Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1146 de la Comisión, de 28 de junio de 2017, por el que se restablece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de accesorios de tubería roscados, moldeados, de fundición maleable, originarios de la República Popular China, fabricados por Jinan Meide Castings Co., Ltd

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 166 de
  • Vigencia desde 30 de Junio de 2017. Revisión vigente desde 30 de Junio de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 430/2013 del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de accesorios de tubería roscados, moldeados, de fundición maleable, originarios de la República Popular China y Tailandia, y se da por concluido el procedimiento relativo a Indonesia (DO L 129 de 13.5.2013, p. 1).

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(3)

Asunto T-424/13, Jinan Meide Castings Co. Ltd/Consejo de la Unión Europea.

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(4)

Asunto Industrie des poudres sphériques (IPS)/Consejo (T-2/95, Rec. 1998, p. II-3939).

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(5)

Asunto Industrie des poudres sphériques (IPS)/Consejo (C-458/98 P, Rec. 2000, p. I-08147).

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(6)

DO C 398 de 28.10.2016, p. 57.

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(7)

Sentencia de 28 de enero de 2016, asuntos acumulados C-283/14 y C-284/14, Grünwald Logistik Service GmbH, apartado 52.

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(8)

Reglamento (CE) n.º 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (DO L 343 de 22.12.2009, p. 51).

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(9)

Reglamento (UE) n.º 1071/2012 de la Comisión, de 14 de noviembre de 2012, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de accesorios de tubería moldeados roscados de fundición maleable, originarios de la República Popular China y Tailandia (DO L 318 de 15.11.2012, p. 10), considerando 67.

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(10)

Véase el considerando 19, que confirma el considerando 67 del Reglamento provisional.

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(11)

Conclusiones del Abogado General en el asunto C-105/90 Goldstar Co. Ltd/Consejo de las Comunidades Europeas, I-704, apartado 11.

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(12)

Sentencia de 28 de enero de 2016, asuntos acumulados C-283/14 y C-284/14, Grünwald Logistik Service GmbH, ECLI:EU:C:2016:57, apartado 52.

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(13)

DO C 398 de 28.10.2016, p. 57.

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