Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de consumidores y usuarios de la Región de Murcia
- ÓrganoASAMBLEA REGIONAL DE MURCIA
- Publicado en BORM núm. 146 de 25 de Junio de 1996 y BOE núm. 238 de 02 de Octubre de 1996
- Vigencia desde 15 de Julio de 1996. Revisión vigente desde 08 de Mayo de 2020


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
- TITULO I. Disposiciones generales
- TITULO II. Protección jurídica, administrativa y técnica de los Derechos del Consumidor y Usuario
- CAPITULO I. Derecho a la protección de la salud y la seguridad
- CAPITULO II. Derecho a la protección de los legítimos intereses económicos y sociales
- CAPITULO III. Derecho a la información y a la educación
- CAPITULO IV. Derecho a la representación, participación y consulta
- Artículo 14 Asociaciones de consumidores y usuarios
- Artículo 15 Derechos y funciones de las asociaciones de consumidores y usuarios
- Artículo 16 Colaboración entre las administraciones públicas y las asociaciones de consumidores y usuarios
- Artículo 17 Consejo Asesor Regional de Consumo
- Artículo 18 Consejos municipales de consumo
- Artículo 19 Mesa de las asociaciones de consumidores y usuarios de la Región de Murcia
- Artículo 19 bis
- CAPITULO V. Protección jurídica y reparación de daños y perjuicios
- TITULO III. Infracciones y sanciones
- CAPITULO I. Tipificación de las infracciones
- Artículo 25 Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño
- Artículo 26 Infracciones en materia de transacciones comerciales y condiciones técnicas de venta y en materia de precios
- Artículo 27 Infracciones en materia de normalización, documentación y condiciones de venta y en materia de suministros o de prestación de servicios
- Artículo 28 Otras infracciones
- CAPITULO II. Clasificación de las infracciones
- CAPITULO III. Responsables de las infracciones
- CAPITULO IV. Sanciones
- Artículo 33 Clasificación de las sanciones
- Artículo 34 Graduación de las sanciones
- Artículo 35 Decomiso y destrucción de la mercancía
- Artículo 36 Cierre de la empresa infractora
- Artículo 37 Publicidad de las sanciones
- Artículo 38 Rectificaciones públicas
- Artículo 39 Multas coercitivas
- Artículo 40 Restitución de cantidades percibidas indebidamente
- Artículo 41 Efectos de las sanciones
- CAPITULO V. Procedimiento, prescripciones, caducidad y competencias
- CAPITULO I. Tipificación de las infracciones
- TÍTULO IV. LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA DEFENSA Y PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
- 8/5/2020
- LE0000664796_20200508
Decreto-Ley 4/2020 de 30 Abr. CA Murcia (suprime la disposición adicional única, sobre el personal en las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción, de la Ley 4/1996, Estatuto de Consumidores y Usuarios)
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Disposición adicional única suprimida por el artículo único del Decreto-Ley 4/2020, de 30 de abril, por el que se suprime la disposición adicional única, sobre el personal en las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción, de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 7 mayo).
LE0000014384_20200508
- 15/9/2016
- LE0000663106_20200402
Anuncio Asamblea Regional 31 Mar. 2020 (derogación DL 1/2020 de 13 Feb. que suprime la DA única, sobre personal en instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción de la L 4/1996, Estatuto de Consumidores y Usuarios)
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La presente disposición fue suprimida por el artículo único del Decreto-Ley 1/2020, de 13 de febrero, por el que se suprime la disposición adicional única, sobre el personal en las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción, de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 20 febrero), si bien dicho Decreto-Ley ha quedado derogado, al no haberse celebrado el debate de su convalidación o no, como consecuencia de las medidas adoptadas tras la declaración del estado de alarma en todo el país mediante RD 463/2020, tal como dispone el anuncio de la Asamblea Regional de 31 de marzo de 2020 («B.O.R.M.» 2 abril).
