Ley Foral 34/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004.
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 165 de 31 de Diciembre de 2003 y BOE núm. 17 de 20 de Enero de 2004
- Vigencia desde 01 de Enero de 2004. Esta revisión vigente desde 18 de Enero de 2005
TITULO I
De los créditos y sus modificaciones
CAPITULO I
Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales de Navarra
Se aprueban los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2004 integrados por:
- a) El Presupuesto del Parlamento, de la Cámara de Comptos y de la Defensora del Pueblo.
- b) El Presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.
- c) Los programas de actuación, inversiones y financiación, así como los estados financieros de las sociedades públicas de la Comunidad Foral.
Artículo 2 Cuantía de los créditos y de los derechos económicos
1. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los Presupuestos mencionados en el artículo anterior, se aprueban créditos por un importe consolidado de 2.789.232.997 euros.
2. En los estados de ingresos de los Presupuestos referidos en el artículo anterior se contienen las estimaciones de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario, por un importe consolidado de 2.789.232.997 euros.
CAPITULO II
Modificación de los créditos presupuestarios
Artículo 3 Modificación de créditos presupuestarios
1. Las modificaciones de los créditos presupuestarios se ajustarán a los preceptos de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, en cuanto no resulten modificados por la presente Ley Foral.
2. No obstante lo anterior, no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias:
- a) Los movimientos de fondos entre partidas en las que figuran créditos destinados a una misma finalidad y que sólo se diferencian por exigencias de la Unión Europea para el mejor control del destino de los gastos al estar, en parte, cofinanciados por aquélla.
- b) Los movimientos de fondos entre partidas del programa 052 «Extinción de incendios y salvamento», que sean consecuencia de alteraciones de plantilla ocasionados por cambios de adscripción de personal funcionario entre el «Servicio de extinción de incendios y salvamento» y el «Consorcio para el SEIS», facultándose al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para la autorización de dichos movimientos.
- c) Los movimientos de fondos entre partidas del programa 926 «Familia», destinados a asegurar la protección social, económica y jurídica a la familia, y que se diferencian, por exigencias presupuestarias, para un adecuado seguimiento y control presupuestario.
Artículo 4 Ampliaciones de crédito
Además de los créditos referidos en las letras a) a f) del artículo 45 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables, para el ejercicio 2004, los créditos siguientes:
-
1. Las siguientes partidas del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior:
- a) 011002-01100-2263-121200, denominada «Gastos jurídico-contenciosos».
- b) 020000-04000-4809-122600, denominada «Previsión del pago para indemnizaciones por responsabilidad patrimonial».
- c) 020002-04100-1001-122600, denominada «Prestaciones a ex-presidentes y a ex-consejeros».
- d) 020002-04100-1239-122600, denominada «Ayuda fa-miliar, nuevos complementos, reingresos de excedencias y otros del personal funcionario».
- e) 020002-04100-1309 122600, denominada «Indemnizaciones por finalización de contratos temporales».
- f) 020002-04100-1309-122602, denominada «Ayuda familiar, nuevos complementos, reingresos de excedencias y otros del personal laboral».
- g) 020002-04300-1614-314100, denominada «Indemnizaciones por jubilaciones anticipadas».
- h) 020002-04100-1620-122600, denominada «Fondo para la aplicación del Convenio vigente de personal».
- i) 020002-04100-1620-313600, denominada «Asistencia sanitaria uso especial».
- j) 020002-04100-1620-313602, denominada «Pago subsidio ILT por accidentes de trabajo».
- k) 020002-04100-1700-122600, denominada «Indemnización por traslado forzoso con cambio de residencia».
- l) 020002-04100-1709-122600, denominada «Previsión del convenio con la Seguridad Social para reconocimiento de servicios».
- m) 020002-04100-1709-122603, denominada «Indemnizaciones por accidentes laborales».
-
n) 020002-04100-1709-122602, denominada «Ejecución de sentencias» en la cuantía que las mismas determinen.
Cuando dicha ejecución origine gastos que no correspondan al capítulo económico I podrá habilitarse una partida específica para tal fin, que tendrá asimismo carácter ampliable. Se considerarán incluidas en este supuesto las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, cuya ejecución subsidiaria por el Gobierno de Navarra exija la disponibilidad de fondos económicos, las del Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra y las de los órganos gestores de la administración tributaria que exijan el reembolso de gastos, los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa y las correcciones financieras derivadas de la gestión de ayudas del FEOGA-Garantía que corresponda abonar a la Comunidad Foral de Navarra.
