Reglamento (UE) nº 548/2014 de la Comisión de 21 de mayo de 2014 por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los transformadores de potencia pequeños, medianos y grandes

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 152 de
  • Vigencia desde 11 de Junio de 2014. Revisión vigente desde 14 de Noviembre de 2019
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 285 de 31.10.2009, p. 10.

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(4)

La norma Cenelec EN 60038 incluye, en su anexo 2B, una desviación nacional en la República Checa conforme a la cual la tensión normalizada de la tensión más elevada para los equipos en sistemas trifásicos de corriente alterna es de 38,5 kV en lugar de 36 kV, y de 25 kV en lugar de 24 kV.»"

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(6)

Las pérdidas máximas para potencias asignadas en kVA que quedan entre las indicadas en el cuadro I.1 se obtendrán por interpolación lineal.

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(7)

Las pérdidas máximas para potencias asignadas en kVA que quedan entre las indicadas en el cuadro I.2 se obtendrán por interpolación lineal.

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(8)

Las pérdidas máximas para potencias asignadas en kVA que quedan entre las indicadas en el cuadro I.6 se obtendrán por interpolación lineal.

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(9)

La caja de herramientas para la mejora de la legislación de la Comisión Europea sugiere utilizar un valor del 4 % para la tasa social de descuento: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/file_import/better-regulation-toolbox-61_en_0.pdf"

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