LE0000014384_20200508
LE0000660174_20200221DL 1/2020 de 13 Feb. CA Murcia (suprime la disposición adicional única, sobre el personal en las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción, de la L 4/1996 de 14 Jun., del Estatuto de los Consumidores y Usuarios)
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La presente disposición fue suprimida por el artículo único del Decreto-Ley 1/2020, de 13 de febrero, por el que se suprime la disposición adicional única, sobre el personal en las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción, de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 20 febrero), si bien dicho Decreto-Ley ha quedado derogado, al no haberse celebrado el debate de su convalidación o no, como consecuencia de las medidas adoptadas tras la declaración del estado de alarma en todo el país mediante RD 463/2020, tal como dispone el anuncio de la Asamblea Regional de 31 de marzo de 2020 («B.O.R.M.» 2 abril).
LE0000014384_20200508
LE0000577071_20160915Ley 10/2016 de 7 Jun. CA Murcia (reforma la Ley 6/2015 de 24 Mar. de la vivienda, y la Ley 4/1996 de 14 Jun., del estatuto de los consumidores y usuarios)
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- Número 7 del artículo 2 introducido por el número uno del artículo segundo de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 junio).LE0000014384_20200508
Número 8 del artículo 2 introducido por el número uno del artículo segundo de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 junio).LE0000014384_20200508
Artículo 19 bis introducido por el número dos del artículo segundo de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 junio).LE0000014384_20200508
Letra h) del número 2 del artículo 34 introducida por el número tres del artículo segundo de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 junio).LE0000014384_20200508
Letra i) del número 2 del artículo 34 introducida por el número tres del artículo segundo de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 junio).LE0000014384_20200508
- 27/9/2015
- LE0000549463_20150927
Ley 7/2015 de 24 Mar. CA Murcia (modificación de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de Consumidores y Usuarios)
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- Disposición adicional única introducida por el artículo único de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2015, 24 marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 27 marzo).LE0000014384_20200508
- 24/7/2008
- LE0000334019_20080724
L 1/2008 de 21 Abr. CA Murcia (modificación de la L 4/1996 de 14 Jun., del estatuto de los consumidores y usuarios)
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- Artículo 2 redactado por el artículo 1 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Letra g) del artículo 8 redactada por el número uno del artículo 2 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Letra ll) del artículo 8 introducida por el número dos del artículo 2 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Capítulo IV del título II redactado por el artículo 3 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 4 del artículo 20 redactado por el número uno del artículo 4 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 22 redactado por el número dos del artículo 4 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 23 redactado por el número tres del artículo 4 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 24 introducido, en su actual redacción, por el número cuatro del artículo 4 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 24 bis renumerado por el número cuatro del artículo 4 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo). Su contenido literal se corresponde con el del anterior artículo 24.LE0000014384_20200508
Apartado 14 del artículo 25 introducido por el número uno del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 15 del artículo 25 introducido por el número uno del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 16 del artículo 25 introducido por el número uno del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 17 del artículo 25 introducido por el número uno del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 1 del artículo 26 redactado por el número dos del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 8 del artículo 26 redactado por el número tres del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 9 del artículo 26 introducido por el número cuatro del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 9 del artículo 27 introducido por el número cinco del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 10 del artículo 27 introducido por el número cinco del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 11 del artículo 27 introducido por el número cinco del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 12 del artículo 27 introducido por el número cinco del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 13 del artículo 27 introducido por el número cinco del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 1 del artículo 28 redactado por el número seis del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 5 del artículo 28 redactado por el número siete del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 6 del artículo 28 introducido por el número ocho del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 7 del artículo 28 introducido por el número ocho del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 8 del artículo 28 introducido por el número ocho del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 29 redactado por el número nueve del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 30 redactado por el número diez del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 31 redactado por el número once del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 5 del artículo 32 redactado por el número doce del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 8 del artículo 32 introducido por el número trece del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Apartado 9 del artículo 32 introducido por el número trece del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Número 1 del artículo 33 redactado por el número catorce del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 34 redactado por el número quince del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Cuantía prevista en el número 2 del artículo 39 modificada por el número dieciséis del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Número 4 del artículo 41 redactado por el número diecisiete del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 43 redactado por el número dieciocho del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Artículo 44 redactado por el número diecinueve del artículo 5 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Título IV introducido por el artículo 6 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo).LE0000014384_20200508
Dispoción final primera renumerada y rúbrica de la misma introducida por el número uno del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo). Su contenido se corresponde con el de la anterior disposición final única.LE0000014384_20200508
Dispoción final segunda introducida por el número dos del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2008, 21 abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 24 mayo). Su contenido se corresponde con el de la anterior disposición final única.LE0000014384_20200508
Exposición de Motivos.