- o) 051000-02100-6054-222102, denominada «Elementos de Seguridad».
- p) 060000-06000-6000-222300, denominada «Compra de terrenos para la implantación del nuevo centro penitenciario».
- q) 060000-06000-6019-222300, denominada «Urbanización del terreno para la instalación del nuevo centro penitenciario».
- r) 060000-06300-4809-142100, denominada «Subvenciones por atentados terroristas».
- s) 060000-06300-8319-142100, denominada «Préstamos como consecuencia de atentados terroristas».
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2. Las siguientes partidas del Departamento de Economía y Hacienda:
- a) 110000-11000-4810-611100, denominada «Transferencias al Consejo Económico y Social para su funcionamiento».
- b) 112001-11410-9500-633100, denominada «Crédito global. Artículo 39 de la Ley Foral 8/1988».
- c) 121002-13300-6020-612700, denominada «Edificios y obras de nueva instalación, remodelación y amuebla-miento del patrimonio inmobiliario».
- d) 121002-13300-8500-612700, denominada «Adquisición de acciones del sector público».
- e) 130001-14100-6080-126702, denominada «Desarrollo e implantación del plan de seguridad corporativo».
- f) 130003-14300-2273-126700, denominada «Operación y nivel de servicio RRHH,GE21,GPI y otros».
- g) 130004-14400-2273-126700, denominada «Gestión centro de informática y servicios del ordenador central».
- h) 150000-12000-4400-611100, denominada «AUDENASA. Política comercial».
- i) 151000-12140-2273-613100, denominada «Grabación de datos fiscales».
- j) 131000-14000-2276-112202, denominada «Control de contenidos».
- k) 151000-12100-6080-613100, denominada «Sistema integrado de informática tributaria».
- l) 155003-12530-2272-612403,denominada «Adquisición de cargas sobre bienes de deudores fiscales».
- m) 160000-11100-2269-911100, denominada «Gastos derivados de la asunción de nuevas transferencias».
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3. Las siguientes partidas del Departamento de Administración Local:
- a) 200000-20100-4809-124000, denominada «Indemnizaciones por responsabilidad patrimonial».
- b) 210002-21400-4600-912900, denominada «Fomento de los procesos de reestructuración administrativa de los entes locales».
- c) 210002-21400-7600-912900, denominada «Fomento de los procesos de reestructuración administrativa de los entes locales».
- d) 211001-21220-4600-912500, denominada «Ayudas financieras para atender problemas de entidades locales».
- e) 211002-21120-8206-124200, denominada «Gestión del Montepío de funcionarios municipales».
- f) 212000-21300-7600-442100, denominada «Parque fluvial comarcal del río Arga», en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2004 de la ejecución de proyectos acogidos al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del objetivo 2 (eje 2, marco 11).
- g) 212001-21300-7600-441100, denominada «Plan Director de depuración y saneamiento de ríos» en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2004 de la realización de las obras incluidas en el Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y el Departamento de Administración Local de la Comunidad Foral de Navarra, sobre actuaciones del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de aguas residuales urbanas, según los proyectos acogidos a los Fondos de Cohesión de la Unión Europea, y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del objetivo 2 (Eje 2, marco 1).
- h) 212001-21310-7600-441100, denominada «Plan Director de abastecimiento en alta». Será ampliable en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2004, para la realización de las obras incluidas en el convenio suscrito el 20 de abril de 2002 entre el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra y la Mancomunidad de Montejurra, sobre «Abastecimiento a la zona noroeste de la Mancomunidad de Montejurra», según el proyecto acogido al Fondo de Cohesión de la Unión Europea (Decisión C-2001-4208, de 20 de diciembre de 2001). Asimismo, será ampliable en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2004 de la realización de las obras incluidas en el convenio suscrito el 14 de marzo de 2003 entre el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra y la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona sobre «Abastecimiento de la Comarca de Pamplona desde el Canal de Navarra-1.ª fase ETAP Tiebas», según el proyecto acogido al Fondo de Cohesión de la Unión Europea en virtud de la decisión C-2002-4659, de 20 de diciembre de 2002.
