de hacer un esfuerzo para servir ante otras Entidades de modelo de conciliación de la vida familiar y laboral, debe colaborar y coordinarse con otras Organizaciones que trabajen en idéntica dirección. En este último aspecto cobra una especial relevancia el papel de las empresas, en colaboración con las centrales sindicales, para introducir y aplicar prácticas de gestión que tengan en cuenta la vida familiar de las trabajadoras y trabajadores. Se trata de incentivar la adopción de planes o programas específicos que incluyan medidas de acción positiva en materia de conciliación.
El Convenio número 156 de 1981 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre trabajadores con responsabilidades familiares, establece que las organizaciones de empleadores y trabajadores tendrán el derecho de participar, según modalidades adecuadas a las condiciones y a la práctica nacionales, en la elaboración y aplicación de las medidas adoptadas para dar efecto a las disposiciones del mismo.
La Directiva del Consejo de 23 de septiembre de 2002 por la que se modifica otra anterior relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato en el ámbito laboral, establece que los Estados miembros deben adoptar las medidas adecuadas para fomentar el diálogo entre los interlocutores sociales, a fin de promover la igualdad de trato mediante, entre otros, el seguimiento de las prácticas desarrolladas en el lugar de trabajo, los convenios colectivos, los códigos de conducta, la investigación o el intercambio de experiencias y buenas prácticas.
Acciones:
- 1.- Desarrollar programas de cooperación con Administraciones públicas, Empresas, Sindicatos y otras Entidades para promover la conciliación.
- 2.- Crear un «Certificado» de Empresa familiarmente responsable, que suponga una marca identificativa y un reconocimiento público del esfuerzo realizado para la conciliación, y divulgarlo a través de campañas de publicidad.
- 3.- Promover las políticas de conciliación en la Junta de Castilla y León a través de la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de Oportunidades.
- 4.- Adoptar medidas concretas en el seno de la Administración de la Comunidad como modelo que sirva de ejemplo para otras Organizaciones y Empresas.
- 5.- Realizar difusión de las buenas prácticas en conciliación de la vida familiar y laboral.
- 6.- Apoyar el desarrollo de la profesión de Agente de Igualdad de Oportunidades.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Economía Social.
OBJETIVO ESPECÍFICO 4.- Estudios e investigaciones.
Investigar la situación del reparto de responsabilidades familiares y sobre las necesidades y servicios existentes para la atención a las personas dependientes en una sociedad cambiante como la nuestra, es una garantía para la búsqueda de las políticas de conciliación más adecuadas a nuestro tiempo. En idéntico sentido es necesario continuar realizando estudios sobre la participación de las mujeres y de los hombres en el mercado de trabajo, así como la utilización por los mismos de los distintos instrumentos jurídicos existentes para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. Con todo ello se impulsará también el uso de los necesarios sistemas de información a los que se alude en el siguiente Objetivo específico.
Acciones:
- 1.- Realizar y promover trabajos de investigación sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.
- 2.- Realizar y promover estudios en la Comunidad de Castilla y León sobre el desempeño dentro de los hogares de las responsabilidades familiares (cuidado de menores y personas dependientes y tareas domésticas, entre otras).
- 3.- Incentivar las investigaciones sobre el uso del tiempo en las familias, y los obstáculos individuales, familiares y sociales para hacer efectiva la conciliación en Castilla y León.
- 4.- Propiciar foros de intercambio de experiencia que aporten ideas y modelos de buenas prácticas para hacer efectiva la conciliación de la vida familiar y laboral.
- 5.- Realizar estudios sobre los servicios creados de cuidados a personas dependientes y su adecuación a las necesidades existentes en Castilla y León.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Familia.
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
- - Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
OBJETIVO ESPECÍFICO 5.- Sistemas de información.
