Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO VASCO
- Publicado en BOPV núm. 250 de 30 de Diciembre de 2010 y BOE núm. 36 de 11 de Febrero de 2011
- Vigencia desde 01 de Enero de 2011. Revisión vigente desde 26 de Septiembre de 2015
Versiones/revisiones:
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
-
TÍTULO I.
APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2011
- Artículo 1 Aprobación
- Artículo 2 Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Artículo 3 Presupuestos de los organismos autónomos
- Artículo 4 Presupuesto del ente público Radio Televisión Vasca y de sus sociedades de gestión
- Artículo 5 Presupuesto del Ente Vasco de la Energía
- Artículo 6 Presupuesto del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud
- Artículo 7 Presupuesto de Uniqual-Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco
- Artículo 8 Presupuesto del ente público Red Ferroviaria Vasca
- Artículo 9 Presupuesto de la Agencia Vasca del Agua
- Artículo 10 Presupuesto del Instituto Vasco de Finanzas
- Artículo 11 Presupuesto del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute
- Artículo 12 Presupuesto de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
- Artículo 13 Presupuesto de Lanbide/Servicio Vasco de Empleo
- Artículo 14 Presupuestos del resto de sociedades públicas
- Artículo 15 Prestación de garantías y reafianzamiento
- Artículo 16 Operaciones de endeudamiento y financieras
-
TÍTULO II.
EL ESTADO DE GASTOS
-
CAPÍTULO I.
TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
- Artículo 17 Créditos ampliables y medios de financiación
- Artículo 18 Créditos de compromiso
- Artículo 19 Plantillas presupuestarias
- Artículo 20 Créditos de personal
- Artículo 21 Créditos para gastos de funcionamiento
- Artículo 22 Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital
- CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
-
CAPÍTULO III.
RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
- Artículo 26 Incremento de retribuciones
- Artículo 27 Medidas relativas a las aportaciones a planes de pensiones
- Artículo 28 Personal de la Ertzaintza
- Artículo 29 Requisitos para la firma de los convenios colectivos
- Artículo 30 Personal directivo de las sociedades públicas y entes públicos de derecho privado
- Artículo 31 Créditos de haberes pasivos
- Artículo 32 Suspensión de acuerdos
- CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
-
CAPÍTULO I.
TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
- TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS
- TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
- TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
-
DISPOSICIONES ADICIONALES
- Primera Medidas financieras en materia de vivienda y suelo
- Segunda Medidas de fomento
- Tercera Explotación de la estructura de telecomunicaciones propiedad de la Comunidad Autónoma
- Cuarta Fomento de la competitividad empresarial
- Quinta Impulso a la financiación de las empresas vascas
- Sexta Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras
- Séptima Autorización y disposición de los créditos para inversiones
- Octava Creación del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Novena Disposiciones relativas al personal de la Universidad del País Vaco / Euskal Herriko Unibertsitatea
- Décima Creación del Fondo de Garantía y Compensación en materia de vivienda
- Decimoprimera Precio, renta o canon de las viviendas de protección pública y los alojamientos protegidos
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
-
DISPOSICIONES FINALES
- Primera Desarrollo y ejecución
- Segunda Delegación legislativa
- Tercera Modificación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco
- Cuarta Modificación de la Ley 5/1981, de 19 de junio, sobre creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial (SPRI)
- Quinta Modificación de la Ley 6/1992, de 16 de octubre, del impuesto sobre el juego del bingo y del recargo de la tasa sobre el juego que se desarrolla mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar
- Sexta Adaptación de la legislación de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Cajas de Ahorros
- Séptima Entrada en vigor
- ANEXO I . CRÉDITOS DE COMPROMISO
- ANEXO II . PRESUPUESTOS DEL RESTO DE SOCIEDADES PÚBLICAS
- ANEXO III . CRÉDITOS AMPLIABLES
- ANEXO IV . MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS CONCERTADOS
- RESÚMENES
- Norma afectada por
-
- Corregido por
-
BOPV 8 Febrero 2011. Corrección de errores de L 5/2010 de 23 Dic. CA País Vasco (Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011)
- Afectaciones recientes
-
- 26/9/2015
-
- Ocultar / Mostrar comentarios
-
Disposición adicional décima derogada por la disposición derogatoria segunda de la Ley [PAÍS VASCO] 3/2015, 18 junio, de Vivienda («B.O.P.V.» 26 junio).
Disposición adicional undécima derogada por la disposición derogatoria segunda de la Ley [PAÍS VASCO] 3/2015, 18 junio, de Vivienda («B.O.P.V.» 26 junio).
- 27/4/2011
-
R Presidencia 11 Abr. 2011. CA País Vasco (Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010)
- Ocultar / Mostrar comentarios
-
Véase Res [PAÍS VASCO] 11 abril 2011, del Secretario General de la Presidencia, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del EstadoAdministración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011 («B.O.P.V.» 26 abril).
- 1/1/2011
-
R Política Territorial 3 Oct. 2011 (Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación en relación con la L 5/2010 de 23 Dic., Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2011)
- Ocultar / Mostrar comentarios
-
La Res. de 3 de octubre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011 («B.O.E.» 28 noviembre), declara que en relación con las discrepancias manifestadas sobre el artículo 26, apartados 8.c), 9 y 13, de la Ley 5/2010, ambas partes consideran respecto a las aportaciones a planes de pensiones que sus cuantías deben considerarse para el cálculo de las retribuciones del personal al servicio del sector público, y por tanto para la valoración de la aplicación de los límites establecidos en la norma básica contenida en el artículo 22.Dos de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011.