Reglamento (UE) nº 1287/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece un Programa para la Competitividad de las Empresas y para las Pequeñas y Medianas Empresas (COSME) (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión nº 1639/2006/CE

Ficha:
  • ÓrganoPARLAMENTO Y CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 347 de 20 de Diciembre de 2013
  • Vigencia desde 23 de Diciembre de 2013. Revisión vigente desde 23 de Diciembre de 2013
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 181 de 21.6.2012, p. 125.

Ver Texto
(2)

DO C 391 de 18.12.2012, p. 37.

Ver Texto
(3)

Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (Véase la página 884 del presente Diario Oficial).

Ver Texto
(4)

Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea («Decisión de Asociación Ultramar») (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1

Ver Texto
(5)

Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.5.2003, p. 36).

Ver Texto
(6)

Decisión nº 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007 a 2013) (DO L 310 de 9.11.2006, p. 15).

Ver Texto
(7)

Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

Ver Texto
(8)

Reglamento (UE) nº 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020 – Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión nº 1982/2006/CE (Véase la página 104 del presente Diario Oficial).

Ver Texto
(9)

Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo (Véase la página 320 del presente Diario Oficial).

Ver Texto
(10)

DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

Ver Texto
(11)

Reglamento (UE) nº 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13).

Ver Texto
(12)

Reglamento Delegado (UE) nº 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L 362 de 31.12.2012, p. 1).

Ver Texto
(13)

Reglamento (UE, Euratom) nº 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (Euratom) nº 1074/1999 del Consejo (DO L 248 de 18.9.2013, p. 1).

Ver Texto
(14)

Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades

Ver Texto
(15)

Estos indicadores se refieren a la evolución en el ámbito de la política de empresa e industria. La Comisión no es la única responsable del logro de las metas. Existen una serie de factores que escapan a su control y que también afectan a los resultados en este ámbito.

Ver Texto
(16)

Los productos y servicios «verdes» son aquellos cuya función primordial consiste en disminuir el riesgo medioambiental y reducir al mínimo la contaminación y el consumo de recursos. Se incluyen también los productos con características medioambientales (diseño ecológico, etiqueta ecológica, producción ecológica y contenido reciclado importante). Fuente: Flash Eurobarómetro 342, «SMEs, Resource Efficiency and Green Markets» («PYME, uso eficaz de los recursos y mercados verdes)».

Ver Texto
(17)

Las conclusiones del Consejo de 31 de mayo de 2011 instaban a los Estados miembros a reducir, si es preciso, el tiempo de creación de nuevas empresas a tres días, así como su coste a 100 EUR en 2012; también instaban a reducir para finales de 2013 a tres meses el tiempo necesario para obtener las licencias y permisos para ejercer la actividad concreta de la empresa.

Ver Texto
(18)

«Internationalisation of European SMEs», EIM, 2010, http://ec.europa.eu/enterprise/policies/sme/market-access/files/internationalisation_ of_european_smes_final_en.pdf.

Ver Texto
(19)

1 EUR del presupuesto de la Unión dará lugar a 20-30 EUR en financiación y a 4-6 EUR en participaciones en el capital durante la vigencia del Programa COSME.

Ver Texto