El artículo 51 de la Constitución Española, apartados 1 y 2, dispone que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, así como que promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.
Con el fin de dar cumplimiento al citado mandato constitucional, se aprobó la Ley 26/1994, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece un marco legal general, el cual, para cumplir con sus objetivos (establecer procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios, favorecer el movimiento asociativo en este campo, etcétera), viene siendo desarrollado por normas de carácter estatal, y cada vez en mayor grado por otras de ámbito autonómico en relación con la evolución que el proceso de traspaso de competencias ha tenido.
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.10 de su Estatuto de Autonomía asume la función ejecutiva en materia de comercio interior y defensa de los consumidores en los términos establecidos en las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado.
El Real Decreto 4.165/1982, de 29 de diciembre, sobre transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de disciplina de mercado, atribuye a esta última las funciones inherentes a las infracciones administrativas en materia de disciplina de mercado cometidas en el ámbito territorial de la Región.
La Ley Orgánica 4/1994, de 24 de marzo de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, confiere a nuestra Comunidad Autónoma en el marco de la legislación básica del Estado, y, en su caso, en los términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo y la ejecución de la defensa del consumidor y usuario, de acuerdo con las bases y ordenación de la actividad económica general de la política del Estado, las bases y coordinación general de la sanidad, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38 y 131, y en los números 11, 13 y 16 del apartado uno del artículo 149 de la Constitución.
Además en esta materia hemos de tener presente, entre otras disposiciones legales, las siguientes:
- a) Ley 34/1988, de 11 de noviembre. General de Publicidad.
- b) Ley 22/1994, de 6 de julio, de Responsabilidad Civil por Daños Causados por productos defectuosos.
- c) Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Normas Reguladoras de Crédito al Consumo.
El ejercicio de esta competencia exige el establecimiento de un marco normativo regional al más alto nivel jerárquico que sistematice los mecanismos y medidas de defensa del consumidor y usuario, a desplegar por las administraciones públicas de la Región de Murcia.
Del mismo modo, una norma de rango legal resulta el instrumento jurídico adecuado para plasmar determinadas previsiones, como son las referentes al deber de colaboración de los ciudadanos ante las actuaciones inspectoras, a la potestad sancionadora de la Administración y a la necesaria coordinación entre las diferentes administraciones públicas, tanto por exigencias constitucionales como por la aplicación de los criterios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente Ley pretende conseguir un elevado grado de protección de los consumidores y usuarios, entendidos éstos en la estricta concepción que se va imponiendo en España y en la legislación europea, y ello mediante fórmulas de participación y colaboración con todos los agentes sociales, principalmente con las organizaciones de consumidores y usuarios, y mediante fórmulas de coordinación a todos los niveles.
Por ello, el objetivo prioritario de la ley es el de conjugar el necesario protagonismo de los ciudadanos en la promoción de una política de consumo racional, con la defensa de los productos y servicios que se ofrecen, dentro de un marco de abordaje integral de los medios y fines que se habilitan para ello.
La Ley se estructura en tres títulos. El primero está dedicado a las disposiciones generales. El título II a las acciones públicas a desarrollar en cada uno de los supuestos que constituyen los derechos esenciales de los consumidores y usuarios, conteniendo precisiones concretas en desarrollo de las formulaciones básicas estatales, sin pretender reiterar los preceptos de la Ley 26/1984 más allá de lo estrictamente necesario para asegurar la inteligibilidad del texto. El título III, que desarrolla las infracciones y sanciones en materia de consumo y la potestad sancionadora de la Administración, cierra el círculo normativo en el que se mueven todas las relaciones jurídicas referidas a la defensa del consumidor y usuario.