Resolución de 7 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica el Anexo de la Resolución de 11 de noviembre de 2010, en la que se determinan las fiestas locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2011.
- Órgano CONSEJERIA DE IGUALDAD Y EMPLEO
- Publicado en DOE núm. 33 de 17 de Febrero de 2011
- Vigencia desde 18 de Febrero de 2011


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Sumario
- Norma afectada por
-
- Norma posterior

Mediante Resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 11 de noviembre de 2010, publicada en el DOE n.º 224, de 22 de noviembre, se determinaron las fiestas locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2011, conforme a las propuestas realizadas por los respectivos Ayuntamientos, y fueron detalladas en el Anexo de la citada Resolución.
Recibida la modificación de la propuesta inicialmente fijada por siete de ellos, resulta preciso modificar el Anexo de la citada Resolución y su publicación, para general conocimiento. A tal efecto, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Modificar el Anexo de la resolución de esta Dirección General de fecha 11 de noviembre de 2010, por la que se determinan las fiestas locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2011 (publicada en el DOE n.º 224, de 22 de noviembre), modificándose en la relación de fiestas locales las correspondientes a la siguientes entidades locales:
-
Provincia de Badajoz:
- Peñalsordo: 23 de junio y 22 de agosto.
-
Provincia de Cáceres:
- Alcuéscar: 25 de abril y 3 de octubre.
- Calzadilla: 26 de septiembre y 25 de noviembre.
- Cañaveral: 25 de abril y 9 de mayo.
- Guijo de Coria: 3 de febrero y 24 de junio.
- Monroy: 2 de febrero y 26 de julio.
- Villa del Campo: 3 de mayo y 24 de agosto.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.