- i) 212001-21320-7600-442104, denominada «Convenio con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Residuos sólidos», en la cuantía necesaria para financiar la anualidad correspondiente al año 2004 de la realización de las obras incluidas en el convenio suscrito el 23 de diciembre de 2002, entre el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra y la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona sobre «Tratamiento de la fracción orgánica de los residuos urbanos de Zona I Norte del Plan Integrado de Residuos Urbanos de Navarra» según el proyecto (1.ª fase biometanización) acogido al Fondo de Cohesión de la Unión Europea en virtud de la decisión aprobada.
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4. Las siguientes partidas del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda:
- a) 320000-32210-6000-431100, denominada «Adquisición y promoción de suelo, vivienda y edificación».
- b) 320000-32210-6000-431102, denominada «Ejercicio de los derechos de tanteo y retracto y ofrecimiento de venta de bienes inmuebles».
- c) 320000-32200-4809-431100, denominada «Subvenciones para arrendatarios de vivienda.»
- d) 320000-32220-7800-431200, denominada «Subvenciones y subsidios para actuaciones en vivienda. Programa Foral».
- e) 320000-32220-7800-431202, denominada «Subvenciones para bioclimatismo en vivienda.»
- f) 330000-31000-4600-533100, denominada «Indemnizaciones y ayudas a entidades locales».
- g) 330000-31000-4809-533100, denominada «Indemnizaciones, seguros y ayudas a particulares y sociedades»
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5. Las siguientes partidas del Departamento de Educación:
- a) 400000-40200-1239-421100, denominada «Previsión para el reconocimiento de servicios, nuevos complementos, antigüedad, ayuda familiar, reingreso de excedencias y otros del personal funcionario».
- b) 410001-41120-6020-424100, denominada «Construcción de nuevos centros y obras de adaptación».
- c) 410001-41120-7600-424102, denominada «Convenios con ayuntamientos para escolarización de 0 a 3 años».
- d) 410002-41140-4600-422200, denominada «Subvención para el funcionamiento de concentraciones escolares y edificios municipales utilizados por el Departamento para escolarizar alumnado».
- e) 410004-41150-2210-425200, denominada «Comedores».
- f) 410004-41150-2230-425200, denominada «Transporte escolar».
- g) 422000-41500-4701-425100, denominada «Edición de libros de historia y geografía en vascuence».
- h) 423001-41610-2269-422200, denominada «Dotación a centros públicos para inmigración y minorías culturales».
- i) 423001-41610-4809-422500, denominada «Becas y ayudas a la educación especial».
- j) 423001-41610-4811-422000, denominada «Ayudas a centros concertados para necesidades educativas específicas».
- k) 423001-41610-4811-422002, denominada «Ayudas a centros concertados para inmigración y minorías culturales».
- l) 430000-43000-6091-422400, denominada «Implantación de estudios superiores universitarios en Tudela».
- m) 431000-43100-4455-422400, denominada «Convenio de financiación de la UPNA: Subvención básica».
- n) 431000-43100-4455-422403, denominada «Convenio de financiación con la UPNA: Proyectos docentes e investigadores»
- o) 431000-43100-4800-425100, denominada «Ayudas al Plan de Formación y de Investigación y Desarrollo (I+D)».
- p) 431000-43100-6001-424100, denominada «Expropiaciones para la Universidad Pública de Navarra».
- q) 431000-43100-7455-422400, denominada «Convenio de financiación con la UPNA: Transferencias de capital».
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6. Las siguientes partidas del Departamento de Salud:
- a) Las de código económico 1241, destinadas a retribuciones de sanitarios municipales transferidos, en la cuantía necesaria para cubrir las retribuciones de los funcionarios de la Administración Foral al servicio de la Sanidad Local, que sean transferidos en aplicación de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra y de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
- b) 540000-52000-1239-411200, denominada «Previsión para el reconocimiento de servicios, nuevos complementos, ayuda familiar, grado, antigüedad y otros del personal funcionario».
- c) 540000-52000-1309-411200, denominada «Previsión para el reconocimiento de servicios, antigüedad, nuevos complementos y otros del personal laboral».
- d) Las destinadas a la adquisición de fármacos, con código económico 2215, ubicadas en los programas de gasto 540, 541, 542, 543, 544, 545, 546, 547 y 548 en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
- e) 541006-52225-2590-411206, denominada «Trasplantes de órganos».
- f) 547001-52310-2279-412200, denominada «Programa de salud bucodental», en la cuantía necesaria para ampliar la asistencia bucodental a la población beneficiaria de forma paulatina hasta los 18 años de edad, conforme a lo establecido en el Decreto Foral 69/2003, de 7 de abril, por el que se modifica el programa de atención dental a la población infantil y juvenil.
- g) 547002-52300-2269-411200, denominada «Programas, proyectos y coordinación con el INBS».
- h) 547003-52300-4809-412200, denominada «Prestaciones farmacéuticas».
- i) 547003-52300-4809-412202, denominada «Absorbentes y otros productos sanitarios».
- 7. La siguiente partida del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones:
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8. Las siguientes partidas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación:
- a) 710000-71210-4700-713103, denominada «Compensación de primas de seguros».
- b) 710000-71210-7600-713100, denominada «Daños excepcionales en estructuras y bienes agrarios».
- c) 720000-72130-2276-532100, denominada «Actuaciones para la promoción de regadíos del Canal de Navarra».
- d) 720000-72130-7400-532100, denominada «Subvención para nuevos regadíos o mejora de los existentes».
- e) 720001-72120-6019-531200, denominada «Obras de reordenación de la propiedad y concentración parcelaria PDR (FEOGA-G)».
- f) 721000-72210-7701-716102, denominada «Subvención para inversiones en industrialización y comercialización agrarias PDR (FEOGA-G)».
- g) 721001-72220-4459-716102, denominada «Campaña para el Plan de Marketing CRDON».
- h) 721002-72230-7700-713100, denominada «Mejora de la eficacia de las explotaciones agrarias. PDR (FEOGA-G)».
- i) 721002-72230-7700-713103, denominada «Subvención para maquinaria y medios de producción».
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9. Las siguientes partidas del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo:
- a) 810001-81130-6015-535100, denominada «Inversiones en infraestructura industrial. Programas FEDER».
- b) 810001-81130-7600-535100, denominada «Ayudas a polígonos municipales de actividades económicas».
- c) 810002-81140-7800-731100, denominada «Subvenciones para inversiones en energías renovables».
- d) 830001-81120-7701-724202, denominada «Subvenciones a fondo perdido por inversión y empleo».
- e) Las del proyecto 830002, «Reordenación productiva».
- f) 840001-81200-7709-542403, denominada «Subvenciones a empresas por proyectos de I+D+I, patentes y estudios de viabilidad. Programas FEDER».
- g) 840001-81200-7810-542402, denominada «Subvenciones para la consolidación de centros tecnológicos. Programas FEDER».
- h) 881001-84100-4810-322100, denominada «Transferencias a centros especiales de empleo para operaciones corrientes».
- i) 881001-84100-4810-322104, denominada «Programas para la reinserción laboral de colectivos con mayor dificultad para el empleo cofinanciados en parte por el FSE».
- j) 881002-84100-4810-322100, denominada «Acciones para iniciativas de empleo cofinanciadas por fondos de la UE».
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10. Las siguientes partidas del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud:
- a) 900000-91200-4810-134203, denominada «Ayudas para emergencias nacionales e internacionales».
- b) 924002-93300-4809-313400, denominada «Ayudas a familias Navarras sin medios de subsistencia».
- c) 924003-93300-4600-313400, denominada «Servicios Sociales de Base».
- d) 925001-93300-4809-314200, denominada «Pensiones no contributivas».
- e) 926001-93240-4600-313400, denominada «Convenios con ayuntamientos para escolarización de 0 a 3 años».
- f) 926001-93240-4809-313400, denominada «Apoyo a familias con partos múltiples».
- g) 926001-93240-4809-313402, denominada «Ayudas para la atención de servicios personales en domicilios».
- h) 926001-93240-4809-313403, denominada «Ayudas a familias para la conciliación de la vida laboral y familiar».
- 11. Las siguientes partidas del Consejo de Navarra:
Artículo 5 Destino de excedentes de crédito por vacantes
Los excedentes previsibles de créditos por vacantes podrán destinarse a la financiación de contratos temporales, cuando sea necesario para el buen funcionamiento de los servicios, habilitándose al efecto los créditos en el programa correspondiente.