Elaborar herramientas que ayuden a concienciar a los distintos agentes sociales para facilitar los cambios que respondan a nuevos modelos de cooperación y solidaridad activa entre las personas. En este sentido adquiere especial relevancia la posibilidad de divulgación de las buenas prácticas que se van produciendo en materia de conciliación de la vida familiar y laboral. Asimismo se debe destacar la conveniencia de promover los indicadores precisos que reflejen el seguimiento de los avances en esta dirección. La Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en Beijing en 1995 ya exigió en uno de sus objetivos estratégicos la necesidad de elaborar y difundir datos desagregados por sexos, así como información destinada a la planificación y la evaluación. Por su parte, el Consejo Europeo celebrado en noviembre de 2000, aprobó la aplicación de nueve nuevos indicadores para el seguimiento de los avances hacia el objetivo de conciliación de la vida familiar y laboral fijado en el V Programa Europeo de Igualdad de Oportunidades.
Acciones:
- 1.- Informar en la Página WEB de la Junta de Castilla y León sobre todos los aspectos relativos a la conciliación de la vida familiar y laboral.
- 2.- Elaborar materiales informativos sobre las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral para mujeres y hombres que se han puesto en marcha por las distintas Administraciones, y asegurar su difusión entre Sindicatos, Organizaciones empresariales, Colectivos profesionales, Asociaciones y demás agentes sociales.
- 3.- Colaborar con los distintos Centros de documentación en la información y orientación sobre las políticas internacionales, europeas, estatales, autonómicas y locales en materia de conciliación.
- 4.- Promover el uso de indicadores que permitan conocer mejor la situación en la Comunidad Autónoma de la conciliación de la vida familiar y laboral.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Estadística.
- - Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa.
LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 2. Promoción de centros y servicios que faciliten la conciliación
Objetivo General.
Para hacer realidad la conciliación de la vida familiar y laboral y el reparto igualitario de las responsabilidades familiares, no sólo basta que las personas estemos concienciadas para ello sino que han de existir recursos que apoyen a las familias para cubrir determinadas situaciones derivadas de la atención a la infancia y a las personas dependientes. Se trata de realizar un conjunto de medidas muy variadas que tienen en común la aportación externa de recursos en forma de servicios de proximidad. Con las acciones para la consecución de este Objetivo la Junta de Castilla y León logrará de forma simultánea fomentar sus políticas de pleno empleo, y creará las condiciones propicias para que las familias puedan de forma libre elegir la dimensión de la misma.
El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo número 156 de 1981, sobre trabajadores con responsabilidades familiares, prevé entre otras medidas a realizar por los distintos Estados la de desarrollar o promover servicios comunitarios, públicos o privados, tales como los servicios y medios de asistencia a la infancia y de asistencia familiar.
El Objetivo general se divide en dos Áreas: la primera relativa a los Centros o Establecimientos que sirven a la conciliación -ya sean para niños, personas mayores o con discapacidad-, y la segunda para el resto de recursos complementarios de apoyo a la familia.
ÁREA 1. Centros.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Centros infantiles.
Incrementar una oferta variada y de calidad de diferentes tipos de Centros, en colaboración con otras Entidades, especialmente Administraciones locales. Con ello se facilitará, al igual que para el resto de los Objetivos específicos de esta Línea, que las familias puedan tener los hijos que deseen sin renunciar al mundo laboral y a la promoción profesional.
En el claro compromiso de la Junta de Castilla y León con la conciliación de la vida familiar y laboral, y dada la importancia que tiene como empleador la Administración de la Comunidad Autónoma, se desarrollarán este tipo de medidas en relación con el personal que presta sus servicios en ella.
La Recomendación del Consejo de 31 de marzo de 1992 sobre el cuidado de los hijos, alienta a las autoridades nacionales, regionales y locales, a los interlocutores sociales, a los restantes organismos competentes y a los particulares, con arreglo a sus respectivas responsabilidades, a que contribuyan financieramente a la creación o al funcionamiento de servicios de atención a la infancia coherentes y a precios asequibles.
Acciones:
- 1.- Desarrollar una moderna Red de Centros infantiles para niñas y niños de 0 a 3 años.
- 2.- Colaborar en el mantenimiento de la Red de Centros infantiles.
- 3.- Fomentar el establecimiento de Centros infantiles cercanos a los parques y polígonos industriales y grandes empresas.
- 4.- Colaborar en la creación de Centros infantiles de características especiales respecto de su horario, colectivos a atender o ubicaciones físicas específicas.
- 5.- Estudiar la creación e impulsar recursos para niños con enfermedades leves, en colaboración con las Administraciones locales, Entidades privadas y Organizaciones no gubernamentales.
- 6.- Continuar la ejecución del Plan de Modernización de Infraestructuras y Equipamientos Educativos.
- 7.- Poner en marcha un Registro público regional de todos los Centros infantiles para la conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León.
- 8.- Establecer bajo criterios de calidad, seguridad y eficiencia, los requisitos esenciales de los Centros infantiles de Castilla y León.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento de la Consejería de Educación.
- - Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa.
- - Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Centros para personas mayores.
Para la Junta de Castilla y León es importante conseguir que las personas mayores que lo deseen puedan permanecer en su entorno familiar el mayor tiempo posible, facilitando a tal efecto los recursos y servicios necesarios (Área 2 de la Línea estratégica n.º 2). Como complemento necesario de lo anterior y con el fin de apoyar a los cuidadores familiares de las personas mayores, se establecerá una adecuada Red de Centros residenciales para la tercera edad que permita facilitar las estancias diurnas y temporales.
Acciones:
- 1.- Potenciar los Centros de día.
- 2.- Incrementar las Estancias diurnas.
- 3.- Promover Centros de día que cubran las necesidades de los enfermos de Alzheimer en todos los Municipios de más de 20.000 habitantes.
- 4.- Apoyar la construcción de nuevos Centros residenciales en las zonas que precisen incrementar su índice de cobertura.
- 5.- Iniciar un programa dirigido a ampliar el horario de atención en las Unidades de Estancias Diurnas.
- 6.- Potenciar las Estancias temporales.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
OBJETIVO ESPECÍFICO 3.- Centros para las personas con discapacidad.
De forma similar a lo señalado para el anterior Objetivo específico, se destaca la importancia tanto de los apoyos a la familia (Área 2 de la Línea estratégica n.º 2), como de la creación de Centros de diverso tipo para las personas con discapacidad. Todo ello teniendo en cuenta las distintas discapacidades que se pueden presentar, bien sean de carácter físico, psíquico o sensorial.
La Junta de Castilla y León va a aprobar en la presente legislatura un Proyecto de Ley de Derechos y Deberes de las personas con discapacidad, con el que se establecerá un marco jurídico apropiado para otorgar a este colectivo la atención integral que necesita.
Acciones:
- 1.- Potenciar los Centros de día.
- 2.- Incrementar las Estancias temporales.
- 3.- Promover, en coordinación con los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales, la creación de nuevos Centros ocupacionales.
- 4.- Dotar recursos de alojamiento comunitario, convivencia e integración laboral dirigidos a las personas con enfermedad mental.
- 5.- Mejorar la accesibilidad de los Centros residenciales y de los Centros de día.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
ÁREA 2. Servicios.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Servicios para la atención a la infancia.
De forma complementaria a los Centros, existen otros servicios de apoyo a las familias con niños pequeños que fomentan la conciliación de la vida laboral y familiar. Mediante la potenciación de los mismos se coadyuvará también en la consecución de nuevos empleos y en el incremento de la natalidad, objetivos ambos prioritarios para la Junta de Castilla y León.
Acciones:
- 1.- Consolidar las ayudas económicas a las familias para financiar los gastos de asistencia de los niños a los Centros infantiles.
- 2.- Consolidar las ayudas económicas a las familias para atender a los menores a su cargo con graves deficiencias.
- 3.- Extender los servicios de atención a la infancia en los períodos escolares no lectivos.
- 4.- Proporcionar soluciones adecuadas para ajustar los horarios de trabajo y escolares (apertura de bibliotecas en centros escolares, aulas de estudio vigiladas, etc).
- 5.- Aplicar el programa «Pequeños madrugadores» en los Centros infantiles.
- 6.- Continuar y ampliar el programa «Madrugadores» en los Centros educativos, con la posibilidad de ampliar las franjas horarias de servicio en función de las necesidades de cada zona.
- 7.- Potenciar las actividades extraescolares en horario de tarde en los Centros que tengan jornada continuada.
- 8.- Promover la intervención del voluntariado en la atención a la infancia.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de Formación Profesional e Innovación Educativa.
- - Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa.
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Servicios para la atención de las personas mayores.
Facilitar la autonomía de las personas mayores que viven en su entorno familiar y apoyar a los cuidadores familiares de las mismas. Como ya se ha comentado anteriormente, la Junta de Castilla y León considera preferentes las medidas que permitan a las personas mayores la permanencia en el hogar recibiendo los cuidados necesarios, por estar demostrado que es la mejor opción para ellas.
Acciones:
- 1.- Incrementar la cobertura del Servicio de ayuda a domicilio.
- 2.- Aumentar los beneficiarios del Servicio de teleasistencia.
- 3.- Reforzar las ayudas dirigidas a facilitar la accesibilidad y autonomía en el domicilio.
- 4.- Potenciar los programas dirigidos a las familias con enfermos de Alzheimer.
- 5.- Desarrollar los cuidados domiciliarios a la dependencia.
- 6.- Apoyar a las familias con personas mayores dependientes.
- 7.- Promover la intervención del voluntariado como actuación complementaria en la atención a las personas mayores.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
- - Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
OBJETIVO ESPECÍFICO 3.- Servicios para la atención de las personas con discapacidad.
Facilitar la autonomía de las personas con discapacidad, así como ayudar a las personas responsables de las mismas en la esfera familiar.
Acciones:
- 1.- Incrementar la cobertura del Servicio de ayuda a domicilio.
- 2.- Aumentar los beneficiarios del Servicio de teleasistencia.
- 3.- Ampliar los servicios de atención domiciliaria.
- 4.- Potenciar los servicios de respiro familiar.
- 5.- Potenciar los servicios de transporte adaptado.
- 6.- Potenciar las tarjetas de estacionamiento para las personas con movilidad reducida.
- 7.- Apoyar a las autoescuelas para la adquisición de coches adaptados en los ámbitos en los que surja la necesidad.
- 8.- Promover la intervención del voluntariado en la atención a las personas con discapacidad.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
- - Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 3 Organización del trabajo en las empresas
Objetivo General.
Uno de los pilares de mayor trascendencia a la hora de abordar la conciliación de la vida familiar y profesional de trabajadoras y trabajadores es el relativo a las medidas de carácter laboral, aspecto en el que las empresas tienen un destacado papel. Es un hecho que la mayoría de las disposiciones normativas nacionales e internacionales sobre conciliación se han aprobado para regular este tipo de cuestiones. A todas ellas se refiere la Línea estratégica n.º 3, a través de cuyos Objetivos específicos y acciones se pretende lograr la conciliación en aquellas materias en que la Comunidad Autónoma ostenta competencias de carácter normativo y ejecutivo.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Medidas para los trabajadores con responsabilidades familiares.
Para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral se deben promover los instrumentos precisos del mercado de trabajo que incentiven a los empresarios en políticas de apoyo a la familia y permitan a los trabajadores sentirse próximos a sus empresas.
Acciones:
- 1.- Apoyar la excedencia en el puesto de trabajo para el cuidado de un recién nacido o adoptado.
- 2.- Promover la reducción de la jornada de trabajo para la conciliación de la vida familiar y profesional.
- 3.- Promover los contratos a tiempo parcial con el fin de fomentar la conciliación de la vida familiar y profesional.
- 4.- Promover la flexibilización de la jornada laboral y las fórmulas novedosas que permitan el trabajo en casa, como por ejemplo el teletrabajo.
- 5.- Promover para los empleados públicos de la Junta de Castilla y León la ampliación del período de reserva del puesto de trabajo para el cuidado de hijo.
- 6.- Impulsar que la medida anterior sea adoptada por el resto de Administraciones públicas de la Comunidad.
- 7.- Consolidar las subvenciones a los permisos de paternidad en los casos de nacimiento y adopción.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de la Función Pública.
- - Dirección General de Economía Social.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Actuaciones de conciliación en las empresas.
