Resolución de 5 de marzo de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la de 5 de febrero de 2015, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las entidades locales, y de las comunidades autónomas que se acojan al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
  • Publicado en BOE núm. 56 de
  • Vigencia desde 07 de Marzo de 2015
Versiones/revisiones: