Reglamento de Ejecución (UE) 2017/422 de la Comisión, de 9 de marzo de 2017, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados sistemas de electrodos de grafito originarios de la India tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 64 de 10 de Marzo de 2017
  • Vigencia desde 11 de Marzo de 2017. Revisión vigente desde 11 de Marzo de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

Reglamento (CE) n.º 1629/2004 del Consejo, de 13 de septiembre de 2004, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ciertos sistemas de electrodos de grafito originarios de la India (DO L 295 de 18.9.2004, p. 10).

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(3)

Reglamento (CE) n.º 1628/2004 del Consejo, de 13 de septiembre de 2004, por el que se impone un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ciertos sistemas de electrodos de grafito originarios de la India (DO L 295 de 18.9.2004, p. 4).

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(4)

Reglamento (CE) n.º 1354/2008 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1628/2004, por el que se impone un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de ciertos sistemas de electrodos de grafito originarios de la India, y el Reglamento (CE) n.º 1629/2004, por el que se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ciertos sistemas de electrodos de grafito originarios de la India (DO L 350 de 30.12.2008, p. 24).

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(5)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1186/2010 del Consejo, de 13 de diciembre de 2010, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados sistemas de electrodos de grafito originarios de la India tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1225/2009 (DO L 332 de 16.12.2010, p. 17).

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(6)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1185/2010 del Consejo, de 13 de diciembre de 2010, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de determinados sistemas de electrodos de grafito originarios de la India tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (CE) n.º 597/2009 (DO L 332 de 16.12.2010, p. 1).

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(7)

DO C 82 de 10.3.2015, p. 5.

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(8)

Reglamento (CE) n.º 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (DO L 343 de 22.12.2009, p. 51). Este Reglamento ha sido codificado por el Reglamento de base.

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(9)

Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de determinados sistemas de electrodos de grafito originarios de la India (DO C 415 de 15.12.2015, p. 33).

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(10)

Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas compensatorias aplicables a las importaciones de determinados sistemas de electrodos de grafito originarios de la India (DO C 415 de 15.12.2015, p. 25).

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(11)

Reglamento (CE) n.º 597/2009 del Consejo, de 11 de junio de 2009, sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Comunidad Europea (DO L 188 de 18.7.2009, p. 93). Este Reglamento ha sido codificado por el Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 176 de 30.6.2016, p. 55).

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(12)

http://www.google.be/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiqt6H2u9_QAhWEzRoKHYUwBVEQFggfMAA&;url=http%3A%2F%2Fhegltd.com%2Fwebmaster%2FDownloadFile.aspx%3Fd%3D..%2Fuploads%2FFinance%2F70Results_Release.pdf&usg=AFQjCNGMpUymLm4BNOjIMmolLDgwSGgcDw

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(13)

http://content.icicidirect.com/mailimages/IDirect_GraphiteIndia_Q1FY16.pdf

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(14)

http://hegltd.com/ y http://www.graphiteindia.com/

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(15)

http://hegltd.com/WEBMASTER/DownloadFile.aspx?D=../Uploads/Newsletter/News9.pdf

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(16)

https://www.worldsteel.org/statistics/statistics-archive/yearbook-archive.html

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(17)

http://www.dgtr.gov.in/sites/default/files/adfin_Graphite_Electrodes_diameters_ChinaPR.pdf

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(18)

http://hegltd.com/pdf/HEGLtd_Q1_FY_16_Investors_Presentation.pdf

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(19)

http://www.graphiteindia.com/View/investor_relation.aspx (véase GIL Q3 FY2015 Earnings Presentation.pdf, p. 14).

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(20)

http://www.eurasiancommission.org/_layouts/Lanit.EEC.Desicions/Download.aspx?IsDlg=0&ID=3805&print=1

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(21)

Fuente: base de datos del artículo 14, apartado 6.

El precio medio no incluye los derechos antidumping/compensatorios en vigor.

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(22)

Los electrodos de grafito de pequeño o gran diámetro están incluidos en los mismos códigos TARIC.

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(23)

Comisión Europea, Dirección General de Comercio, Dirección H, 1049 Bruselas, BÉLGICA.

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