Como aspectos complementarios a los del Objetivo específico anterior, se trata aquí de promover que las empresas favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral. Asimismo y teniendo en cuenta la importancia de la negociación colectiva para la mejora de las condiciones de trabajo, se prevé la realización de actuaciones dirigidas a facilitar la inclusión de cláusulas de conciliación en los Convenios colectivos.
Acciones:
- 1.- Promover que las empresas dispongan de programas y actuaciones en materia de conciliación.
- 2.- Promover que las empresas amplíen el período de reserva del puesto de trabajo de la persona que decide cuidar a su hijo.
- 3.- Fomentar la inclusión en los Convenios colectivos de actuaciones y medidas que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral.
- 4.- Otorgar el Certificado de empresa familiarmente responsable a aquéllas que realicen actuaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.
LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 4 Medidas de carácter normativo y planificador
Objetivo General.
Las actuaciones en materia de conciliación deben estar regidas por el principio de transversalidad, lo cual debe tener un reflejo muy importante en las tareas de elaboración normativa y planificación. Creando un marco de ordenación estable se garantizará la coherencia y continuidad de los recursos en todas las acciones que se lleven a cabo. Todo ello en el contexto internacional y nacional de normas y planes que contienen aspectos relativos a la conciliación de la vida familiar y laboral.
La Directiva del Consejo de 23 de septiembre de 2002 recoge el mandato a los Estados miembros de aplicar el principio de transversalidad en el momento de elaborar y aplicar la legislación, las políticas y las actividades.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Medidas de carácter normativo.
Elaborar normas jurídicas que establezcan marcos estables en los que puedan desarrollarse las políticas de conciliación de la vida familiar y laboral, marcando las pautas o criterios generales a los que la sociedad debe ir ajustándose.
Acciones:
- 1.- Consolidar la deducción por cuidado de hijos de tres o menos años de edad.
- 2.- Estudiar la implantación de nuevos apoyos fiscales para el acogimiento y cuidado de personas mayores y dependientes en las familias.
- 3.- Contemplar la perspectiva de la conciliación en la elaboración del Proyecto de Ley de Ordenación Sociosanitaria y atención a las Dependencias.
- 4.- Desarrollar reglamentariamente la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León.
- 5.- Aprobar la normativa que regule los requisitos esenciales de los Centros dirigidos a los niños de 0 a 3 años, de conformidad con la regulación básica estatal.
- 6.- Incluir medidas de conciliación de la vida familiar y laboral en la elaboración de la normativa de Función Pública de Castilla y León.
- 7.- Incluir medidas de conciliación en el Proyecto de Ley de Familias Numerosas.
- 8.- Incluir medidas de conciliación en el Proyecto de Ley sobre Derechos y Deberes de las personas con discapacidad.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de Tributos y Política Financiera
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Planificación y Ordenación de la Consejería de Sanidad.
- - Dirección General de Función Pública.
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Desarrollo y ejecución de Planes.
Elaborar Planes que creen un marco de actuación que permita potenciar donde sean precisas las políticas de conciliación, así como desarrollar y ejecutar aquellos ya aprobados que conlleven aspectos de especial trascendencia para las mismas.
Acciones:
- 1.- Incluir medidas de conciliación en la elaboración del Plan Integral de Apoyo a la Familia en Castilla y León.
- 2.- Incorporar la perspectiva de la conciliación en la elaboración del Plan Director de Infraestructuras y Servicios de Telecomunicación.
- 3.- Introducir medidas de conciliación en la elaboración del Plan de Asistencia Sanitaria Geriátrica.
- 4.- Introducir la perspectiva de la conciliación en la elaboración del Plan Estratégico de Modernización de los Servicios Públicos Autonómicos.
- 5.- Incorporar la perspectiva de la conciliación en la elaboración del nuevo Plan Estratégico del Sistema de Acción Social.
- 6.- Elaborar con la perspectiva de la conciliación un nuevo Plan General de Igualdad de Oportunidades.
- 7.- Continuar desarrollando el III Plan Integral de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la Comunidad de Castilla y León.
- 8.- Impulsar los aspectos de conciliación en la implementación del II Plan Sociosanitario de Castilla y León.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de Telecomunicaciones.
- - Dirección General de Planificación y Ordenación de la Consejería de Sanidad.
- - Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa.
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
- - Dirección General de la Mujer.
LÍNEA ESTRATÉGICA N.º 5 Conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito rural
Objetivo General.
Reforzar la aplicación de la Estrategia Regional para Facilitar la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral en el medio rural.
Establecer las medidas necesarias entre los ciudadanos de la Comunidad que viven en el medio rural, teniendo en cuenta los factores diferenciales que para la conciliación de la vida familiar y laboral existen en dicho ámbito.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.- Conocimiento y concienciación sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.
Dadas las distintas necesidades de conciliación de las personas que viven en el medio rural, es preciso realizar acciones dirigidas al conocimiento exacto de las mismas, al tiempo que se promueven acciones de concienciación sobre la materia.
Acciones:
- 1.- Realizar estudios e investigaciones sobre la situación de la conciliación en el medio rural.
- 2.- Sensibilizar con campañas a la sociedad rural sobre la corresponsabilidad doméstica.
- 3.- Apoyar los foros de debate sobre la conciliación en el ámbito rural.
- 4.- Recopilar, elaborar y difundir la información sobre las acciones de conciliación en el medio rural.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Dirección General de la Mujer.
- - Dirección General de Estadística.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.- Promover la conciliación en el medio rural.
Mejorar e incrementar, en colaboración con las Entidades Locales, los centros y servicios para la atención a la infancia y a las personas dependientes, adecuándolos a las necesidades del medio rural. A través de las medidas para cumplir este Objetivo se conseguirán otros de gran interés estratégico para la Comunidad como son la permanencia de la población en el medio rural y el incremento de la natalidad.
Acciones:
- 1.- Fomentar los equipamientos y recursos necesarios para favorecer la conciliación, especialmente mediante el apoyo a las familias con personas dependientes a su cargo.
- 2.- Realizar una nueva planificación del conjunto de los Centros de educación infantil y primaria del ámbito rural.
- 3.- Poner en marcha servicios de atención a niñas y niños de 0 a 3 años en pequeños núcleos rurales en los que la demanda sea inferior a quince plazas.
- 4.- Facilitar los Servicios de estancias diurnas a personas mayores que vivan en poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
- 5.- Impulsar la atención a las personas con discapacidad en el medio rural, a través de la puesta en marcha de Equipos itinerantes, Centros de día para personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas y Centros ocupacionales.
- 6.- Incrementar la financiación a las Corporaciones locales con el objeto de extender los Servicios de ayuda a domicilio al mayor número de personas mayores y personas con discapacidad en el medio rural.
- 7.- Potenciar la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en el medio rural.
- 8.- Fomentar iniciativas y programas específicos de desarrollo rural en los que se introduzca la perspectiva de la conciliación.
ORGANISMOS RESPONSABLES:
- - Dirección General de Familia.
- - Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
- - Dirección General de Telecomunicaciones.
- - Dirección General de Desarrollo Rural.
- - Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento de la Consejería de Educación.
EVALUACIÓN DE LA ESTRATEGIA:
Durante los años de vigencia de la Estrategia Regional para facilitar la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, la Dirección General de Familia realizará un seguimiento continuo, en colaboración con todos los Centros directivos implicados, para conocer su grado de cumplimiento.
A la mitad del período de vigencia de la Estrategia se hará un informe sobre su cumplimiento en el que se recogerán las acciones que se han puesto en marcha y se indicarán, los motivos de la falta de realización de las restantes, así como de las nuevas necesidades que se detecten.
Del mismo, una vez que la Comisión no Permanente de las Cortes de Castilla y León para la evolución de la población, a través del trabajo de un grupo de expertos, elabore sus conclusiones finales, se procederá también a la revisión de la Estrategia en aquellos extremos en que dichas conclusiones le afecten, para la más completa consecución de los objetivos contemplados.
Una vez terminado el período de vigencia de la Estrategia se realizará un informe final de evaluación de su grado de cumplimiento, con elaboración de las conclusiones e indicaciones metodológicas que puedan ser convenientes para la elaboración de nuevas Estrategias.